Abogados en Rancagua

Abogados en Rancagua Somos un grupo de abogados dedicados a las distintas áreas del derecho, destacándonos por nuestra

Somos un grupo de abogados dedicados a las distintas áreas del derecho, destacándonos por nuestra atención personalizada, rapidez y eficacia en la tramitación de sus causas.

Si tú estás bien, tu entorno también lo estará.
23/05/2023

Si tú estás bien, tu entorno también lo estará.

Todos sabemos lo importante que es cuidar nuestra salud física, pero ¿qué hay de nuestra salud mental?

¡Ambas son igualmente importantes!

Este es un consejo: tómete un tiempo todos los días para hacer algo que te brinde alegría y paz mental.

Priorizar tu salud mental es imprescindible, y es totalmente normal pedir ayuda cuando la necesites.

Corramos la voz y hagamos de la salud mental una prioridad para todos.

14/05/2023
14/05/2023

La ocupación a título gratuito corresponde a aquella en que no existe retribución alguna a los demás comuneros. La sola existencia de gastos -como consumos domiciliarios de servicios básicos- obedece más bien al uso que se le da al bien, y en caso alguno alteran que se esté haciendo uso gratuito de la cosa.
https://www.diarioconstitucional.cl/2023/05/04/demandado-que-ocupa-gratuitamente-un-inmueble-debe-restituir-a-los-demas-miembros-de-la-comunidad-hereditaria-en-la-proporcion-que-les-corresponde-el-uso-y-goce-de-un-departamento-ubicado-en-la-ciudad/

14/05/2023

Una guagua de 10 meses fue abandonada por su madre en una clínica en Estación Central luego que sufriera una intoxicación con co***na.

14/05/2023

No olvides confirmar que el o la profesional de salud con quien te atiendes, 𝐞𝐬𝐭𝐚́ 𝐡𝐚𝐛𝐢𝐥𝐢𝐭𝐚𝐝𝐨/𝐚 para realizar esa función. Busca por número de registro, nombre y/o apellido, RUT, título o especialidad en el Registro de Prestadores, en https://rnpi.superdesalud.gob.cl/

15/05/2021

👩🏽‍🏫👨🏾‍🏫Beca de Investigación Periodística ✍🏾🎙de la de Periodistas por los DerechosHumanos de la CorteIDH y el Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación KAS.

🗓Plazo de postulación: 1 de junio de 2021.
📌Bases: www.corteidh.or.cr/tablas/dialoga/beca.html
✍🏾Registro: https://forms.gle/gPDptkp8tFF5RUuo6

📌👨🏽‍💻👩🏿‍💻Se seleccionarán a dos periodistas para el desarrollo de una beca de investigación periodística sobre la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El objetivo es poder profundizar aún más sobre el impacto del trabajo del Tribunal en la reparación de los derechos de las víctimas, así como incentivar el uso de nuevos formatos de trabajo periodístico con enfoque en derechos humanos y el fortalecimiento del Estado de Derecho en América Latina y el Caribe.

15/05/2021

Nueva Ley No. 21.320 modifica la Ley de Protección al Consumidor en materia de cobranza extrajudicial

Con fecha 20 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Ley No. 21.230 (la “Ley”), que modifica la Ley No. 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (“LPDC”) en materia de cobranza extrajudicial y otros derechos del consumidor.

La Ley establece que para efectuar cobranzas existirá un límite de un contacto telefónico o visita por semana, entre otras restricciones que protegen a los consumidores.

A continuación, un detalle de sus principales contenidos:

Principios que inspiran a toda actuación de cobranza extrajudicial
La Ley modifica el artículo 37 de la LPDC con el fin de establecer que las actuaciones de cobranza extrajudicial, cualquiera sea su naturaleza, medio de comunicación o momento en que se realicen, deberán ajustarse a los principios de:

Proporcionalidad
Razonabilidad
Justificación
Transparencia
Veracidad
Respeto a la dignidad & a la integridad física y psíquica del consumidor
Privacidad del hogar.
Actuaciones que transgredirían los principios que inspiran a toda cobranza extrajudicial
Se entenderá que no se da cumplimiento a los principios señalados cuando:

