Colegio Internacional de Abogados y Expertos en Tránsito y Transporte

Colegio Internacional de Abogados y Expertos en Tránsito y Transporte Bienvenido al Colegio Internacional de Abogados y Expertos en Tránsito y Transporte.

04/03/2026

Actualmente los agentes de tránsito dejaron de aplicar la infracción D5, porque se eliminó la inmovilización por conducir por aceras y pasaron a aplicar la infracción C14, a pesar que la misma ley 2435 de 2024 en su artículo 3, derogó las disposiciones que le sean contrarías.

Para analizar jurídicamente este tema, se deben respetar los siguientes principios que rigen el derecho: (i) el criterio jerárquico, según el cual la norma superior prima o prevalece sobre la inferior (lex superior derogat inferiori); (ii) el criterio cronológico, que reconoce la prevalencia de la norma posterior sobre la anterior, esto es, que en caso de incompatibilidad entre dos normas de igual jerarquía expedidas en momentos distintos debe preferirse la posterior en el tiempo (lex posterior derogat priori); y (iii) el criterio de especialidad, según el cual la norma especial prima sobre la general (lex specialis derogat generali). Con respecto a este último criterio, se sostiene que, en tales casos, no se está propiamente ante una antinomia, en razón a que se entiende que la norma general se aplica a todos los campos con excepción de aquél que es regulado por la norma especial, es decir, la D5 es la infracción que de forma especial y específica la conducta de conducir por el andén y no la C14, que habla de conducir en sitios restringidos y en horas prohibidas, es decir: pico y placa. OJO CON ESO

01/03/2026

Hoy estaba corriendo 10K y se me vino este tema a la mente y me preguntaba: ¿Será que todos tenemos este tema claro?.

Por ese motivo, cansado, con sudor y sin ayudas, decidí abordar este importante mes, convencido que cada día hay más mascotas que hijos y que ya hacen parte de nuestras familias!

Es importante hacer los controles necesarios por parte de las autoridades de tránsito y de policía, para evitar que, las...
27/02/2026

Es importante hacer los controles necesarios por parte de las autoridades de tránsito y de policía, para evitar que, las motocicletas estén invadiendo los andenes, poniendo en riesgo la integridad física y vida de los conductores, lo que implica un atentado a la seguridad vial, el cual debe combatirse contundentemente a través de las herramientas jurídicas con que se cuentan legalmente.

No obstante, dichos procedimientos, se deben hacer con apego a la Constitución y la ley, más concretamente el Código Nacional de Tránsito Terrestre, motivo por el cual, se puede aseverar que, actualmente es contrario a derecho, realizar una inmovilización a una motocicleta que transite por el andén, esto en virtud a los cambios que, el legislador ha realizado a la Ley 769 de 2002.

Para Colombia no sería ilógico, teniendo en cuenta los accidentes que se han producido con semovientes que atraviesan la...
27/02/2026

Para Colombia no sería ilógico, teniendo en cuenta los accidentes que se han producido con semovientes que atraviesan la carretera!

Diputado propone que vacas, burros y caballos utilicen cintas reflectivas en las carreteras de Honduras.

27/02/2026

Si bien es cierto hasta hace algunos años, los vehículos que transitaran por el andén eran objeto de Comparendo y, en el caso de motocicletas, les generaba una inmovilización en patios hasta que se pagara la multa, también es cierto que la evolución normativa ha llevado a que el legislador, elimine la inmovilización para motocicletas que transitan por el andén!

Así las cosas, actualmente, un agente de tránsito solo podría aplicar el Comparendo por la infracción D5, pero no podrá inmovilizar la motocicleta, esto en virtud a la ley 2435 de 2024, la cual eliminó dicha sanción exclusiva para moteros!

Finalmente, muchos agentes de tránsito, después de conocer que dicha infracción ya no daba inmovilización, optaron por aplicar otras infracciones, olvidando principios del derecho como son:
1. Legalidad.
2. Especialidad.
4. Jerarquía Normativa y,
Ley Posterior.

26/02/2026

Conozca las infracciones relacionadas con el SOAT en Colombia.

20/02/2026

Es ilegal el Comparendo por la infracción D01, si el conductor tiene registrada una licencia de conducción en el RUNT.

LA CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, YA ES CONSIDERADA UNA ACTIVIDAD PELIGROSA.Desde 1996, en Colombia el Consejo de Est...
17/02/2026

LA CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, YA ES CONSIDERADA UNA ACTIVIDAD PELIGROSA.

Desde 1996, en Colombia el Consejo de Estado, a través de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, determinó lo siguiente:

“Si bien inicialmente los eventos caracterizados por el ejercicio de actividades peligrosas fueron manejados por la jurisprudencia del Consejo de Estado bajo el régimen de la falla presunta, circunstancia frente a la cual el actor quedaba relevado de acreditar la falla del servicio, siendo necesario que éste demostrara únicamente el hecho dañoso para que surgiera, en su favor y en contra del Estado, la presunción de falla y, por consiguiente, para que se invirtiera la carga de la prueba, lo cierto es que la jurisprudencia de esta Corporación adoptó un nuevo criterio en torno a dicho régimen, para concluir que, en estos eventos, no es necesario que se pruebe la existencia de una falla del servicio y resulta irrelevante que se presuma la misma, puesto que opera un régimen de responsabilidad objetivo, que implica que el demandante sólo tiene que probar la existencia del daño y el nexo de éste con el servicio, es decir, que el daño sufrido se originó en el ejercicio de la actividad peligrosa a cargo de la entidad demandada, de tal suerte que no basta que esta última demuestre que obró con diligencia y cuidado, puesto que ello resulta insuficiente, y sólo se podrá exonerar de responsabilidad, en tales casos, probando la existencia de una causa extraña, como lo es la fuerza mayor o el hecho exclusivo y determinante de la víctima o de un tercero…” (Radicado No. 76001-23-31-000-1996-03239-01, Consejero Ponente: Carlos Alberto Zambrano Barrera).

17/02/2026

Aplica o no Comparendo cuando no cambias la licencia de tránsito?

13/02/2026

Feliz porque se hace justicia!
En este caso a un conductor que le habían hecho cuatro (4) Comparendos injustos e inventados, los cuales, después de una batalla en derecho, un juez le da la razón y le restituye los derechos que le habían sido violentados, ordenando a la Secretaría de Movilidad revocar las sanciones impuestas.

13/02/2026

FOTOMULTAS: CUANDO SÍ y CUANDO NO SON ILEGALES.

Las “FOTOMULTAS SON ILEGALES” si se utiliza un “CONTROL EN VIA APOYADO EN MEDIO ELECTRÓNICO”, el cual no requiere permiso de la ANSV, pero sí debe estar el agente de tránsito visible, quien debe elaborar el comparendo en el sitio, notificarlo y entregárselo al presunto contraventor en el lugar de la presunta infracción.

No se puede utilizar la “Detección Electrónica” camuflada en supuestos controles en vía, para evadir el permiso obligatorio para poder operar los SAST.

literales “D” y “E” del artículo 3 de la Resolución 11245 de 2020.

Dirección

Calle 12b # 8-23, Oficina 705
Bogotá
111711

Horario de Apertura

Lunes 8am - 5pm
Martes 8am - 5pm
Miércoles 8am - 5pm
Jueves 8am - 5pm
Viernes 8am - 5:15pm

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Colegio Internacional de Abogados y Expertos en Tránsito y Transporte publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir