Causas Laborales

Causas Laborales Abogados laborales especializados para asesorar judicialmente, juicios laborales contra resultados, defensa exclusiva de trabajadores.

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11/05/2025

Hola a todos!!! Los dejo invitados a seguir mi página de Instagram donde estoy subiendo información importante que les puede servir!!

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20/11/2024

Hola a todos!!! Los dejo invitados a seguir mi página de Instagram donde estoy subiendo información importante que les puede servir!!

11/08/2023

Hola amigos, desde hoy estamos en Instagram, estaremos subiendo informacion . Los saluda Romina Mardel abogada- Causas Laborales

20/11/2017

Hola amigos! Continuamos informando para que exijan sus derechos laborales y los empleadores no se aprovechen de ustedes.
Cuando son contratados el empleador tiene 15 días para escriturar el contrato de trabajo, si nunca les escritura el contrato y cumplen una jornada de trabajo constante, la relación laboral ya existe y se puede demandar la existencia de la relación laboral y las indemnizaciones que proceden por el término del contrato en el caso que sean despedidos, cómo también pueden demandar otras indemnizaciones o prestaciones laborales. Si tienen dudas avísennos y coordinamos una consulta sin costo para resolver sus dudas. Esperamos poder ayudarlos. Saludos Cordiales

01/09/2017

Saben que es el Acoso Laboral? El Acoso laboral es una serie de hechos que vulneran la integridad sicologica o física de un trabajador, el que se efectúa principalmente para obtener la renuncia de un trabajador, o bien tener el control sobre este. Este puede ser efectuado por el propio empleador, por su jefatura o un compañero de trabajo. Por ejemplo le grita, reta, humilla, lo insulta, o incluso puede ser un acoso laboral silencioso como ocurre cuando lo excluye de todo tipo de actividades, no invita a reuniones, no le otorga funciones, le rebaja el cargo, entre otras.
Si tienen dudas al respecto no avisan. Que tengan un buen día. Saludos!!!!

28/08/2017

Es legal que se descuente el aporte del empleador al seguro de cesantía cuando son despedidos por necesidades de la empresa? En principio si es legal, el artículo 13 de la Ley del Seguro de Cesantía si lo permite, no obstante se ha determinado por los Tribunales que si el despido es injustificado no procede dicho descuento, y como la mayoría de los despidos por necesidades de la empresa son injustificados el empleador no podría descontarlo, pero para ello deberían demandar, ya que si firman el finiquito el empleador si lo descontará. En algunos casos este descuento puede ser de varios millones de pesos, así que antes de firmar el finiquito consulten con un abogado laboral. Si necesitan asesoría nos avisan, que tengan un lindo día!!!!

Las necesidades de la empresa deben estar bien justificadas y señalarse específicamente las razones de dicha necesidad e...
28/08/2017

Las necesidades de la empresa deben estar bien justificadas y señalarse específicamente las razones de dicha necesidad en la carta de despido!

Feliz dia del Trabajador
02/05/2017

Feliz dia del Trabajador

20/03/2017

Buenos días!!!! Sabían que si sufrieron un accidente laboral o enfermedad profesional tienen 5 años para demandar la responsabilidad del empleador por ese accidente o enfermedad? Así es, y se puede demandar con relación laboral vigente como también con despido, recuerden que es el empleador quien debe protegerlos y si sufrieron un accidente es porque incumplió ese deber de protección. La indemnización que se puede cobrar es independiente de la que debe entregar la respectiva mutual donde se atienden, ambas se pueden recibir al mismo tiempo. Si tienen dudas consulten!!!!!

09/03/2017

Buenos días amigos, esperamos que tengan un excelente día, y recuerden que si son despedidos verbalmente deben ir de inmediato a la inspección del trabajo a presentar un reclamo por despido injustificado, ya que hay empresas que después desconocen el despido verbal y luego los despiden por abandono de trabajo o inasistencia de los días posteriores. Sin embargo, si a la hora que son despedidos ya esta cerrado, deben ir a carabineros a dejar una constancia para efectos laborales, indicando que los despidieron verbalmente señalando quien y como los despidió.
Por otro lado, si los despiden con una carta de despido y les piden que la firmen para poder entregársela, háganlo, no hay problema con que la firmen, eso no significa que aceptan lo que ahí se indica, el firmar es sólo señal de haberla recibido, es mejor recibirla porque aveces cuando se las mandan por correo se pierden y ya no se sabe porque causal fueron despedidos. Lo que no deben firmar es el finiquito, primero deben asesorarse por un abogado laboral y luego ver si deciden firmarlo o no, porque una vez que lo firman ya no pueden demandar y si el empleador les quedó adeudando remuneraciones, indemnizaciones o alguna otra prestación laboral, una vez que firman ya no se las pagarán. Si tienen dudas pueden consultar, siempre infórmense de sus derechos laborales para que no los engañen. Que tengas un lindo día. Saludos

08/02/2016

Amigos!!! Si sufren un accidente laboral o enfermedad profesional su empleador esta obligado a enviarlos a una Mutual de Seguridad o al ISL para que los atienda , así que si los quiere enviar a un hospital y hacerlo pasar por un accidente común deben negarse e ir solo a la Mutual a la que este afiliado su empleador, pues de lo contrario su accidente no tendrá cobertura. Si tienen dudas nos avisan. Saludos!!!!

07/01/2016

Estimados, recuerden que si son despedidos, deben ir inmediatamente a efectuar un reclamo por despido injustificado a la Inspeccion del Trabajo, pero si a la hora que los despiden ya esta cerrada porque solo atienden hasta las 14:00 horas, tienen que ir a Carabineros y dejar una constancia para efectos laborales senalando la forma y circunstancias en que los despidieron. Esto es importante, porque hay empresas que los despiden verbalmente indicando que despues les llegara la carta de despido, pero luego les envian una carta despidiendolos por abandono del trabajo o inasistencias de los dias siguientes, desconociendo el hecho que su empleador los habia despedido el dia que lo hizo verbalmente. Si tienen dudas no avisan y si necesitan asesoria judicial para demandar a su empleador cuenten con nosotros!!!!!

Dirección

Compañía Nº 1390, Edificio Ymca, Santiago Centro
Santiago

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