21/04/2020
Cordial saludo,
En el video adjunto, nos permitimos explicar la aplicabilidad del Impuesto Solidario y Aporte Solidario Voluntario, establecidos en el Decreto Legislativo 568 de 2020, y la necesidad, o no, de oficiar al pagador de la Entidad Pública, a efecto se abstenga de realizar el respectivo descuento.
Agradecemos permitirnos llegar a sus redes sociales, con la única finalidad de explicar la interpretación que debe hacerse a dicha norma, ya que personas inescrupulosas están enviando mensajes que lo único que generan es incertidumbre en los Servidores Públicos, Contratistas del Estado y Pensionados.
"Es tiempo para ayudar a los demás"
Atentamente,
Diego Tamayo
TuDerechoyDefensa
Cel: 312-3177775
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