06/08/2020
Para nuestros socios extranjeros :
Estimados... OHB Abogados les informa :Fue publicado el día de hoy 01 de abril en el diario oficial la extensión de vigencia de la cédula de identidad para los extranjeros.
Puntos importantes de este decreto:
– Esto corresponde a personas que deban solicitar prórroga de visa o permanencia definitiva.
– Hasta el 31 de diciembre de 2020 tendrán vigencia las cédulas vencidas en el año 2019.
– Se dará plazo de un año más a contar de la fecha de vencimiento a todas aquellas cédulas de identidad que hayan vencido o estén por vencer en este año 2020. Ejemplo: Vence 01 de abril 2020, tiene vigencia hasta el 01 de abril 2021.
– Para que esto tenga validez, antes del vencimiento de su cédula tuvo que haber solicitado prorroga de visa o permanencia definitiva y tener el comprobante de dicha solicitud, dentro del rango de los 90 días antes del vencimiento de su visa.
– Si tu cédula se extiende según este decreto entonces podrías realizar los tramites necesarios según sea el caso. (Esto lo veremos en la marcha y como los organismos lo tomen, sobre todo los empleadores).
Fuente: Diario Oficial
PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL DECRETO
¿Cuál es el objetivo de este decreto?
El objetivo es que las cédulas vencidas de todos los extranjeros solicitantes de una prórroga de visa o permanencia definitiva por primera vez, se les otorgue un año de vigencia para que puedan realizar diligencias y gestiones ante: Bancos, Notarías, Carabineros, Empleadores, Municipalidades, Fonasa, Isapres, Afps, entre otros.
¿A quién beneficia esta medida?
A todos los extranjeros que han enviado papeles para solicitar una prórroga o cambio de visa o permanencia definitiva en 2019 o 2020 y que en medio de su trámite se les venció su cédula y aún no reciben respuesta de Extranjería.
¿Cómo funciona el año de vigencia para las cédulas vencidas en este decreto (2019-2020)?
Para los solicitantes de visa que su cédula venció en 2019, tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020. Y para aquellos solicitantes de visa que su cédula venció o vence en 2020, tendrán un año de vigencia contado a partir del día de vencimiento.
¿O sea que este decreto me extendió la visa por un año?
NO. Este decreto extendió la cédula plástica vencida por un año, a todos aquellos que solicitaron una prórroga de visa o definitiva antes de que se les venciera su cédula. Pero Ud debe seguir esperando la respuesta de su visa en trámite.
¿Hay que ir a Registro Civil por una nueva cédula plástica?
NO. Porque este decreto le dio vigencia de un año a su cédula plástica vencida que actualmente Ud posee.
¿Se me vence mi cédula en dos meses, o sea que con este decreto ya no debo presentar documentos para renovar mi visa porque me extenderán por un año ?
NO. Al contrario debe presentar su documentación para prorrogar su visa o pedir la definitiva antes que se venza su cédula y así, cuando se venza su cédula, esta quede habilitada por un año para hacer trámites después de vencida mientras espera respuesta de Extranjería a su prorroga o solicitud de definitiva.
¿Perdí mi cédula vencida qué hago?
Lastimosamente Registro Civil no expide cédulas en este caso. Debe continuar con el comprobante de solicitud de visa que le llegó, el cual es el documento que le brinda regularidad mientras se resuelve su visa en Extranjería.
¿A quién no cobija este decreto?
A cédulas vencidas antes del 01-01-2019 y a extranjeros que no ingresaron papeles para prorrogar su visa o definitiva antes de que se les venciera su cédula en 2019 y 2020.
(Nota: Si tienes tu cédula vencida de 2019 o 2020 y no ingresaste documentación para renovar la visa y ahora tienes los documentos, haz un cálculo y pago de multa y después envía a Extranjería para que quede habilitada tu cédula vencida).
¿Este decreto aplica para renovar mi temporaria como solicitante de refugio?
NO. Los solicitantes de refugio poseen una legislación diferente a la de extranjería y su temporaria se renueva asistiendo presencialmente al DEM.
Por ahora, se ha habilitado atención a estos solicitantes por turnos éticos en donde el DEM los contactará, para realizar su proceso de renovación de temporaria.
¿Si me encuentro fuera del país y soy solicitante de una visa en trámite, puedo ingresar con mi cédula vencida?
Para este procedimiento debes acompañar a tu cédula vencida con alguno de los comprobantes de solicitud de visa en trámite (carta de acogida a trámite, formulario, comprobante de permanencia definitiva o carta de aprobación de la visa) y presentarlo ante la aerolínea y las autoridades migratorias de ambos países. (Recuerda que también debes llevar tu pasaporte vigente).