El proveedor del crédito o la empresa de cobranza efectúe más de un contacto telefónico o visita por semana, con el objeto de poner en conocimiento del deudor la información destinada a obtener el pago de la deuda.
Respecto de otras actuaciones de cobranza extrajudicial realizadas a través de otros medios (correspondencia por correo, mensajes de texto, correos electrónicos o aplicaciones de mensajería instantánea), se realicen más de dos gestiones por semana, las que deberán contar con una separación de, al menos, dos días.
Nuevas obligaciones en la gestión de cobranzas extrajudiciales y medida cautelar de suspensión de actuaciones de cobranzas
Plazo mínimo de 2 años para almacenar gestiones de cobranza por cada deudor: Los proveedores o las empresas de cobranza deberán registrar, almacenar y mantener disponible el tipo y frecuencia de las gestiones que realicen por cada deudor por un plazo de al menos dos años, contado desde su realización.
Término inmediato de actuaciones de cobranza extrajudicial una vez emplazado judicialmente un deudor en una cobranza judicial o una vez requerido un procedimiento concursal en su contra.
Medida cautelar de suspensión inmediata de actuaciones de cobranza extrajudicial: En las denuncias, demandas o querellas que se formulen por infracción a las conductas prohibidas en este artículo, el tribunal competente, de oficio o previa solicitud del Servicio o del particular afectado, podrá disponer la suspensión inmediata de las actuaciones de cobranza extrajudicial, cuando los hechos y los antecedentes acompañados lo ameriten
La Ley precisa que un reglamento especial determinará la forma, condiciones y requisitos que deberá reunir el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 37 de la LPDC.

Nuevo límite de dos llamadas o visitas de cobranza extrajudicial al mes mientras dure el estado de excepción constitucional
Finalmente, la Ley incorpora un nuevo artículo transitorio a la LPDC, estableciendo que durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de Covid-19, y por los 60 días posteriores al término de la última de sus prórrogas, las llamadas o visitas de cobranza extrajudicial podrán realizarse solo dos veces al mes, respecto de cada deudor.

14/01/2021

Ley 21.299: Regula créditos de postergación de créditos hipotecarios y crea garantía estatal para caucionarlos

05 de enero de 2021

Con fecha 4 de enero de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.299, que permite la postergación de cuotas de créditos hipotecarios y crea una garantía estatal para caucionar las cuotas así postergadas (la “Nueva Ley”).

La nueva ley permite a los bancos, cooperativas de ahorro y crédito, agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables, acreedores de mutuos otorgados por tales agentes administradores y compañías de seguros (conjuntamente, los “Acreedores”), otorgar “Créditos de Postergación” a sus deudores de obligaciones garantizadas con hipoteca (los “Créditos Hipotecarios”), en la medida que tales deudores así lo soliciten.

Características de los Créditos de Postergación

Se trata de mutuos de dinero otorgados por escritura pública.Su objeto único es el pago de determinadas cuotas de un Crédito Hipotecario.No constituyen prepago y, por ende, no devengan comisiones de prepago.Su tasa de interés no puede ser superior a la del Crédito Hipotecario que se paga.Se encuentran exentos de impuesto de timbres y estampillas.

Mandato para celebrar Créditos de Postergación

Los deudores de Créditos Hipotecarios pueden otorgar un mandato al acreedor, para que éste, en su representación, celebre el contrato de Crédito de Postergación y lleve a cabo cualquier solemnidad que se requiera para su perfeccionamiento. Este mandato puede ser otorgado en forma digital, bastando firma electrónica simple y sus características particulares se regularán a través de un reglamento que deberá dictarse al efecto.

Pago de Créditos Hipotecarios

Los acreedores deberán pagar en forma parcial los Créditos Hipotecarios en las cantidades respectivas dentro de 10 días hábiles bancarios siguientes a la celebración de los Créditos de Postergación. En virtud de dicho pago, las hipotecas que caucionaban el Crédito Hipotecario pasarán a garantizar también el Crédito de Postergación por el solo ministerio de la ley.

Sin embargo, solo para fines de publicidad y oponibilidad a terceros, los acreedores deberán requerir al Conservador de Bienes Raíces respectivo, que inscriba la constancia de pago parcial del Crédito Hipotecario, lo que no afectará la fecha de inscripción de la hipoteca original. Los honorarios por esta gestión no podrán superar los $2.000.

Garantía Estatal

La nueva ley crea una garantía estatal, otorgada por el Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (FOGAPE), para caucionar las obligaciones bajo los Créditos Hipotecarios para fines de vivienda (cuando el avalúo comercial del inmueble no supere las 10.000 UF) y los Créditos de Postergación, en adición a la correspondiente hipoteca.

Esta garantía tendrá una vigencia de 60 meses y caucionará un máximo de 6 cuotas del respectivo Crédito Hipotecario cuyas cuotas fueren pagadas con un Crédito de Postergación.

