03/06/2021
Hace unos días se publicó la Ley 21.342 que, a modo de resumen, establece las siguientes obligaciones:
1. Implementación de trabajo a distancia o teletrabajo para trabajadores que acrediten una condición de alto riesgo ante un eventual contagio de Covid-19 o estén al cuidado de personas de riesgo o con discapacidad, sin rebaja salarial, con acuerdo del trabajador, y en la medida que sea compatible con las labores. Se debe hacer efectivo dentro del plazo de 10 días desde notificada la condición de riesgo.
2. Implementación de un Protocolo Sanitario como requisito para operar en modalidad presencial. Los organismos administradores del seguro de la ley N° 16.744 tendrán que elaborar, dentro del plazo de 10 días hábiles, un protocolo tipo.
3. Seguro Individual Obligatorio asociado al Covid-19 para trabajadores que se encuentren trabajando en modalidad presencial. El empleador debe contratar este seguro y entregar el comprobante al trabajador. (Valor anual de póliza por trabajador no puede exceder de 0,42 UF + IVA)
La contratación del seguro por parte del empleador deberá realizarse dentro del plazo de 30 días corridos, contado desde que la respectiva póliza es incorporada en el depósito de la Comisión para el Mercado Financiero, en el caso de los trabajadores existentes a dicha época. Para trabajadores que se contraten en el futuro, el plazo para asegurar es de 10 días.
4. Vigencia. Las normas de la presente ley se aplicarán durante el tiempo en que esté vigente la alerta sanitaria decretada con ocasión del brote del Nuevo Coronavirus COVID-19.