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A propósito del anuncio de allanamiento del MINSAL... Mi deber es informar 👨‍🎓☑️ Infórmate sobre tus derechos! ☑️ Si tie...
17/09/2020

A propósito del anuncio de allanamiento del MINSAL... Mi deber es informar 👨‍🎓

☑️ Infórmate sobre tus derechos!

☑️ Si tienes dudas, envíame un mensaje al wsp!

👀 La posesión efectiva es un trámite necesario para:1) Establecer quienes son los herederos de la persona recientemente...
12/09/2020

👀 La posesión efectiva es un trámite necesario para:

1) Establecer quienes son los herederos de la persona recientemente fallecida.
2) Determinar cuales son los bienes que forman parte de la herencia.
3) Establecer la manera en que los herederos pueden disponer de los bienes heredados.

❓¿Quién puede pedir la posesión efectiva? Cualquier heredero que tenga la calidad de tal en virtud de la herencia o incluso el que crea serlo.

❓¿Qué necesitas para tramitarla?
Algo importante que necesitas saber es que cuando no existe testamento, este documento se puede tramitar en las oficinas del Registro Civil y no requiere necesariamente de los servicios de un abogado.
Si la persona fallecida dejó un testamento o el el tramite reviste otro grado de dificultad como por ejemplo si el patrimonio del difundo es extenso y diverso, la posesión efectiva se debe hacer con la asistencia de un abogado.

❓¿A quién se otorga la posesión efectiva?
La posesión efectiva será otorgada a todos y cada uno de los que tengan la calidad de heredero, aun cuando estos hayan sido excluidos de la solicitud. También se otorgará la posesión efectiva a quienes puedan acreditar la calidad de heredero respecto del causante.

☑️ 👀 Si tienes dudas puedes contactarme al wsp (link en mi biografía) 💯

¡Pensión de Alimentos! 💵📌¿Quiénes tienen derecho a solicitar pensión por alimentos?Tienen derecho a pedir alimentos: el ...
01/09/2020

¡Pensión de Alimentos! 💵

📌¿Quiénes tienen derecho a solicitar pensión por alimentos?

Tienen derecho a pedir alimentos: el cónyuge, los hijos, nietos, abuelos y hermanos.👥

📌¿Hasta qué edad se debe pagar la pensión de alimentos a los hijos, nietos y hermanos?

Los hijos tienen derecho a pedir alimentos hasta los 21 años, salvo que pruebe que están estudiando, en cuyo caso los alimentos se deberán pagar hasta los 28 años. ⚠️Excepcionalmente, para los casos de discapacidad que inhabilitan a las personas para valerse por sí mismo, los alimentos podrán ser otorgados de por vida.

📌¿Qué montos mínimos legales se pueden solicitar por pensión de alimentos?

Si bien depende del ingreso del obligado y de las necesidades de la persona que solicita.
Si hay un solo hijo, se puede pedir como mínimo un 40% del ingreso mínimo para fines de remuneración.
Si son dos o más hijos, se puede solicitar el 30% de un ingreso mínimo para fines de remuneración. 💸

📌¿Cómo puedo demandar al padre o madre de mis hijos para que me pague una pensión alimenticia?

Requisito indispensable es solicitar mediación. En caso de no llegar a acuerdo o de no presentarse la persona a quien se quiere demandar, el mediador deberá otorgar un certificado de “mediación frustrada”, lo que es esencial para iniciar una demanda, que deberá ser presentada por un abogado.

📌¿Qué puedo hacer si el padre o madre de mis hijos no paga los alimentos acordados o regulados por el juez?

Se pueden solicitar al Juez 👨‍⚖ distintos apremios:
Que se ordene el arresto, arraigo, prohibición de salir del país de la persona, suspensión de la licencia hasta por 6 meses, retener su devolución anual de impuestos a la renta en el mes de marzo de cada año.

📌¿Puedo solicitar que la pensión sea pagada por el empleador del alimentante?

Sí, la regla general es que la pensión sea pagada por el alimentante, pero tambien, en caso de que este no cumpla, se puede obligar al empleador, mediante la retención Judicial de sus rentas, a que cumpla con esta obligacion.

