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12/02/2026

Consultor Jurídico Abogados Asc. SC., ofrece sus servicios Jurídicos en:
- Procesos Civil
- Procesos de Familia.
- Procesos Penal.
- Procesos Laboral.

Realizamos Trámites en Derechos Reales.

Realizamos todo tipo de contratos en general.

Estamos al servicio del público en general.

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Santa Cruz de la Sierra - Bolivia-

La Asistencia Familiar es un Derecho y una Obligación de las Familias.La asistencia familiar es un conjunto de recursos ...
12/02/2026

La Asistencia Familiar es un Derecho y una Obligación de las Familias.
La asistencia familiar es un conjunto de recursos económicos o bienes en especies que se deben proveer para cubrir los siguientes gastos y necesidades:
1.- habitación o vivienda.
2.- Educación.
3.- Vestimenta.
4.- Salud.
5.- Alimentación.

Extensión de la Asistencia Familiar.
Sé otorga hasta los 18 años de edad y puede extenderse hasta los 25 años de edad siempre y cuándo siga estudiando una carrera técnica, carrera profesional o aprendiendo un arte o oficio.

Los niños Especiales con Capacidades Diferentes y Adulto Mayor reciben la asistencia familiar de por vida.

Personas Obligadas a Prestar la Asistencia Familiar.
1.- La o el cónyuge.
2.- La madre, el padre o ambos.
3.- Las o los hermanos en segundo grado.
4.- La o el abuelo o ambos en segundo grado.
5.- Las o los hijos.
6.- Las o los nietos en segundo grado.
Excepcionalmente la nuera o él yerno o suegra o suegro.

Fijación de la Asistencia Familiar.
La asistencia familiar se fijará en razón a las necesidades de las personas beneficiarias y en razón de los recursos económicos quienes deban prestar la.

Capacidad Económica Valoradas por él Juez.
1.- medios que demuestren ingresos periódicos.- comerciante, trabajo jornaleros, transportista etc.
2.- ingresos mensuales.- trabajador público o privado qué cuente con boletas de pagó.

Salario Mínimo Nacional 3.300 Bs.
1.- El modo calculado no podrá ser menor al 20%.
2.- la asistencia familiar llega hacer de 660 Bs.

Aumento de la Asistencia Familiar.
- Qué las necesidades del beneficiado a incrementado, qué tiene qué ingresar al colegio, Universidad, Instituto técnico, etc.

Reducción de la Asistencia Familiar.
1.- Cuándo los ingresos del obligado a prestar la asistencia familiar hayan disminuido.
2.- Cuándo pierde su trabajo, no quiere decir qué deba dejar de pagar la asistencia familiar.

ACLARACIÓN. - sí él progenitor qué tiene la guarda del menor vuelve a contraer nuevo matrimonio, no significaría que deba César la asistencia familiar.

Apremio Corporal.
- Cuándo él obligado haya incumplido él pagó de la asistencia familiar a solicitud de partes la autoridad judicial ordenará el Apremio Corporal hasta un período de 6 meses.
- Puede suspenderse en casos que ofrezcan el pago total de la deuda o llegando a un acuerdo de pago.

Consultas al whatssap, 608-726-65

Con tu previa cita, dirigirse a nuestra oficina con la documentación respectiva.

Santa Cruz de la sierra-Bolivia-

Demanda de reliquidación de beneficios sociales. Cuando el trabajador renuncia o es despido justificado o injustificado,...
12/02/2026

Demanda de reliquidación de beneficios sociales.

Cuando el trabajador renuncia o es despido justificado o injustificado, el empleador tiene un plazo de 15 dias calendario para realizar el pago de los beneficios sociales al trabajador.

En este sentido se debe realizar un finiquito firmado por el ex trabajador y empleador debidamente visado en la Jefatura Departamentales del Trabajo.

En la practica habitual en algunos casos el empleador realiza un contrato y firmado por el trabajador de pago de de beneficios sociales, el PAGO INCORRECTO de los beneficios sociales del trabajador.

