10/06/2024
Los abuelos pueden ser obligados de manera excepcional al pago de la pensión de alimentos, ya que la ley le otorga privilegio al interés superior del niño, niña o adolescente.
De esta forma, si no es posible obtener el pago de la pensión, ya sea de manera voluntaria o a través de los mecanismos de cumplimiento forzado que establece la ley, el padre o la madre que tiene el cuidado personal puede demandar a los abuelos.
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