Estudio Jurídico CH & D

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Nuestra misión como Estudio Jurídico CH & D es proporcionar asesoría jurídica con eficiencia, responsabilidad y los mas altos estándares de calidad. Podemos ayudarte a resolver tus problemas legales, somos un estudio jurídico cercano, que entiende tus necesidades.

24/01/2026

NO TODOS LOS CULPABLES ESTÁN PRESOS, NI TODOS LOS PRESOS SON CULPABLES ⚖️

Conoce todo sobre la ley 21.461 "ley devuélveme la casa" no pierdas mas el tiempo, recupera tu casa ahora.Te asesoramos ...
02/08/2022

Conoce todo sobre la ley 21.461 "ley devuélveme la casa" no pierdas mas el tiempo, recupera tu casa ahora.
Te asesoramos con toda la información necesaria para realizar este procedimiento y recuperar tu casa lo mas pronto posible.
Dudas o consultas, te ayudamos. Puedes contactarnos a través de:
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Asesoría legal virtual.

¿Conocés los derechos de tus hijos (as)? Infórmate con nosotros
16/05/2022

¿Conocés los derechos de tus hijos (as)? Infórmate con nosotros

16/03/2022

¿Quieres regular el Régimen de Relación directa y regular y no sabes la diferencia entre régimen ordinario y extraordinario?

"VISITAS"

➡Régimen ordinario:
Este tipo de régimen regula las visitas de acuerdo al día a día del niño o niña. Es decir, como serán reguladas de lunes a domingo. Por ejemplo, se puede sentenciar que el menos se quede en casa del padre o madre que no posea la tuición "cuidado personal" un fin de semana por medio. OJO es solo un ejemplo también puede establecerse sin pernocte.

➡Régimen extraordinario:
Este tipo de régimen equivale al tiempo que el niño estará con su padre, madre o parientes cercanos según sea el caso, durante sus vacaciones u otras fechas especiales. Este régimen regula por ejemplo festividades de fin de año "Navidad - Año Nuevo", también cumpleaños del niño de la madre o del padre, vacaciones de verano, invierno, fiestas patrias, día de la madre día del padre. En este sentido se puede establecer un régimen alternado, un año con el padre custodio y el siguiente con el padre no custodio.
En el caso de cumpleaños de los padres y día del padre o madre el niño estará con el festejado.

OJO NO ES UNA OBLIGACIÓN FIJAR UN RÉGIMEN EXTRAORDINARIO, pero es lo recomendable para así evitar futuras complicaciones.

Tienes dudas al respecto
Escríbenos y agenda tu asesoría
📩 [email protected]

16/03/2022

SE EXTIENDE EL SUBSIDIO PROTEGE

▶Postulación del beneficio hasta junio de 2022, mes en el que finaliza.
▶Aquellas personas que postulen al subsidio hasta junio de 2022, y se mantengan trabajando como dependientes o independientes, tendrán derecho hasta 3 meses de pago.

🚨Las beneficiarias que ya han recibido 3 o más meses de pago del Subsidio Protege no accederán a nuevos pagos del subsidio por esta extensión.

REQUISITOS:
▶Ser madre trabajadora, dependiente o independiente, que tengan a su cargo el cuidado de un niño o niña menor de dos años. Alternativamente, el padre trabajador, dependiente o independiente, que tenga el cuidado personal de manera exclusiva, o aquél que se le haya otorgado el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.
▶Que esté trabajando ya sea de forma presencial o en modalidad de teletrabajo, a distancia o mixta.

COTIZACIONES:
▶Trabajadoras dependientes: tener 4 cotizaciones de seguridad social registradas en los últimos 12 meses previos a la postulación, siendo una de estas 4 cotizaciones del mes previo a la postulación.
Se entenderá como cotización registrada, el cumplimiento de una de las siguientes condiciones: 1. se encuentren declaradas y pagadas las cotizaciones de AFP o salud; o 2. las cotizaciones de AFP y Salud del trabajador postulante se encuentran declaradas y no pagadas en las respectivas instituciones previsionales.

▶Trabajadoras independientes: haber cotizado como independiente en la última operación renta (2021) con aporte de cotizaciones total o parcial, o bien, cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.

¿MONTO DEL BENEFICIO? $200.000 mensuales por cada niño o niña menor de 2 años.

NO PODRAN ACCEDER:
▶Se encuentren con licencias prenatal, postnatal y postnatal parental.
▶Se encuentre haciendo uso del permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.
▶Se encuentren haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley SANNA.
▶Están contratadas por una empresa que esté obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.
▶Sean funcionarios en instituciones del sector público.

InfórmateSobre todo el proceso de cambio de orden de los apellidos.Para más información sigue nuestras redes sociales.
12/01/2022

Infórmate
Sobre todo el proceso de cambio de orden de los apellidos.

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