16/11/2020
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El divorcio es un procedimiento mediante el cual se disuelve el vínculo jurídico del matrimonio civil o cesan los efectos civiles del matrimonio católico y se liquida la sociedad conyugal, este se produce por las siguientes causales:
• Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
• El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
• Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
• La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
• El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
• Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
• Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
• La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
• El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia o tramitado por notaría.
El trámite ante notario necesariamente se debe hacer por intermedio de abogado y se deben allegar los siguientes documentos:
• Registro civil de nacimiento de cada uno de los cónyuges
• Registros civiles de los hijos si los hay.
• Escrito en el cual se manifieste la voluntad de divorciarse.
• Registro civil de matrimonio.
• Poder especial conferido a un abogado al cual pueden facultar para que firme la escritura de divorcio.
• Acuerdo respecto a las obligaciones legales.
• Cuando hay menores de edad el concepto y autorización del defensor de familia que debe contener.
• La custodia y el cuidado personal de los hijos.
• El régimen de alimentos o cuota alimentaria que comprende además la educación, recreación, salud y servicios públicos.
• El régimen de visitas, que implica el tiempo que requiera el padre que no convive con el menor, para compartir con él, ya sea los fines de semana, cada quince días, lo mismo que la temporada de vacaciones, las fechas de cumpleaños, navidad y fin de año, etc.
• La cuota alimentaria debe prever un aumento anual de acuerdo con lo establecido por el Índice de precios al consumidor (IPC).
El acuerdo de divorcio que debe contener:
• Decisión conjunta de llevar a cabo el trámite de divorcio de matrimonio civil ante notario.
• Obligaciones alimentarias entre los cónyuges si hay lugar a ello.
• La manifestación del cónyuge de encontrarse o no en estado de gravidez.
• Separación de bienes.
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