20/03/2026
¡Atención áreas de RR.HH., abogados laborales y dirigentes sindicales! 📢
La Dirección del Trabajo (DT) emitió un nuevo pronunciamiento (ORD. N° 169/16) que modifica las instrucciones sobre el registro de instrumentos colectivos.
¿Qué cambia? 🤔
Si un contrato o convenio colectivo presenta errores en sus fechas de inicio y término, la Inspección del Trabajo ahora exigirá la aplicación estricta del artículo 324 del Código del Trabajo para proceder con su depósito y registro.
👉 Es fundamental revisar cuidadosamente los plazos y vigencias antes de registrar los acuerdos para evitar retrasos e inconvenientes administrativos.
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🔗 https://als.cl/2026/03/19/dt-rectifica-instrucciones-sobre-registro-de-instrumentos-colectivos-con-errores-en-inicio-y-termino-de-duracion/