📌¿Puedo demandar a los abuelos de mi hijo?

Sí, en el caso de que los alimentos decretados no sean pagados por el padre o madre que está obligado y no sean suficiente.

📢 Despidos, término de contratos y cobro de prestaciones laborales!📌 Usted debe saber que la ley protege la estabilidad ...
09/08/2020

📢 Despidos, término de contratos y cobro de prestaciones laborales!

📌 Usted debe saber que la ley protege la estabilidad del empleo, el empleador NO PUEDE despedir a un trabajador sin una causal contemplada en la ley y sólo a través de una carta de comunicación entregada al trabajador.
📌 Si el trabajador es despedido de manera verbal o sin causal legal, tiene derecho a ser INDEMNIZADO.

⁉️¿A qué tiene derecho el trabajador cuando es despedido?

☑️ Tiene derecho a pedir al tribunal que declare que el despido es injustificado, es decir, que no se aplica la causal legal que el empleador invocó.

⁉️¿Qué pasa si me despiden por NECESIDADES DE LA EMPRESA?

☑️ Las necesidades de la empresa no es una vía arbitraria para que el empleador despida al trabajador, es una causal que tiene que ser real, así si no existe una real necesidad se puede demandar y medir las indemnizaciones y recargos legales.

⁉️¿Qué pasa si mis cotizaciones no están pagadas?

☑️ La ley establece una fuerte sanción al empleador que no pague las cotizaciones previsionales de los trabajadores, conocida como nulidad del despido o ley Bustos, donde se deberá pagar la remuneración aun cuando no se esté prestando servicios.

⁉️¿Cómo hago efectivo mis derechos?

Llameme al +56930715467

-Bío

Todos invitados a participar de nuestro consurso de INSTAGRAM en ➡️ .biobioRevisa la publicación y sigue los pasos para ...
31/07/2020

Todos invitados a participar de nuestro consurso de INSTAGRAM en ➡️ .biobio
Revisa la publicación y sigue los pasos para participar!!!

☑️ Infografías realizadas en conjunto con .onlineydomicilio⚠️Si te encuentras en alguna situación de VIF, consulta grati...
29/07/2020

☑️ Infografías realizadas en conjunto con .onlineydomicilio

⚠️Si te encuentras en alguna situación de VIF, consulta gratis!

🟣 ¿QUIENES EJERCEN VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
Integrantes de la familia propia o del cónyuge o conviviente, tales como: padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, nueras, yernos, hermanos, tíos, sobrinos, cuñados, cónyuge, conviviente, o ex cónyuge o ex conviviente, padre o madre de un hijo en común y menores de 18 años, discapacitados o mayores de 60, dependientes del grupo familiar.

🟣 ¿QUÉ HACER SI ERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
Denuncia en carabineros, policía de investigaciones, fiscalía o tribunales. Los actos que no son delitos, corresponde conocerlos y ser juzgados por los Juzgados de Familia. Por el contrario, si la conducta constituye delito, por ejemplo, se produzcan lesiones, será conocido por la fiscalía y Juzgados de Garantía.

🟣 ¿QUÉ PASA EN SITUACIONES DE RIESGO?
En caso de existir una situación de riesgo inminente para una o más personas de sufrir un maltrato constitutivo violencia intrafamiliar, aún cuando éste no se haya llevado a cabo, el tribunal, con el sólo mérito de la denuncia, deberá adoptar medidas de protección o cautelares que correspondan, por ejemplo, prohibición de acercamiento.

🟣 ¿QUÉ SANCIÓN IMPONE LA LEY AL AGRESOR?
1.- Multa de media a quince UTM a beneficio del gobierno regional del domicilio del denunciante o demandante, para ser destinada a centros de atención de víctimas de violencia intrafamiliar existentes en la región respectiva.
2.- Medidas accesorias, como obligación del ofensor de abandonar el hogar que comparte con la víctima, prohibición de acercarse a la víctima o su domicilio, su lugar de estudio o de trabajo, asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar, entre otras.

Dirección

Concepción

Teléfono

+56930715467

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