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Servicio de asesoría jurídica y de representación ante tribunales de justicia en la Región Metropolitana sobre asuntos Civiles, Familia, Laborales, Comercial, Policía Local, Herencias y Propiedad Intelectual.

¿Fuiste Despedido Por Necesidad de la Empresa?Debes saber que en el 90% de estos despidos en realidad no existe una nece...
23/09/2025

¿Fuiste Despedido Por Necesidad de la Empresa?

Debes saber que en el 90% de estos despidos en realidad no existe una necesidad real de la empresa, puedes demandar y reclamar todas las prestaciones que por ley corresponden.

Si tu despido fue injustificado, actúa ahora para:

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Nuestros abogados han ganado un litigio que se dio en un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones de San Miguel,...
26/03/2025

Nuestros abogados han ganado un litigio que se dio en un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones de San Miguel, donde el cliente siendo confundido por otra persona fue funado injustamente a través de redes sociales con fotos y comentarios ofensivos y amenazas hacia su persona, una vez interpuesto el recurso se acompañaron antecedentes que acreditan la vulneración de su derecho a la honra e imagen personal.

La Corte dictó sentencia a favor de nuestro cliente ordenando a la persona que hizo la funa a eliminar todo contenido asociado a la identidad de la persona funada

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DEMANDA GANADA POR DESPIDO INJUSTIFICADO Necesitas tu asesoría legal?? Contactanos
11/02/2025

DEMANDA GANADA POR DESPIDO INJUSTIFICADO

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DELITO DE DESACATO Un hombre tenía una medida cautelar vigente de orden de alejamiento respecto de su madre por hechos d...
01/01/2025

DELITO DE DESACATO

Un hombre tenía una medida cautelar vigente de orden de alejamiento respecto de su madre por hechos de violencia intrafamiliar, él se acercó y su madre lo permitió, fue tomado detenido y luego de un proceso penal, fue condenado a 541 días de presidio menor en su grado medio, por cometer el delito de DESACATO.

La Corte destacó que aunque no hubo un riesgo de peligro, sí hubo una desobediencia deliberada a una resolución judicial, por lo tanto el castigo se mantuvo y se ratificó la sentencia.

¿Que opinas?

MIS COMPRAS DE NAVIDAD, ¿TIENE GARANTÍA DE SATISFACCIÓN? ¿GARANTÍA LEGAL?, ¿GARANTÍA EXTENDIDA? ¿QUE DIFENCIAS HAY?- La ...
16/12/2024

MIS COMPRAS DE NAVIDAD, ¿TIENE GARANTÍA DE SATISFACCIÓN? ¿GARANTÍA LEGAL?, ¿GARANTÍA EXTENDIDA? ¿QUE DIFENCIAS HAY?

- La GARANTÍA DE SATISFACCIÓN (conocida también como TICKET DE CAMBIO)
es de caracter voluntaria de cada empresa de retail, que sea voluntaria no significa que no obligatoria, si la empresa lo ofrece entonces es obligatoria, cada empresa de retail otorga distintos número de días según si se trata de vestimenta o electrodomesticos, en algunos casos son 10 días, otros 15 días, otros 30 o 60 días, el motivo de cambio suele ser bien flexible uno puede cambiar el producto porque no le gustó, no era de su talla, etc, la unica condición es que el producto no se devuelva deteriorado.

- La GARANTÍA LEGAL, es de caracter obligatoria e irrenunciable, dura 6 meses, esto da a derecho a que la empresa le repare el producto gratuitamente, la devolución del dinero, o el cambio por un producto nuevo.

- La GARANTÍA EXTENDIDA, que consiste en una poliza de seguro que se contrata por separado, esta alarga el plazo de la garantía legal (de 6 meses) por un período determinado. Este servicio es una especie de seguro por el que el consumidor paga un precio. No es gratuita y el consumidor es libre de aceptar o no su contratación.

Como en todo contrato, tanto la empresa como el consumidor deben respetar lo acordado en la póliza de la garantía extendida. Lo importante es que el consumidor tenga acceso a toda la información veraz y oportuna acerca de las condiciones de contratación, los términos de la póliza, restricciones, plazos, costos, cobertura (tipo de fallas que cubrirá), etc.

En la mayoría de los casos se puede extender la garantía por 1, 2 o 3 años, el costo depende especificamente de los años de garantía que se extiende.

No todas las garantías extendidas serán iguales ni ofrecerán la misma protección, por lo que es importante leer el contrato y tener bien claro en que caso se puede reclamar aquella garantía, se recomienda que cuando no está muy claro en que condiciones se aplica esta garantía extendida, mejor es que no se contrate.

