Ascui & Cía. Abogados

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Compañía 1390 Oficina 609 Santiago de Chile Teléfono + 56 2 226734772 / + 56 2 226993387
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NUESTRA FILIAL EN DÜSSELDORFPor intermedio de nuestra oficina en Düsseldorf Alemania nos proyectamos en Europa y el rest...
31/12/2018

NUESTRA FILIAL EN DÜSSELDORF
Por intermedio de nuestra oficina en Düsseldorf Alemania nos proyectamos en Europa y el resto del mundo, generando diversas alianzas comerciales y jurídicas, estamos preparados para atender todas sus inquietudes en sus desafíos y emprendimientos.

Contáctenos en Europa a través del correo electrónico [email protected].

ENGLISH
Through our office in Düsseldorf Germany we project ourselves in Europe and the rest of the world, generating diverse commercial and legal alliances, we are prepared to attend all your concerns and support you in your challenges and business. Contact us in Europe through the email [email protected].

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AUTO DESPIDO - DESPIDO INDIRECTOSi el empleador no cumple con las obligaciones del contrato de trabajo o la ley, previo ...
24/10/2016

AUTO DESPIDO - DESPIDO INDIRECTO

Si el empleador no cumple con las obligaciones del contrato de trabajo o la ley, previo análisis de cada caso, Ud. puede poner término al contrato y solicitar todas las indemnizaciones legales (tales como años de Servicio mas un recargo del 50% u 80% de dicho monto, mes de aviso, vacaciones, horas extras, bonos y otras prestaciones.-

El procedimiento para poner término a la relación laboral mediante la aplicación del despido indirecto o autodespido, establecido en el artículo 171 del Código del Trabajo, cuando se considera que el empleador ha incurrido en alguna de las causales del artículo 160 del CT por ejemplo los N° 1 (falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones, conductas de acoso sexual, vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa, injurias proferidas por el trabajador al empleador, conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña, conductas de acoso laboral), N° 5 (actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos) ó N° 7 (incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato), todos del artículo 160 del Código del Trabajo. Cambio unilateral de funciones, cambio horario, modificación de remuneraciones, no pago de sueldo, cotizaciones u otras prestaciones.

Para estos efectos el trabajador debe comunicar por escrito a su empleador el término del contrato, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, indicando la o las causales legales que se invocan y los hechos en que se funda el término del contrato.y debe demandar dentro del plazo de 60 días hábiles.-

19/03/2016

QUE ES LA SEMANA CORRIDA

Es el pago que debe recibir un trabajador, por los días festivos, domingos, y los días de descanso compensatorio cuando tiene una remuneración por día (ej. ingresos por hora, a trato, por unidad de piezas, medidas o comisiones) También tienen derecho los trabajadores que tengan a una remuneración mixta,(sueldo base mas remuneraciones variable comisiones, bonos etc).

Se excluye a los trabajadores que:
1.- Tengan una jornada ordinaria de trabajo distribuida en menos de cinco día.- 2.- Los que tienen una remuneración exclusivamente en base a un sueldo fijo mensual y 3.- Los que reciban una remuneración mixta y la parte variable sea por porcentajes de venta mensual distribuida por el “sistema de pozo” entre todos los trabajadores.

Cómo se calcula la semana corrida
Se suma el monto de lo ganado en la respectiva semana (la remuneración variable) y luego se divide por el número de días que legalmente debió trabajar en la semana. El resultado de dicha operación será el monto que se deberá pagar por cada domingo y festivo correspondiente a la semana.

23/10/2015
19/10/2015

ÁREAS DE PRÁCTICA

Área laboral.
Contratación, finiquitos, sindicatos, negociaciones colectivas, contratos individuales, colectivos, convenios, subcontratación, Seguridad Social, informes otros-

Área Comercial
Creación, modificación, transformación, disolución de todo tipo de sociedades, contratos comerciales, proveedores, licitaciones, representaciones, consorcios proyectos.

Área Tributaria
Planificaciones, informes, SII, reclamaciones, Tribunales Tributarios.-

Mineria y medioambient
Constitución, negociación, estudio de títulos y defensa jurídica de Derechos Mineros, y Derechos de Aprovechamiento de Aguas. Desarrollo de proyectos mineros y ambientales.-
Informes legales. Consultas, due diligence, planificaciones, auditorias juríricas.

Familia
Divorcios, alimentos, relación directa y regular (visitas).

Litigios
Juicios civiles, cobranzas, laborales, querellas criminales por delitos, Policía local, juicios de familia, Representación ante organismos públicos (inspecciones del trabajo, mediaciones),

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16/10/2015

Estudio Jurídico ASCUI & CIA.
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