Vigencia

La nueva ley entrará en vigencia una vez publicado en el Diario Oficial su reglamento, lo que debe ocurrir dentro de 15 días contados desde el 4 de enero de 2021.

La nueva ley estará vigente por 64 meses, contados desde la primera adjudicación de la primera licitación que debe efectuarse en conformidad con las disposiciones a ser establecidas en el reglamento de la nueva ley.

Los Créditos de Postergación solo podrán celebrarse dentro de 4 meses contados desde la primera licitación antes referida.

26/07/2020

¿Te adeudan pensión de alimentos? ¿Quieres cobrar dichos montos de dineros?. A raíz de la pronta entrada en vigencia de la ley que permite retirar el 10 % del fondo de pensiones, lo que te adeudan podría ser pagado con dichos fondos.
¿Mi retiro es embargable o podría ser embargado? El dinero retirado se considerará "extraordinariamente intangible para todo efecto legal". Esto significa que no será objeto de retenciones, descuentos, compensaciones legales o contractuales, embargos o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, SALVO por deudas de pensión alimenticia y compensación por divorcio.
Contáctanos antes que dichos fondos sean retirados, el tiempo corre y tu no puedes esperar más.
Contáctanos vía correo electrónico, inbox, número de teléfono
al +56994704840, correo electrónico [email protected]

Desde este sábado 21 de junio, la ciudad de Rancagua y la comuna de Machali, entran en cuarentena territorial, lo que si...
18/06/2020

Desde este sábado 21 de junio, la ciudad de Rancagua y la comuna de Machali, entran en cuarentena territorial, lo que significa que en estas zonas se prohíbe la libre circulación de personas con el fin de evitar la transmisión comunitaria y expansión del virus Covid 19. Es muy importante que se respeten las normas sanitarias y que usted sepa cuál es la diferencia, entre un permiso, y un salvo conducto. Y recuerden que seguirán funcionando los bancos, SUPERMERCADOS, panaderías, farmacias, hospitales. No olviden que el uso de mascarillas en lugares públicos es obligatorio, para todos los habitantes de la república de Chile, ya pusiese estar poniendo en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, que han sido debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de epidemia.

Los permisos pueden ser los siguientes

Permiso Temporal individual: Es una autorización que permite a las personas realizar actividades fundamentales y abastecerse de bienes y servicios esenciales en comunas que están en cuarentena sanitaria, este puede ser adquirido de manera remota en comisaria virtual o presencial en dependencias de Carabineros. No permiten desplazamiento en horarios de toque de queda ni habilitan para cruzar un cordón sanitario.

 Permiso Temporal Colectivo: Habilita el desplazamiento de personas, instituciones e industrias que cumplen labores esenciales establecidas como tales en este instructivo, y sólo habilitan para desplazarse para el cumplimiento de sus funciones, además sirven como salvoconducto para cumplir funciones en horario de toque de queda y cruzar un cordón sanitario. Son permisos válidos:

 Credencial acompañada de Cédula Nacional de Identidad para trabajadores del rubro de salud, funcionarios y servidores públicos, alimentos y comercio esencial, emergencias, educación y transporte.
 Permiso único de colectivo, para el resto de los rubros declarados como esenciales en este instructivo.

 Permiso Único Colectivo: Es aquel solicitado por una empresa o institución de rubro esencial, para que sus trabajadores puedan asistir de manera presencial al lugar de trabajo y/o circular en el ejercicio de sus funciones. Este debe ser solicitado a través de comisaria virtual, adjuntando un listado nominado de trabajadores junto a el correo electrónico de cada uno de ellos. El trabajador recibirá en dicho correo la autorización de desplazamiento con la individualización de nombre y horario para realizar su labor

2.- Salvoconductos: son autorizaciones temporales que facultan a realizar actividades fundamentales en horarios de toque de queda y también a cruzar a través de Cordones Sanitarios. Estos pueden ser individuales o colectivos.

Les dejo este instructivo para que se puedan informar. A cuidarse y si pueden quedarse en sus casas hágalo, y si deben salir, salga con su autorización previa, ya que esta incumpliendo el artículo 318 del Código Penal el que dispone “Artículo 318° El que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales”, dicho artículo actualmente se encuentra en proceso de modificación en lo que respecta a endurecer la penalidad.

Si necesitas Salvo conductos, informar por incumplimiento de visitas, pensión de alimentos entre otros tramites, los puedes hacer por aquí.

Dirección

Calle Jose Victorino Latarria 429, Oficina 21
Rancagua

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00

Teléfono

+56942273318

Página web

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