Saluda atentamente

Giovanni Huenchupil
abogado

EL APREMIO DE ARRESTO NOCTURNO A LA ABUELA PATERNA DEL  ALIMENTARIO NO CORRESPONDEEl juzgado de familia de Punta Arenas,...
12/12/2024

EL APREMIO DE ARRESTO NOCTURNO A LA ABUELA PATERNA DEL ALIMENTARIO NO CORRESPONDE

El juzgado de familia de Punta Arenas, decretó una orden de apremio de ARRESTO NOCTURNO en contra de una abuela paterna que estaba obligada solo de manera subsidiaria a pagar una pensión de alimentos a favor de sus nietos por un monto de $500.000 pesos, en circunstancias los ingresos de la abuela solo consistian en una pensión de sobrevivencia de su hijo discapacitado, de quien es cuidadora a tiempo completo.

Se interpuso Recurso de Amparo ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, quien decretó que el apremio dispuesto resulta ilegal y arbitrario, dado que la interpretación por analogía respecto de una norma restrictiva de derechos, se tolera tal apremio unica y exclusivamente cuando se está en la presencia de una obligación alimentaria decretada en beneficio solo del conyuge, de los padres, de los hijos o el hijo adoptado, PERO NO A LOS ABUELOS QUE ASUMEN LA OBLIGACIÓN DE PAGAR PENSIÓN EN CARACTER SUBSIDIARIA A SUS NIETOS.

Por lo que la Corte de Apelaciones acogió el recurso de Amparo, y dejó sin efecto la resolución que ordenaba el arresto nocturno en contra de la abuela paterna.

¿Que opinas? ¿Los abuelos deberían recibir apremios porque sus hijos no pagan la pensión de alimentos?}

Saluda atentamente

Giovanni Huenchupil
abogado

te invitamos a revisar nuestra nueva web de Grupo Justicia Abogados

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FUNAS POR UNA SUPUESTA VIOLACIÓN ¿COMO ME DEFIENDO?Hola, soy Edison; estoy sufriendo un calvario por estos días y necesi...
13/05/2024

FUNAS POR UNA SUPUESTA VIOLACIÓN ¿COMO ME DEFIENDO?

Hola, soy Edison; estoy sufriendo un calvario por estos días y necesito de su ayuda; hace un mes terminé una relación toxica de 5 años, mi ex no se lo tomó nada bien y me amenazó que me iba a “FUNAR” por redes sociales si no volvía con ella, pasaron unos pocos días y empecé a recibir miles de mensajes por Whatsapp, Facebook, e Instagram de personas que no conozco, insultándome porque me acusan que supuestamente había violado a mi ex, y ahora mi hermana me llamó diciéndome que en una de los grupos de Facebook de “Feria de las Pulgas de X comuna” había una una publicación de una foto mía, con mis datos personales, y señalando que yo la había forzado a tener relaciones sexuales conmigo y le había apuñalado el brazo, había una foto con una herida que se nota que es autoinferida (le gustaba cortarse con navaja los brazos), me siento muy mal por esto porque el rumor llegó a mi trabajo y todos mis colegas y jefes me piden que renuncie.

Yo trabajo como asistente social en una municipalidad y la gente que se trata conmigo hace años me respetan y saben que no soy esa clase de personas, estoy desesperado y no sé que hacer, no entiendo como una simple “FUNA” sin ninguna prueba seria y basada en mentiras puede alterar tanto a la gente que no le importa cerciorarse de la veracidad de las graves acusaciones que se me imputan, esto arruina familias completas, mi credibilidad y honor como profesional se ha destruido solo por una mentira de alguien que solo quiere hacerme daño, hoy me amenazaron de muerte afuera de mi casa, siento que voy a caer en depresión pronto, por favor dígame señor abogado: ¿que es lo que se puede hacer para defenderme y revelar que todo de lo que se me acusa fue una mentira?

Respuesta:
Hola Edison, es muy importante que sepas que en nuestra legislación existe la presunción de inocencia, por ende; si quieres ejercer cualquier acción no estás obligado a demostrar que no eres culpable, por lo mismo para tu problema en particular te recomiendo que interpongas una QUERELLA CRIMINAL POR CALUMNIAS y/o INJURIAS según el caso (para esto se requiere abogado sí o sí), con esto se busca castigar a la persona que te responsabiliza por la comisión de un supuesta VIOLACIÓN, pues basta con acreditar por los distintos medios de pruebas existentes que ella hizo tal declaración en tal momento y lugar, en la instancia de juicio ella podría ser castigada con PRISIÓN que van desde los 61 días a 3 años, más una MULTA desde 6 UTM a 20 UTM según la gravedad del delito que se imputa, y además de restituirle los honorarios que usted invirtió en su abogado, por último es importante destacar que esa instancia no está permitido acreditar la veracidad de la violación, ya que el conducto regular que ella debió seguir fue interponer la denuncia para que el Ministerio Público siga la investigación respectiva que concluirá en que un tribunal dicte una Sentencia que condene o absuelva sobre esa supuesta violación.

