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15/06/2024

DESPEDIDO CON O SIN CONTRATO (Consulta laboral gratuita +569 79532881 Javier Guzman) TODO CASO TIENE SOLUCION

Todos conocemos a algún amigo, tío, vecino o conocido que ha trabajado, sin contrato, que se ha ido del trabajo y le quedaron debiendo su sueldo, o que jamás reclamo sus derechos, si tu trabajaste, y te quedaron debiendo , o jamás te pagaron o estas en esta situación y te quieres ir, sin perder tus derechos laborales, escribenos al whatsap +569 79532881 para darte una solución a tu problema, trabajamos en todo chile, y a contraresultados (%) todo sale del mismo caso, no desembolsaras nada de tu bolsillo

Consulta tu caso, TODOS LOS CASOS TIENEN SOLUCION, consulta de forma gratuita en esta publicación o al +569 79532881 Javier Guzman
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BUSCAS TUS AÑOS DE SERVICIOS – DESPEDIDO CON O SIN CONTRATO – TE DEBEN LAS COTIZACIONES ETC (Consulta laboral gratuita 9...
02/06/2023

BUSCAS TUS AÑOS DE SERVICIOS – DESPEDIDO CON O SIN CONTRATO – TE DEBEN LAS COTIZACIONES ETC (Consulta laboral gratuita 9 7953 2881 Javier Guzman)

Todos conocemos a algún amigo, tío, vecino o conocido que esta “chato” de su trabajo, porque de alguna u otra forma le incumplen:
- Le pagan el sueldo por parte o no se lo pagan
- No le entregan liquidaciones de remuneraciones (no tienes idea que te están pagando o descontando)
- No te pagan las cotizaciones CESANTIA – AFP O FONASA/ISAPRE , o simplemente te las declaran o te las pagan por menos de tu remuneración real
- las condiciones de trabajo son deplorables
- Te pasan cambiando de cargo o lugar de trabajo
- No te entregan las vacaciones o no te las pagan
- Abandono de los trabajadores o obra
- trabajo sin contrato o a honorarios cuando no corresponde
- no llevar registro de asistencia
- no pago horas extras
- exponer al trabajador a infracciones : vehículos sin mantención, sin revisión técnica etc

En todos estos casos y otros, las personas tendemos a renunciar, pero NO LO HAGAS, TE SUGERIMOS hacer un AUTODESPIDO (No es una renuncia ¡ojo!) básicamente le pones termino al contrato para RECLAMAR TUS AÑOS DE SERVICIOS y otras prestaciones, se reclama, y puedes cobrar la AFC (cesantia) en el tiempo intermedio. Consulta si tu caso es para autodespido de forma gratuita en esta publicación o al +569 79532881 Javier Guzman

SI TU CASO es para AUTODESPIDO y lo QUIERES HACER, te DEFENDEMOS tu autodespido a CONTRARESULTADO (%) todo se paga del mismo caso. JAMAS hagas un autodespido SOLO.

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11/03/2023

BUSCAS TUS AÑOS DE SERVICIOS – DESPEDIDO CON O SIN CONTRATO – TE DEBEN LAS COTIZACIONES ETC (Consulta laboral gratuita +569 79532881 Javier Guzman)

Todos conocemos a algún amigo, tío, vecino o conocido que esta “chato” de su trabajo, porque de alguna u otra forma le incumplen:

- Le pagan el sueldo por parte o no se lo pagan
- No le entregan liquidaciones de remuneraciones (no tienes idea que te están pagando o descontando)
- No te pagan las cotizaciones CESANTIA – AFP O FONASA/ISAPRE , o simplemente te las declaran o te las pagan por menos de tu remuneración real
- las condiciones de trabajo son deplorables
- Te pasan cambiando de cargo o lugar de trabajo
- No te entregan las vacaciones o no te las pagan
- Abandono de los trabajadores o obra
- trabajo sin contrato o a honorarios cuando no corresponde
- no llevar registro de asistencia
- no pago horas extras
- exponer al trabajador a infracciones : vehículos sin mantención, sin revisión técnica etc

En todos estos casos y otros, las personas tendemos a renunciar, pero NO LO HAGAS, TE SUGERIMOS hacer un AUTODESPIDO (No es una renuncia ¡ojo!) básicamente le pones termino al contrato para RECLAMAR TUS AÑOS DE SERVICIOS y otras prestaciones, se reclama, y puedes cobrar la AFC (cesantia) en el tiempo intermedio. Consulta si tu caso es para autodespido de forma gratuita en esta publicación o al +569 79532881 Javier Guzman

SI TU CASO es para AUTODESPIDO y lo QUIERES HACER, te DEFENDEMOS tu autodespido a CONTRARESULTADO (%) todo se paga del mismo caso. JAMAS hagas un autodespido SOLO.

