IUS CHILE Abogados

IUS CHILE Abogados Asesoría Jurídica Integral a personas naturales y jurídicas

En IUS Chile somos un estudio que presta servicios de asesoría jurídica integral de excelencia a clientes nacionales y extranjeros. Nuestras asesorías están dirigidas a personas naturales y jurídicas, principalmente, en materias de Familia, Laboral, Corporativo y comercial, Civil, Recursos Naturales y Medio Ambiente. Además, trabajamos para las empresas, sindicatos y comunidades entregando un serv

icio de asesoramiento mensual en base a planes y tarifas preestablecidos, de alta cobertura y calidad. Visión

Buscamos ser un estudio jurídico innovador y líder en el mercado, otorgando un servicio integral a nuestros clientes.

23/11/2015

Sabias que … hoy 23 de noviembre, entra en vigencia la ley 20.786 .- de “Trabajadoras de casa Particular”; No obstante, fueron varias las medidas que comenzaron a regir desde el 01 de enero del 2015; a continuación un detalle de las mas relevantes:
1) Obligación del empleador de elaborar un contrato de trabajo, indicando tipo de trabajo y el domicilio donde se prestarán los servicios contratados.
2) La obligación de registrar en la Dirección del Trabajo, todos los contratos posteriores al 01 de enero del 2015.- y en el caso de los contratos anteriores a esa fecha, siempre y cuando hayan sufrido modificaciones.
3) La prohibición de imputar al sueldo de la asesora el alojamiento y la habitación a la remuneración.
4) La prohibición del uso obligatorio de uniforme en espacios públicos.
5) La prohibición de reducir la remuneración.
6) El descanso del día domingo es irrenunciable.
7) El descanso del día sábado para las asesoras puertas adentro es “renunciable” y flexible, pudiendo incluso acumularlos y ser cambiados por otros días del mes.
8) La jornada de las asesoras puertas afuera, será de 45 horas semanales.
9) Las asesoras puertas adentro, tendrán un descanso de 12 horas diarias y con un mínimo de 9 horas ininterrumpidas.

El día sábado 21 de noviembre, se inició la implementación del descanso del día sábado para las asesoras puertas adentro.

Hoy lunes, lo referente a la reducción de jornada a 45 horas semanales para las asesoras puertas afuera.

08/09/2015

Sabías que... un trabajador(a) tiene derecho a 5 días hábiles continuos de permiso pagado en caso de contraer matrimonio?

En efecto, todo trabajador(a) que contraiga matrimonio tiene derecho a 5 días hábiles continuos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio. Este permiso se puede utilizar, a elección del trabajador(a), en el día del matrimonio y en los días inmediatamente anteriores o posteriores al de su celebración.

Para hacer uso del beneficio el trabajador(a) debe dar aviso a su empleador con 30 días de anticipación y presentar, dentro de los 30 días siguientes a la celebración, el respectivo certificado de matrimonio del Registro Civil.

(Ley Nº 20.764)

04/09/2015

Un nuevo triunfo para IUS Chile!!!

18/08/2015

Sabías que.. el empleador está obligado a dar cuenta de la ocurrencia en su empresa de un accidente del trabajo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley N° 16.744, el empleador se encuentra en la obligación de denunciar al organismo administrador respectivo, inmediatamente de producido, todo accidente o enfermedad que pueda ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte de la víctima. De esta forma, producido el accidente del trabajo de las características señaladas el empleador debe comunicar inmediatamente por escrito a la Mutual de Empleadores a la cual esté afiliado o al Servicio de Salud respectivo en caso de no estar afiliado a alguna mutualidad. Es del caso señalar que la norma legal establece que el accidentado o enfermo o sus derechos habientes, o el médico que trató o diagnosticó la lesión o enfermedad, como igualmente el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, tienen la obligación de denunciar el hecho al organismo administrador, en el caso de que el empleador no hubiere realizado la denuncia. La circunstancia de que el empleador considere que la dolencia que afecta al trabajador es de origen común, no lo libera de su obligación de denunciar el accidente o la enfermedad, por cuanto no le corresponde a él calificar el origen de la dolencia, así como tampoco si ésta va a producir en el trabajador algún grado de incapacidad o la muerte.

11/08/2015

Sabías que... En caso de muerte de un hijo o del cónyuge, el trabajador tiene derecho a 7 días corridos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio; Igual permiso se aplicará por tres días hábiles en el caso de muerte de un hijo en período de gestación así como en el de muerte del padre o de la madre del trabajador. Además, el trabajador gozará de fuero laboral por un mes, a contar del respectivo fallecimiento.
Sin embargo, tratándose de trabajadores cuyos contratos de trabajo sean a plazo fijo o por obra o servicio determinado, el fuero los amparará sólo durante la vigencia del respectivo contrato si éste fuera menor a un mes, sin que se requiera solicitar su desafuero al término de cada uno de ellos.

Muy interesante exposición de Patricia Fuenzalida, Jueza titular del 2do. Juzgado del Trabajo sobre la posición que debe...
05/08/2015

Muy interesante exposición de Patricia Fuenzalida, Jueza titular del 2do. Juzgado del Trabajo sobre la posición que debe adoptar el juez en los conflictos colectivos y, particularmente, sus comentarios en cuanto a la huelga pacífica

30/07/2015

Sabías que uno de los puntos de la Reforma Laboral consiste en PROHIBIR EL REEMPLAZO DE LOS TRABAJADORES EN HUELGA? ¿Qué opinan?

En IUS Chile asesoramos a personas naturales y jurídicas en materias de Derecho Laboral, de Familia, Civil y Corporativa...
28/07/2015

En IUS Chile asesoramos a personas naturales y jurídicas en materias de Derecho Laboral, de Familia, Civil y Corporativas, de manera innovadora, preventiva e integral.

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