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El salario mínimo no es una decisión discrecional ni simbólica.Es una herramienta jurídica y económica que debe fijarse ...
30/12/2025

El salario mínimo no es una decisión discrecional ni simbólica.
Es una herramienta jurídica y económica que debe fijarse con base en criterios técnicos verificables y en el impacto real sobre el empleo formal y la economía.

Cuando el incremento del salario mínimo se aparta de la realidad productiva, se generan consecuencias previsibles:
• Aumento generalizado del costo laboral, que no se limita al salario, sino que se extiende a cargas prestacionales y obligaciones asociadas.
• Riesgo de reducción del empleo formal, especialmente en micro y pequeñas empresas, que concentran una parte sustancial del trabajo en Colombia.
• Traslado del mayor costo a precios, lo que incrementa el valor de bienes y servicios esenciales.
• Pérdida del poder adquisitivo real, incluso para quienes reciben el aumento nominal.

Desde una perspectiva jurídica, una medida que pretende proteger al trabajador pierde su finalidad cuando termina debilitando el empleo formal y encareciendo el costo de vida.

📌 Conclusión:

El salario mínimo cumple su función únicamente cuando se fija con criterios técnicos, sostenibilidad económica y responsabilidad jurídica.
Desconectarlo de esa realidad no fortalece derechos laborales y genera distorsiones estructurales que afectan a trabajadores y empleadores.

El Gobierno insiste en un aumento del salario mínimo superior al 20 %, alineado con una visión económica de izquierda qu...
29/12/2025

El Gobierno insiste en un aumento del salario mínimo superior al 20 %, alineado con una visión económica de izquierda que desconoce la realidad productiva del país.

No es una política social responsable.
Es populismo económico.

Un incremento desmedido del SMLMV:
• destruye empleo formal
• expande la informalidad
• eleva costos empresariales de forma
insostenible
• y genera inflación estructural, no
transitoria

Lo más grave es que el Gobierno sabe que los efectos no son inmediatos.
Sabe que en 2026 termina su mandato y que será el próximo presidente quien reciba:
• inflación elevada
• deterioro del mercado laboral
• menor margen fiscal

👉 Se busca el aplauso ideológico hoy,
👉 dejando la crisis económica para
mañana.

La economía no se gobierna con dogmas.
El salario mínimo se fija con datos, productividad y responsabilidad fiscal.

Tato Bravo


27/08/2022

Nuestros profesionales son expertos en asesorarlo y representarlo frente a los Fondos de Pensiones que niegan y vulneran los derechos pensiónales de los colombianos!

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31/05/2022



En Bravo & Patrón Consultores somos especialistas en ayudar a las personas que les han negado su pensión de o de sobrevivientes.
En la presente sentencia, la Corte Suprema de Justicia, concedió la prestación a un beneficiario habiendo Sido calificado este, después de la muerte del pensionado que sustituyó su pensión.
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30/05/2022
30/05/2022
La Corte Suprema de Justicia en fallo reciente señaló que es posible que una persona reciba una   de   de origen   y al ...
28/05/2022

La Corte Suprema de Justicia en fallo reciente señaló que es posible que una persona reciba una de de origen y al mismo tiempo una de , pues las dos prestaciones no son incompatibles, protegen riesgos distintos, y su financiación es diferente.

Si tu de pensiones o tu te han negado cualquier prestación pensional, recuerda que cuentas con nosotros para defender tus derechos.
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26/05/2022

Si estas contratado por una sin prestaciones sociales o si estas contratado bajo un contrato de obra o labor con una temporal por más de un año o bajo la modalidad de de (OPS), lo más seguro es que estén vulnerando tus derechos laborales irrenunciables. Conseguiremos para ti varias indemnizaciones y el pago de tus acreencias sociales.

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HACEMOS VALER TUS DERECHOS!!!

La Corte Suprema de Justicia señala que 30 días después de que un trabajador cumple los requisitos para tener una pensió...
26/05/2022

La Corte Suprema de Justicia señala que 30 días después de que un trabajador cumple los requisitos para tener una pensión convencional, si no la solicita, el empleador puede otorgársela. Y una vez notifique al empleado sobre ese reconocimiento, es posible despedirlo.
Sin embargo, en Bravo & Patrón Consultores creemos que para que no se produzca un despido sin justa causa, la prestación no solo sea reconocida sino que deberá haber sido ingresada a nómina de pensionados, evitando el mínimo vital del empleado y u núcleo familiar.

Si tienes problemas con tu o el salario de tu , puedes contactarnos a nuestro WhatsApp corporativo https://wa.me/message/UII5JLUFSPZ7B1 o a nuestro correo electrónico [email protected]

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  Con la expedición de la Ley 2209, se modifica el artículo 18 de la Ley 1010/06, la cual establecía que “las acciones d...
25/05/2022



Con la expedición de la Ley 2209, se modifica el artículo 18 de la Ley 1010/06, la cual establecía que “las acciones derivadas del acoso laboral caducarán seis meses después de la fecha en que hayan ocurrido las conductas a que hace referencia esta ley”.
Teniendo en cuenta la ampliación, el término para interponer las acciones legales (judiciales o administrativas) será de 3 años a partir de la fecha en que hayan ocurrido las conductas de acoso, estipuladas en la Ley 1010 de 2006.

En Bravo & Patrón Consultores queremos acompañar a todos los trabajadores que estén sufriendo de acoso laboral en su día a día.
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Andres Tato Bravo

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