El objetivo del estudio jurídico es prestar asesoría integral en DERECHO DE FAMILIA, especialidad que comprende las distintas materias originadas en torno a la existencia de una familia, ya sea matrimonial o no matrimonial, como también materias en que existan menores de edad involucrados. La asesoría abarca también materias de interés patrimonial para las familias, como la redacción de escrituras
y contratos, compraventas, arrendamientos, constitución de sociedades, etc. Materia hereditaria, como tramitación de posesiones efectivas, redacción de testamentos, particiones, etc. I) La siguiente es una enunciación práctica de las principales materias, de competencia de los Tribunales de Familia, respecto de las cuales puede recibir asesoría de parte de nuestro estudio jurídico:
1. Derecho y deber de mantener una relación directa y regular con los hijos, conocido comúnmente como “régimen de visitas”;
3. Pensión de Alimentos;
4. Autorización de salida del país de menores de edad;
5. Adopción;
6. Medidas de protección de niños, niñas y adolescentes en caso de maltrato físico y/o psicológico;
7. Filiación e investigación de paternidad; juicios de impugnación y reclamación de paternidad (ADN);
8. Separación judicial. Regulación de los efectos del estado de separación de hecho entre los cónyuges y respecto de los hijos antes de poder tramitar el divorcio;
9. Divorcio: El divorcio produce la disolución del vínculo matrimonial, posibilitando que pueda contraerse nuevo matrimonio. La ley exige que junto con el divorcio se solucionen o formalicen todos los aspectos anexos al mismo, que tengan que ver con los hijos del matrimonio o entre los mismos cónyuges. Por ende, el juez antes de dictar la sentencia de divorcio regulará lo relativo a las relaciones mutuas y respecto de los hijos e hijas si los hubiera, por ejemplo, derecho de alimentos, cuidado personal y régimen comunicacional (visitas). Aspecto importante en este punto, lo constituye también la facultad que entrega la ley actualmente de demandar “compensación económica” al cónyuge más débil, por el hecho de haberse dedicado durante el matrimonio al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, lo que le impidió desarrollar una actividad remunerada o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería. Existen tres tipos de divorcio: 1.- Cuando ambos cónyuges están de acuerdo: SOLICITUD DE DIVORCIO DE COMUN ACUERDO. Lo pueden solicitar cuando haya transcurrido un año del término de la vida en común. 2.- DIVORCIO POR CULPA. Por incumplimiento grave de las obligaciones y deberes que impone el matrimonio y aquellos que se tienen respecto a los hijos, por ejemplo, abandono, maltrato, violencia intrafamiliar, etc. y 3.- Cuando sólo uno de los cónyuges lo demanda: DIVORCIO UNILATERAL. Deben haber transcurrido tres años o más desde el cese de la vida en común;
10. Violencia Intrafamiliar;
11. Separación de bienes;
12. Declaración de Bienes familiares: Se trata de los bienes que tienen como fin asegurar un lugar físico en el que la familia pueda desarrollar sus actividades con normalidad. Fundamentalmente, tiene por objeto proteger el bien raíz y los muebles que lo guarnecen cuando es residencia principal de la familia e impedir su venta;
13. Declaraciones de interdicción y nombramiento de curador;
146. Toda otra cuestión personal derivada de las relaciones de familia;
II) TRAMITACION DE GESTIONES NO CONTENCIOSAS: La asesoría comprenderá también aquellas gestiones judiciales o administrativas en que no exista conflicto o juicio entre partes y que corresponda su conocimiento a los tribunales de justicia u otros organismos, tales como: Posesiones efectivas, transacciones judiciales, autorizaciones, rectificación de partidas de nacimiento, cambios de nombre y/o apellido conforme a la ley N° 17.344, etc.;
III) REDACCION DE CONTRATOS: El servicio abarcará el asesoramiento en la redacción de todo tipo de contratos, ya sea a través de escritura pública o instrumento privado notarial, tales como compraventas –comprendiendo el correspondiente estudio de títulos- promesas de compraventa, arrendamientos, constitución de sociedades, redacción de testamentos, mandatos.