Lo más importante, mediante esta Querella por Calumnias usted tiene la posibilidad de exigir las DISCULPAS del caso y así limpiar su nombre, han existido casos en que la persona que lo acusa tiene que publicar estas disculpas por los medios que se estime pertinente por cierto lapso de tiempo y con cierta periodicidad, idealmente también por redes sociales, lo que en definitiva su honra quedaría indemne.

Yo recomiendo esta opción; pero existen otras herramientas jurídicas como el RECURSO DE PROTECCIÓN invocando el derecho a la Honra (más recomendable para INJURIAS) y también la DEMANDA CIVIL cuando quiere reclamarse indemnización de perjuicios por ejemplo por perder su trabajo, daño psicológico, etc.
don Edison Espero haber resuelto su duda y aliviar un poco su justificable angustia, no dude en contactarnos si requiere una asesoría profesional, personalizada y de calidad para representarlo en esta querella por Calumnias y/o Injurias.

Saluda Atte

Giovanni Huenchupil Coñoman
abogado de Grupo Justicia Abogados
(para esta publicación se obtuvo el consentimiento del cliente, y se adoptaron las medidas necesarias que eviten la identificación del mismo y del caso, sustituyendo nombres y detalles del caso, cumpliendo lo establecido en el Art° 59 del Código de Ética)

MIS COMPRAS DE NAVIDAD, ¿TIENE GARANTÍA DE SATISFACCIÓN? ¿GARANTÍA LEGAL?, ¿GARANTÍA EXTENDIDA? ¿QUE DIFENCIAS HAY?- La ...
22/12/2023

MIS COMPRAS DE NAVIDAD, ¿TIENE GARANTÍA DE SATISFACCIÓN? ¿GARANTÍA LEGAL?, ¿GARANTÍA EXTENDIDA? ¿QUE DIFENCIAS HAY?

- La GARANTÍA DE SATISFACCIÓN (conocida también como TICKET DE CAMBIO)es de caracter voluntaria de cada empresa de retail, que sea voluntaria no significa que no obligatoria, si la empresa lo ofrece entonces es obligatoria, cada empresa de retail otorga distintos número de días según si se trata de vestimenta o electrodomesticos, en algunos casos son 10 días, otros 15 días, otros 30 o 60 días, el motivo de cambio suele ser bien flexible uno puede cambiar el producto porque no le gustó, no era de su talla, etc, la unica condición es que el producto no se devuelva deteriorado.

- La GARANTÍA LEGAL, es de caracter obligatoria e irrenunciable, dura 6 meses, esto da a derecho a que la empresa le repare el producto gratuitamente, la devolución del dinero, o el cambio por un producto nuevo.

- La GARANTÍA EXTENDIDA, que consiste en una poliza de seguro que se contrata por separado, esta alarga el plazo de la garantía legal (de 6 meses) por un período determinado. Este servicio es una especie de seguro por el que el consumidor paga un precio. No es gratuita y el consumidor es libre de aceptar o no su contratación.

Como en todo contrato, tanto la empresa como el consumidor deben respetar lo acordado en la póliza de la garantía extendida. Lo importante es que el consumidor tenga acceso a toda la información veraz y oportuna acerca de las condiciones de contratación, los términos de la póliza, restricciones, plazos, costos, cobertura (tipo de fallas que cubrirá), etc. En la mayoría de los casos se puede extender la garantía por 1, 2 o 3 años, el costo depende especificamente de los años de garantía que se extiende.

No todas las garantías extendidas serán iguales ni ofrecerán la misma protección, por lo que es importante leer el contrato y tener bien claro en que caso se puede reclamar aquella garantía, se recomienda que cuando no está muy claro en que condiciones se aplica esta garantía extendida, mejor es que no se contrate.

Saluda atentamente

Giovanni Huenchupil

abogado

15/01/2023

El trabajador durante los años 2017 a 2020 celebró sucesivos contratos de trabajo por obra o faena con sus respectivos finiquitos, los cuales carecen de fuerza probatoria al no ser más que una mera renuncia de derechos mientras existía una nueva relación laboral entre las partes. El máximo Tribunal determinó que en atención al principio de primacía de la realidad, existió un único contrato de trabajo indefinido.
https://www.diarioconstitucional.cl/2023/01/15/el-finiquito-pierde-su-poder-liberador-si-se-celebra-a-continuacion-un-nuevo-contrato-de-trabajo-entre-las-partes-resuelve-la-corte-suprema/

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Santiago
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Lunes 10:00 - 18:00
Martes 10:00 - 18:00
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