29/10/2025
Si saliste designado como vocal de mesa para las elecciones presidenciales que se realizarán el próximo domingo 16 de noviembre y te toca trabajar presta atención.
El artículo 66 de la Ley 18.700 , que es la Ley de sobre votaciones populares y escrutinios, establece que los empleadores deberán conceder los permisos necesarios y sin descuentos en remuneraciones, a los trabajadores (as) que sean designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la junta electoral.
Si tu empleador te descuenta remuneraciones por asistir y cumplir con tu deber cívico puede ser denunciado a la Inspección del trabajo y ser expuesto al pago de fuertes multas.
En tanto, si tu empleador directamente no te deja ir a cumplir tu deber como vocal de mesa, podría sufrir la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, ya que estaría impidiendo el ejercicio de un miembro de la junta electoral, mesa receptora, colegio escrutador o delegados.
¿Tu empleador te está amenazando con descontar tu remuneración del día de la elección por tener que ser vocal de mesa? ¡TE ASESORAMOS GRATIS!
Escríbenos al WhatsApp disponible en la biografía.