31/12/2025
Cuando la toga compite con el ego, una Sala en tensión.
En la Corte Suprema de Justicia, donde la palabra debería avanzar con la cadencia serena del derecho y no al ritmo de los titulares, se vive una controversia que ha puesto en evidencia las fisuras internas de la Sala de Instrucción. No se trata solo de un desacuerdo entre magistrados, sino de una discusión más profunda sobre el talante institucional, la tolerancia al disenso y el límite entre la deliberación jurídica y la exposición mediática.
El episodio tomó forma pública tras la respuesta del magistrado César Augusto Reyes, presidente de la Sala de Instrucción, a las denuncias por presunto acoso laboral formuladas por su colega Cristina Eugenia Lombana. En un documento de seis páginas, Reyes dejó claro que no había lugar a conciliación alguna, pues, según su criterio, no existía conflicto personal, sino discrepancias académicas y observaciones técnicas a proyectos de decisión que, en concepto suyo y de otros magistrados, presentaban falencias.
Para Reyes, el núcleo del problema radica en la intolerancia al disenso. Asegura que Lombana habría convertido controversias propias del debate jurídico colegiado en disputas personales, desplazando la discusión del terreno del derecho hacia el de la confrontación individual. Ese tránsito, advierte, desnaturaliza la función judicial y erosiona la dinámica interna de la Sala.
Más delicado aún resulta, según el presidente de la Sala, que en el marco de dichas quejas se haya expuesto información sujeta a reserva legal, referencias a expedientes, proyectos y datos sensibles que, por mandato constitucional y legal, deben permanecer protegidos. En su escrito, Reyes señala que esta conducta no solo compromete deberes funcionales, sino que pone en riesgo la credibilidad institucional de la Sala de Instrucción.
Uno de los apartes más severos del memorial alude a lo que Reyes describe como un, frenesí mediático, una inclinación a buscar validación externa mediante exposición constante y publirreportajes, en detrimento del trabajo silencioso que exige la justicia. Para el magistrado, la Sala debería estar enfocada en resultados, gestión y rendición de cuentas, y no en la creación de distractores que desvían la atención de su misión esencial.
Sin recurrir a calificativos clínicos, el documento deja ver una percepción reiterada, la de una actitud que se manifiesta como arrogancia, desdén o condescendencia frente a pares y superiores, especialmente cuando no prosperan las posturas defendidas. Reyes subraya que este tipo de comportamientos no es asunto de género, sino de comprensión del cargo, y que dificulta relaciones sanas, genera aislamiento y debilita la cohesión de un órgano colegiado.
El magistrado también responde a la inconformidad de Lombana por no haber sido elegida presidenta de la Sala. Recuerda que esa dignidad no constituye un derecho, sino un reconocimiento que la Sala concede a quien considera idóneo para representarla con honor, equilibrio y decoro. No es un privilegio, insiste, sino una alta responsabilidad institucional.
En su cierre, Reyes aporta un dato que resulta contundente, más de cincuenta recusaciones han sido presentadas contra la magistrada Lombana por distintas causales. Entre ellas se mencionan cuestionamientos sobre independencia e imparcialidad, incompatibilidades, presuntas afectaciones al debido proceso y filtraciones a la prensa de proyectos provenientes de su despacho. Para el presidente de la Sala, no se trata de hechos aislados, sino de un patrón que merece reflexión institucional.
Un pasado que sigue gravitando
A esta controversia interna se suma un elemento que ha sido expuesto por el periodismo investigativo y que ha alimentado el debate público. El columnista Daniel Coronell documentó el vínculo marital que sostuvo la magistrada Lombana con el entonces teniente coronel William Roberto del Valle, oficial del Ejército posteriormente condenado por graves violaciones a los derechos humanos, en un proceso que dejó en firme la Corte Suprema de Justicia.
De acuerdo con esa investigación, y con decisiones judiciales citadas en ella, el Consejo de Estado recogió información de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía según la cual Lombana habría prestado asistencia jurídica al oficial en el año 2001, antes de contraer matrimonio con él el 4 de marzo de 2002. La relación se extendió hasta diciembre de 2004, cuando la pareja se separó.
Estos antecedentes han sido traídos a colación no como un juicio personal, sino como contexto relevante en discusiones sobre apariencia de imparcialidad y posibles conflictos de interés, especialmente en una Corte civil que conoce asuntos sensibles relacionados con la Fuerza Pública y violaciones a derechos humanos. No es casual que algunas recusaciones hayan invocado este pasado profesional y personal como elemento de análisis.
En los altos tribunales, la legitimidad no se construye únicamente con decisiones ajustadas a derecho, sino también con trayectorias que resistan el escrutinio público. La confianza en la justicia exige no solo rectitud, sino también prudencia y contención.
Más derecho, menos escenario
La controversia queda planteada. No como una disputa doméstica entre magistrados, sino como una advertencia sobre los riesgos de confundir la función judicial con la vanidad, la crítica jurídica con el ataque personal y la deliberación colegiada con una escena de exposición permanente.
En la Corte Suprema de Justicia, parece necesario recordar que la toga no es un telón y que la justicia pierde cuando el ego habla más fuerte que el derecho.