Estos beneficios que se omiten son:
- Bono de Antiguedad.
- horas extra.
- aguinaldos.
- recargo nocturno.
- bono de produccion.
- prima anual.
- vacaciones.
- indemnizacion.
- desahucio, etc.

El trabajador que haya firmado el finiquito y dado su consentimiento sobre el pago que a recibido, RECIBIENDO MENOS DINERO QUE LE CORRESPONDÍAN POR BENEFICIOS SOCIALES PUEDE DEMANDAR LA RELIQUIDACIÓN.

El contrato firmado de beneficios sociales será declarado nulo por derecho, lo dado será considerado como un anticipo de beneficios sociales.

CONSULTAS AL WHATSAPP 608-726-65.

Santa Cruz de la sierra-Bolivia-

Corporacion jurídica especializada en Derecho Penal, las 24 horas del Dia. Asesoramiento jurídico en nuestro Domicilio L...
11/02/2026

Corporacion jurídica especializada en Derecho Penal, las 24 horas del Dia.

Asesoramiento jurídico en nuestro Domicilio Laboral y o/ Procesal total mente gratuita.

Nuestro estudio jurídico esta al servicio de la sociedad en general.

- Resolvemos tus problemas jurídicos en materia pena,l con total hidalguía.
- Inter ponemos estrategias jurídica a tú proceso penal.
- Realizamos constantemente seguimientos a tu caso penal.
- Hacemos respetar tus derechos y garantías constitucionales.

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Av. Beni, Edf. Los Rosales, # 657, Piso 1, Of. , entre Celso Castedo y Rafael Peña.

Santa Cruz de la Sierra -Bolivia-

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11/02/2026

TÚ CONSULTA EN PROCESO CIVIL
La protección de tu patrimonio, es el esfuerzo de mucho tiempo de trabajo y sacrificio, es tú responsabilidad y de nosotros como profesional, asegurar buenos resultados.
atendemos procesos civiles en:
- Procesos Ordinarios: Nulidad y anulabilidad de contratos.
- Procesos Extraordinario: Desalojo de Vivienda.
- Proceso de Estructura Monitoria y Procesos Voluntarios: Aceptación y Renuncia de Herencia, entre otros.

Nos encargamos de tú caso y té brindamos la mejor defensa de tus intereses.

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Santa Cruz de la Sierra-Bolivia-

¿Qué son las Medidas Cautelares en Materia Civil? Las medidas cautelares tienen como finalidad que los derechos y bienes...
10/02/2026

¿Qué son las Medidas Cautelares en Materia Civil?
Las medidas cautelares tienen como finalidad que los derechos y bienes no sean modificados.

Es para garantizar el resultado de la futura sentencia, tienen cómo finalidad resguardar el patrimonio del demandado y asegurar al demandante que los bienes objeto de las medidas cautelares no sean ocultados, vendidos, desaparezcan o desgaste, garantizando así el mejor resultado y ejecución de una determinación judicial.

Las medidas cautelares podrán solicitarse antes o durante la sustanciación del proceso con el fundamento de hecho de la medida.

Cuando se planteen antes, se formulará en calidad de medida preparatoria, en cuyo caso, si el solicitante no formaliza la demanda en el plazo de ley caducará (Art. 310 del Codigo Procesal Civil).

Las medidas cautelares, se ordenaran cuando la autoridad judicial estime indispensables, para la protección de un derecho siempre que existiere peligro de perjuicio o frustración por la demora del proceso, ante la verosimilitud del derecho y el peligro de perjuicio(Art. 311 del Codigo Procesal Civil), situación que será demostrada documentalmente, no siendo exigible prueba plena.

Las medidas precautorias se decretarán únicamente a instancia de parte (Arts. 316 del Codigo Procesal Civil) bajo responsabilidad de quien las pidiere, quedando la autoridad judicial facultada para limitar las medidas cautelares o disponer otra medida cautelar menos gravosa, o que cubra lo pretendido por la o el demandante.

medidas cautelares o precautorias en material civil son:

- La Anotación Preventiva

- El Embargo

- El Secuestro

- Intervencion Judicial

- Inhibicion de Bienes

- Prohibicion de Innovar

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