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27/08/2022

EL AUTODESPIDO = RECLAMA LOS AÑOS DE SERVICIOS (NO es lo mismo que la renuncia)
+569 79532881 Whatsapp - Celular Consulta tu situación laboral gratis

Actualmente existen diversos incumplimientos o situaciones que pueden dar derecho al autodespido ej:
1 NO pago de cotizaciones o solo declaración de ellas (afp –afc – Fonasa)
2 NO pago de remuneración
3 NO conceder las vacaciones en mas de 1 periodo
4 NO entregar el trabajo convenido
5 NO pagar cotizaciones o solo declarar las de los trabajadores acogidos a la ley de protección del empleo
6 Hacer ABANDONO de la obra o “dejar tirado” a los trabajdores muy común con empresas contratistas
7 Trabajo informal o SIN CONTRATO = sobre todo en este caso se puede reclamar
8 Trabajo a honorarios (debe evaluarse cada caso)
9 NO llevar libro de asistencia
10 NO pago de horas extras o exceso de jornadas
11 NO entregar las condiciones de trabajo adecuadas ej. Conducir camión sin documentación al dia.

OTRAS SITUACIONES
Si fuiste DESPEDIDO VERBALMENTE comunícate lo mas antes posible con nosotros

SI TIENES PROBLEMAS CUENTANOS EN LOS COMENTARIOS O AL NUMERO DE TELEFONO POR WHATSAP O LLAMADA

+569 79532881 CONSULTA GRATIS
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[email protected]

CONSULTAS Y ASESORIA GRATUITA

JUICIOS A % (contra resultados, si se gana se paga del caso)
ATENCION EN TODO CHILE

JAVIER GUZMAN +569 79532881

19/06/2022

Estamos atentos para orientarlos, de forma gratuita y profesional en todas las dudas laborales que tengan sobre su despido, abandono de la obra, trabajo sin contrato de trabajo, no pago de finiquito, quiebra de la empresa (liquidacion de la empresa) incumplimiento en sus trabajos como no pago de cotizaciones, no entrega de liquidaciones de sueldo, no llevar registro de asistencia, descuentos indebido, trabajo en malas condiciones, pago de remuneracion en fracciones , no entregar el trabajo convenido etc. vulneración de sus derechos, accidentes laborales, etc

Si se debe reclamar, te representamos a contraresultados, significa que te representaremos para reclamar con un cobro de un % del caso, NO se te cobrara nada de tu bolsillo

RECUERDE que los derechos laborales prescriben, significa que si no los reclama dentro de un plazo determinado se extingue la posibilidad de reclamarlos, por eso reclamalos, acude a nosotros escribiendonos tu problema, duda o consulta en la seccion de comentarios o al +569 79532881 Whatsapp o llamada o a [email protected]
CONSULTA GRATIS - TE REPRESENTAMOS A CONTRARESULTADOS % +569 79532881

PERMISO DE 2 HORAS LEGALES PARÁ IR A VOTAR OJO! La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará este domingo 19 de diciembre, ...
19/12/2021

PERMISO DE 2 HORAS LEGALES PARÁ IR A VOTAR OJO!

La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará este domingo 19 de diciembre, día de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, que se respete el derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar ese día y también el feriado obligatorio e irrenunciable de aquellos que laboran en malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

Todo lo anterior, en razón a que el día que se fije para la realización de las elecciones y plebiscitos será feriado legal, según lo señala el artículo 180 del DFL N°2 (6-9-2017), norma que ya ha sido aplicada en actos electorales anteriores, como los comicios del 21 de noviembre último.

El organismo anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 19.

La directora del Trabajo, Lilia Jerez señaló: "En el caso del comercio, la norma legal vigente para esta jornada electoral considera el feriado obligatorio para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica. Quedan exceptuados de esta norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria".

Permiso para acudir a votar

Respecto del permiso para sufragar, la DT informó que se fiscalizará:

· Otorgamiento de permiso de dos horas para sufragar a aquellos trabajadores que deban laborar ese día. Sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $162.513 y los $3.250.260, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

· Otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral. Las multas aplicables son las mismas del caso anterior.

Los permisos correspondientes deben otorgarse sin descuentos remuneracionales.

Feriado para trabajadores de malls y strip center

La norma legal imperante durante la jornada electoral también considera el feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.

El feriado comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 18 de diciembre de 2021 y terminará a las 06:00 horas del lunes 20 de diciembre.

Quedan exceptuados de esta norma quienes laboran en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.

La DT fiscalizará:

· Otorgamiento de feriado legal obligatorio e irrenunciable en aquellos casos en que se presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica. Sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $162.513 y los $3.250.260, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

Organismo fiscalizador verificará este derecho en el caso de aquellos trabajadores que deban laborar ese día. Denuncias podrán hacerse por vía telefónica al número 600 450 4000.

09/12/2020

RETIRO 10% PENSION DE ALIMENTOS

Si sus hijos no han recibido pension de alimentos y estos se encuentrab adeudados nosotros gestionamos el retiro del 10%

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Tramitacion legal de todo el proceso

SUBSIDIO DE ARRIENDO PARA MUJERES VICTIMA DE VIOLENCIAHace unos días se publico un convenio entre 2 ministerios, el mini...
27/11/2020

SUBSIDIO DE ARRIENDO PARA MUJERES VICTIMA DE VIOLENCIA

Hace unos días se publico un convenio entre 2 ministerios, el ministerio de vivienda y el de la mujer creando un beneficio para las mujeres victima de violencia que consiste en:

Subsidio de Arriendo como principal herramienta para un traslado rápido de vivienda de la mujer víctima de violencia.

