27/05/2026
Sí, pero solo en ciertos casos.
El empleador puede poner término al contrato sin pagar indemnización cuando existe una causal legal que lo permita, como algunas del artículo 160 del Código del Trabajo.
📌 Por ejemplo:
• Falta de probidad
• Inasistencias injustificadas
• Acoso laboral o sexual
• Incumplimientos graves del contrato
Pero atención:
📌 La causal debe estar bien fundamentada y poder probarse.
Si no se acredita correctamente, el despido puede ser declarado injustificado y el empleador podría terminar pagando indemnizaciones y recargos legales.
En Vicuña Abogados revisamos despidos y orientamos tanto a trabajadores como empresas.
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