24/09/2018
ABOGADOS RANCAGUA, EXPERTOS EN LA SOLUCIÓN DE PROBLEMAS LEGALES
Rancagua: Calle Cuevas N° 765, Piso 2, Oficina 6.
Contacto: Teléfono /Whatsapp: +56987049619
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Necesita divorciarse y no sabe por dónde empezar? pues debería saber lo siguiente:
existen tres tipos de divorcio en nuestra legislación:
A.-Divorcio de mutuo acuerdo. Si ambos cónyuges creen que no es posible continuar su matrimonio pueden, de mutuo acuerdo, solicitar el divorcio. En estos casos, la ley exige que haya transcurrido, por lo menos, un año desde que cesó la vida en común (separación), lo cual se debe acreditarse en el juicio.
B.-Divorcio Unilateral. Si sólo uno de los cónyuges quiere solicitar el divorcio, no estando el otro cónyuge de acuerdo (por la razón que sea) puede demandarse el divorcio de manera unilateral. Para ello debe probar que han transcurrido, a lo menos, tres años desde el cese de la convivencia (separación).
C.- Divorcio Culposo. La ley contempla una especie de divorcio unilateral que no requiere de un tiempo de separación y que es el divorcio por culpa de uno de los cónyuges. Este divorcio puede demandarse de inmediato, sin transcurso de tiempo, si es que se configura la causal. La casual de este tipo de divorcio es la violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común y se incluye aquí la infidelidad, el abandono, el alcoholismo, la drogadicción, etc.
En la mayoría de los casos además se puede regular otros temas conjuntamente con el divorcio, como por ejemplo: alimentos, visitas, cuidado personal, compensación económica y liquidación de la sociedad conyugal, entre otras cosas.
El primer paso es contactar a un abogado para que redacte la solicitud (si es mutuo acuerdo) o la demanda (si es unilateral), la cual se presenta lógicamente ante los Juzgados de Familia competentes. Luego de unos días serán citadas los solicitantes o las partes a una o dos audiencias (dependiendo del nivel de acuerdo de las partes) en donde serán presentadas las pruebas, el Tribunal dictará sentencia y aquella se subinscribirá (luego de 30 dias aprox.) en la partida correspondiente, generando en la persona el estado civil de SOLTERO.
Si usted tiene dudas sobre este procedimiento puede venir a visitarnos en Cuevas #763, segundo piso oficina N°6, o bien enviarnos un mensaje por esta red social o al correo [email protected] , en Abogados Rancagua J.F Asesores Jurídicos podemos ayudarlo (primera consulta gratuita)