Basicamente consiste en otorgar a cualquier mujer victima de violencia, de un subsidio de arriendo inmediato, que NO se debe postular, NI existen cupos limitados, para que cualquier mujer victima de violencia sea por parte de un familiar, de un vecino, verbal o fisica, hecha por cualquier persona que represente una amenaza, se le entrega un subsidio para que busque un nuevo lugar y que esto permita el alejamiento inmediato de la victima con el agresor

QUE DEBO HACER:

Para acceder a este convenio no deben postular, si no que contactar a alguno de los dispositivos de Sernameg, como las Casas de Acogida o los Centros de la Mujer, quienes, luego de evaluar el caso, lo derivarán al Minvu para una solución.

OJO:

NO se debe postular, es decir, no te tramitaran en si deben o no otorgártelo, basta que usted acredite de cualquier forma ser victima

NO existen CUPOS limitados, es ilimitado en cupos, te otorgan entre 24 a 48 meses de subsidio al arriendo

Atte JAVIER GUZMAN de Consultora Laboral Guzman & Guzman
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Si tienes problemas laborales contactanos o agenda tu cita al +569 79532881

SEGURO DE CESANTIA FLEXIBLESi usted fue despedido y no pudo cobrar su seguro de cesantía por cualquier causa, sea que la...
27/11/2020

SEGURO DE CESANTIA FLEXIBLE

Si usted fue despedido y no pudo cobrar su seguro de cesantía por cualquier causa, sea que la causal de despido no le daba derecho a cobrar, o tiene poco dinero en el fondo o lleva años cesantes o es trabajador independiente pero alguna vez te cotizaron el seguro de cesantía y nunca lo cobro CON EXCEPCION de todos aquellos que ya cobraron el seguro de cesantía usted puede cobrarlo cumpliendo lo sgtes requisitos:

1.- estar cesante, constituyendolo todo aquel que no tenga los 2 últimos meses cotizados, es decir no tenga cotizado septiembre y octubre del 2020 en afc
2.- tenga fondos en afc

Para cobrar el seguro usted debe hacer lo siguientes:

1.- ingresar a www.afc.cl
2.- hacer click al link que se encuentra en la parte superior derecha que indica la leyenda "ingresar al sitio de afc"
3.- hacer click al link que se encuentra en la parte superior izquierda que indica la leyenda "ingresar a sucursal virtual"
4.- Ingresar su usuario y clave, si no se lo sabe haga click en "iniciar sesion" en el botón azul para ingresar con su CLAVE UNICA
5.- debe ingresar sus datps y hacer click en "continuar"
6.- le saldra la imagen que se adjunta y debe seguir los pasos que dice la pagina

Atte JAVIER GUZMAN de Consultora Laboral Guzman & Guzman
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25/10/2020

Vayan a VOTAR, no deleguen su voto a la suerte de los demas, es hora de sentirse parte del pais!

07/10/2020

EL AUTODESPIDO = RECLAMA LOS AÑOS DE SERVICIOS (NO es lo mismo que la renuncia)

+569 79532881 Whatsapp - Celular Consulta tu situación laboral gratis

Comúnmente en Chile se tiene la costumbre de renunciar al trabajo cuando hay incumplimiento o hostigamientos por parte del empleador , ya sea porque no le pagas sus cotizaciones (y solo declarándolas) , porque no le escritura el contrato, le hace descuentos indebidos, no pago de remuneraciones o por partes o le hace constantes cambios de lugar de trabajo etc. el empleador trata de aburrir al trabajador para que el renuncie y pierda todas sus indemnizaciones.

El legislador previo estas situaciones, y para que no suceda ello, le dio el derecho al trabajador de "AUTODESPEDIRSE " , lo que basicamente consiste en que el trabajador le pone termino al contrato de trabajo cumpliendo ciertos requisitos, para que luego exigir sus derechos e indemnizaciones, como es el mes por años , mes de aviso previo etc.

Actualmente existen diversos incumplimientos o situaciones que pueden dar derecho al autodespido ej:

1 NO pago de cotizaciones o solo declaración de ellas (afp –afc – Fonasa)
2 NO pago de remuneración
3 NO conceder las vacaciones en mas de 1 periodo
4 NO entregar el trabajo convenido
5 NO pagar cotizaciones o solo declarar las de los trabajadores acogidos a la ley de protección del empleo
6 Hacer ABANDONO de la obra o “dejar tirado” a los trabajdores muy común con empresas contratistas
7 Trabajo informal o SIN CONTRATO = sobre todo en este caso se puede reclamar
8 Trabajo a honorarios (debe evaluarse cada caso)
9 NO llevar libro de asistencia
10 NO pago de horas extras o exceso de jornadas
11 NO entregar las condiciones de trabajo adecuadas ej. Conducir camión sin documentación al dia.

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