02/03/2026
🔵 Nuevo criterio de la Dirección del Trabajo fortalece el trabajo sindical
El ORD. N° 150-14, de 26 de febrero, emitido por la Dirección del Trabajo, modifica la interpretación sobre el uso de horas de trabajo sindical cuando un dirigente cumple funciones tanto en su sindicato base como en una organización superior, ya sea Federación o Confederación.
Hasta ahora, cuando un dirigente ejercía ambos cargos, solo se consideraban las horas correspondientes a la organización de nivel superior, dejando sin efecto las horas que le correspondían por su rol en el sindicato base. Con este nuevo pronunciamiento, la Dirección del Trabajo establece que las horas deben sumarse.
En términos prácticos, si un dirigente integra el directorio de su sindicato base, con derecho a 8 horas sindicales, y además forma parte del directorio de una Federación, con derecho a 10 horas, antes solo podía hacer uso de las 10 horas de la organización superior. Ahora, ambas se suman, alcanzando un total de 18 horas de trabajo sindical.
Este cambio reconoce que las funciones en distintos niveles no se reemplazan entre sí, sino que se complementan. Dirigir en la base y, al mismo tiempo, en una organización superior implica mayores responsabilidades y una representación más amplia de las y los trabajadores.
Puedes revisar el ORD. completo aquí:
🔗https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/articles-129022_recurso_pdf.pdf
Si eres dirigente y cumples doble rol, este criterio puede impactar directamente tu ejercicio sindical.
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