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05/05/2016

Mediante el Decreto 1507 del 12 de agosto del 2014, el Gobierno expidió el manual único para la calificación de la invalidez por parte de las entidades competentes, que se aplica a los procedimientos, actuaciones, dictámenes y procesos de calificación del origen y la pérdida de la capacidad laboral que se inicien a partir de hoy, cuando entra en vigencia.

Esta norma, que derogó el Decreto 917 de 1999, define como incapacidad permanente parcial la disminución definitiva del 5 % al 50 % de la capacidad laboral, como consecuencia de un accidente o enfermedad de cualquier origen. Así mismo, precisa que la invalidez es la pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50 %.

Algunos aspectos regulados:

- El manual incluye conceptos internacionales sobre desarrollos normativos, médicos y metodológicos, para calificar de manera más objetiva esos hechos y avanzar en el proceso de calificación.

- Se aplica a todos los trabajadores de los sectores público, oficial, semioficial y privado, independientemente de su tipo de vinculación laboral, ocupación, edad y origen de discapacidad o condición de afiliación al Sistema Seguridad Social Integral.

- La fecha de estructuración del estado de invalidez se determina en el momento en que la persona evaluada alcanza el 50 % de pérdida de su capacidad laboral u ocupacional. Esta fecha debe soportarse en la historia clínica, los exámenes médicos y de ayuda diagnóstica, y puede ser anterior o corresponder a la de declaratoria de la pérdida de la capacidad laboral.

- En caso de que no exista historia clínica, se acudirá a la historia natural de la enfermedad, argumentada por el calificador y consignada en el dictamen, independientemente de que el trabajador haya estado o no laborando y cotizando al Sistema de Seguridad Social Integral.

- Cuando una patología o diagnóstico no aparezca en el texto del documento o no se pueda homologar, se acudirá a la interpretación dada en instrumentos similares de otros países o de organismos internacionales.

01/05/2016

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01/05/2016
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25/04/2016

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23/04/2016

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HOMICIDIOS COMETIDOS POR SUJETOS CON ESQUIZOFRENIA AGUDIZADA

Dra. Lilia Romero
Psiquiatra Forense (México)

La esquizofrenia es una enfermedad mental crónica e incurable. La prevalencia de esta enfermedad es del 1% de la población, siendo diagnosticada más tempranamente en hombres que en mujeres. Los criterios diagnósticos se citan en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos mentales en su quinta versión (DSM-V) y en forma resumida son los siguientes: presencia de ideas delirantes (ideas irracionales, no aterrizadas a la lógica que el sujeto considera como reales), alucinaciones (alteraciones en la sensopercepción, siendo las más frecuentes en esquizofrenia el escuchar voces o murmullos), presencia de un lenguaje y/o comportamiento desorganizado (sin lógica) y síntomas negativos (aislamiento, falta de voluntad, pobreza en el lenguaje y aplanamiento afectivo). Para poder diagnosticar la enfermedad debemos de descartar que los síntomas sean resultado de una intoxicación por sustancias y que no sean producto de una enfermedad médica descompensada, por lo que el diagnóstico siempre lo debe de realizar un psiquiatra. El tratamiento en esquizofrenia no cura la enfermedad, pero sí la controla, obteniendo que el estilo de vida del enfermo más funcional. Sin embargo, cuando se deja de tomar el medicamento o no se lleva un control adecuado en la dosis puede desestabilizarse y presentar los síntomas de forma mucho más notoria (por lo que se dice que se agudiza la enfermedad).
Se ha encontrado en varios estudios que entre un 10-50% de los enfermos con esquizofrenia son violentos en algún momento de la enfermedad. Evidencias bibliográficas señalan que hasta el 77% de los parricidas padece de esquizofrenia de tipo paranoide. En este caso, las figuras parentales ocupan un rol fundamental dentro del delirio (la idea irracional, pero que se vive como real), abarcando una amenaza para el enfermo e ideas persecutorias y de control de sus pensamientos. Durante el parricidio, los niveles de violencia suelen ser extremos, pero una vez cometido el homicidio, el agresor suele permanecer en la escena del crimen o muy cerca a ella y confesar el hecho por haber cumplido su objetivo en base a su idea delirante.
Como se comentó anteriormente, las alucinaciones más frecuentes son las auditivas, donde el sujeto puede escuchar murmullos, risas o voces, puede ser una voz o varias voces. Estas alucinaciones auditivas están relacionadas con el contenido de la temática delirante, (p.ej. “tu padre es malo…”, “tus padres te están envenenando…”, “tu padre es el demonio y tienes que terminar con él….”). Los síntomas asociados incluyen ansiedad e ira, y los temas persecutorios pueden predisponer al sujeto al comportamiento homicida y en algunas ocasiones incluso al suicida posterior al haber cometido el homicidio (realizar la diferencia entre ellos y los enfermos deprimidos que pueden cometer homicidio –generalmente de los hijos- y posteriormente cometer el suicidio).
Como conclusión, no siempre la víctima es el padre, pero se ha estudiado que las víctimas preferenciales son parientes de primer grado. No hay que estigmatizar que un sujeto o paciente con esquizofrenia está predestinado a ser una persona violenta. Todavía hoy en día se le tiene miedo a esta enfermedad “porque son peligrosos”, cuando en la mayoría de las ocasiones no es así. Cuando cometen conductas violentas lo realizan secundario al desajuste de su enfermedad, en algunas ocasiones llegando al homicidio. Hay factores protectores que pueden prevenir la presencia de estas conductas violentas como es el adecuado diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los sujetos con esta enfermedad.

22/04/2016

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22/04/2016

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22/04/2016

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21/04/2016

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