Selman & Asociados

Selman & Asociados Estudio jurídico ubicado en el centro de Concepción conformado por un excelente staff de abogados, dedicados a dar soluciones óptimas a tus problemas

18/12/2022
02/11/2017

DERECHO LABORAL: Demanda de nulidad de despido

Si tu empleador te ha despedido, pesa sobre él la obligación de informar en ese acto y por escrito el estado de pago de las cotizaciones provisionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, adjuntando los comprobantes que lo justifiquen. Si el empleador no hubiere efectuado el integro de dichas cotizaciones provisionales al momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo.

Esto quiere decir que si al momento del despido las cotizaciones provisionales, las de salud y el aporte al seguro de cesantía no se encuentran totalmente pagadas, el despido de que es objeto el trabajador es nulo. Sin perjuicio de lo anterior, debes tener en cuenta que la nulidad del despido debe ser declarada judicialmente, esto quiere decir que debe existir un juicio en el cual el trabajador demande de nulidad de despido a su ex empleador y además haya sentencia definitiva que declare que el despido es nulo. En este caso el ex empleador será condenado al pago de todas las prestaciones adeudadas desde el momento del despido hasta que la sentencia declare que el despido ha sido nulo.

Si usted se encuentra en esta situación no dude en contactarnos vía inbox, llamando al 41 2214967 o visitándonos en Castellón 764, segundo piso, Concepción.

30/10/2017

DERECHO CIVIL: Cambio de nombre

Buenos días, esperando que tengan un muy buen inicio de semana les recordamos que Selman & Asociados presta asesoría en el trámite de cambio de nombre o apellido o nombre completo. El cambio de nombre (primero o segundo nombre) o apellido (primero o segundo apellido) o todo el nombre completo es un procedimiento que requiere la intervención de un abogado y podrá ser solicitado por cualquier persona, por una sola vez (en la vida) en alguno de los siguientes casos:

1. Cuando sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente.
2. Cuando por más de 5 años haya sido conocida por nombres o apellidos distintos a los que salgan en su carnet de identidad.
3. En los casos de filiación no matrimonial, para agregar un apellido cuando la persona hubiere sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido.
4. Cuando los nombres o apellidos no son en español, podrá solicitarse para que se autorice traducirlos al idioma castellano.
Para el procedimiento de cambio de nombre, la prueba que se suele utilizar son testigos (o documentos, aunque no suelen existir). Los testigos deberán dar fe del uso del nombre y/o apellido por más de 5 años. En estos juicios de cambio de nombre no pueden ser testigos familiares directos, sino que tienen que ser vecinos, amigos u otros.

Para responder preguntas como, si puedo poner el apellido de mi pareja a mi hijo y si ello cambia o no las obligaciones del padre biológico, o si puedo elegir cualquier nombre o apellido al cambiarlo, no dude en contactarnos vía inbox, llamándonos al 412214967 o visitándonos en Castellón 764, segundo piso, Concepción.

26/10/2017

DERECHO DE FAMILIA: DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

Selman & Asociados ofrece asesoría legal en la tramitación de su divorcio, ya sea que se trate de un divorcio de mutuo acuerdo , divorcio sin acuerdo o un divorcio culposo.

El divorcio de mutuo acuerdo es aquel en que hay acuerdo de los cónyuges respecto del divorcio, del pago o no pago de alguna compensación , y de los asuntos concernientes a los hijos menores de edad (cuidado personal (tuición), relación directa y regular (visitas) y alimentos).

A grandes rasgos los requisitos para solicitar el divorcio de mutuo acuerdo son los siguientes:
1.- Un lapso de 1 años desde el cese de la convivencia: Si usted contrajo matrimonio después del 18 de Noviembre del año 2004 es importante que al momento de separarse de su pareja (separarse de hecho), deje constancia de aquel cese de convivencia en la forma que estipula la ley, dado que en caso contrario usted no podrá divorciarse. Si necesita hacer el cese de convivencia no dude en contactarnos.
2.- Que no exista reanudación de la vida en común durante el transcurso del año desde el cese de la convivencia.
3.- Que ambos cónyuges lo soliciten de común acuerdo.
4.- Acompañar acuerdo completo y suficiente: El acuerdo completo y suficiente es a que que, ajustándose a la ley, regule ciertas materias entre los cónyuges y respecto a los hijos.

Cualquier duda o consulta contáctenos vía inbox, llamándonos al 41 2214967 o visitándonos en Castellón 764, segundo piso, Concepción.

24/10/2017

DERECHO LABORAL: Autodespido o despido indirecto

Si la empresa para la que usted trabaja no le paga el sueldo, o no le paga las cotizaciones o no cumple con otras obligaciones del contrato (aunque el contrato no esté escriturado), Ud puede utilizar la figura del autodespido o despido indirecto, por medio de la cual el propio trabajador pone término a la relación laboral y exige judicialmente el pago de una serie de indemnizaciones que establece la ley.

El autodespido (que es completamente diferente a una renuncia) es aquél que provoca el propio trabajador cuando el empleador ha incurrido en alguna de las siguientes causales:

- Falta de probidad en el desempeño de sus funciones.
- Conductas de acoso sexual.
- Vías de hecho ejercidas por el empleador en contra del trabajador.
- Injurias proferidas por el empleador en contra del trabajador.
- Conducta inmoral grave del empleador.
- Actos, omisiones, imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores o a la salud de estos.
- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo.

Si usted se encuentra en esta situación por favor contáctenos a la brevedad, pues producida la separación se debe comunicar al empleador tal circunstancia dentro del plazo de tres días hábiles, sea personalmente o por carta certificada enviada a su domicilio y con copia de la misma a la Inspección del Trabajo respectiva.

Cualquier duda o consulta contáctenos vía inbox, llamando al 41 2214967 o visitándonos en Castellón 764, segundo piso, Concepción.

23/10/2017

DERECHO DE FAMILIA: (DIVORCIO UNILATERAL)

Selman & Asociados ofrece asesoría legal en la tramitación de su divorcio, ya sea que se trate de un divorcio de mutuo acuerdo , divorcio sin acuerdo o un divorcio culposo.
El divorcio unilateral, es aquel divorcio que es solicitado por una de las partes, es el llamado: divorcio sin acuerdo. No existe una solicitud conjunta, es una la parte que acciona.

Los requisitos para demandar el divorcio unilateral son los siguientes:
1.- Un lapso de 3 años desde el cese de la convivencia
2.- Que no exista reanudación de la vida en común durante el transcurso de los 3 años desde el cese de la convivencia
3.- Que durante el plazo señalado el cónyuge que demanda el divorcio, haya cumplido con su obligación de brindar alimentos a los hijos comunes (y al otro cónyuge en su caso), pudiendo hacerlo

Cualquier duda o consulta contáctenos vía inbox, llamándonos al 41 2214967 o visitándonos en Castellón 764, segundo piso, Concepción.

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