Mrz-Legal Marcos Reyes Zamorano

Mrz-Legal Marcos Reyes Zamorano Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Mrz-Legal Marcos Reyes Zamorano, Abogado y bufete de abogados, Santa Cruz de la Sierra.

Somos un Firma Legal que brinda servicios legales de manera INTEGRAL y con calidad en las áreas de Derecho Penal, Derecho Civil, Derecho Constitucional, Derecho de las Familias y Derecho Laboral.

02/03/2026

⚖MRZ-LEGAL⚖
🟢 CURSO: “JUICIO ORAL”🔴
👉🏻 INICIO👇🏻👇🏻
🎬 MIERCOLES: 11/03/2026💢
👉🏻 7 CLASES intensivas✍
Con 2-1/2 Horas Diarias 👇🏻
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👉🏻CURSO: TEÓRICO&PRÁCTICO:
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💢DERECHO PROCESAL PENAL LEY:1970-1173-1226-1443💢

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JUICIO ORAL -Procedimiento Penal CPP.
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Ley:1970-1173-1226-1443💢
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"Las oportunidades están donde otros encuentran excusas".

🔴 JUICIO ORAL 🟢
💡 Actos preparatorios
del Juicio Oral y Público.
1.1. Acusación formal del MP.
1.2. Remisión de pruebas del MP.
1.3. Notificación, acusación, ofrecimiento de pruebas de cargo.
1.4. Notificación, acusación MP-PC, ofrecimiento de pruebas de descargo.
1.5. Auto de apertura de Juicio Oral.

💢 APERTURA DEL JUICIO ORAL💢
💡 1) Incidentes &
Excepciones.
➡ Recurso de reposición.
➡ Aclaración, complementación, enmienda.
➡ Reserva de apelación.
1.2. Alegatos de apertura MP-PC.
1.3. Declaración del acusado y fundamentación de la defensa.
➡ Interrogatorio & contrainterrogatorio.
➡ Objeción a las preguntas.
➡ Revocatoria.

💡 2). 🔶 DESFILE
PROBATORIO 🔶
➡ PT-Testificales.
✔ Careo, Imputado – Victima, Testigo.
✔ Aprehensión-testigo hostil.
✔ Interrogatorio & contrainterrogatorio.
✔ Arresto.

➡ PD-Documentales.
✔ Exhibición, Lectura y Judicialización.

➡ PP-Periciales.
✔ Exhibición, Lectura y Judicialización & interrogatorio pericial.

➡ PM-Materiales.
✔ Exhibición.

➡ Inspección Ocular
➡ Reconstrucción.

💡3). 🔶 INCIDENTES
SOBREVINIENTES🔶
➡ Recusación & Excusa de jueces.
➡ Abandono de Querella.
➡ Declaratoria de Rebeldía.
➡ Pruebas extraordinarias.
➡ Exclusión probatoria.
➡ Ampliación de Acusación.
➡ Retiro de acusación Fiscal.

💡4). 🔶 Alegatos de
conclusión 🔶
4.1. Petición de la Víctima.
4.2. Petición del Acusado.

💡5.1. DELIBERACIÓN.
💡5.2. SENTENCIA.
💡5.3. LECTURA DE LA
SENTENCIA.
💡5.4. LECTURA DE LA
SENTENCIA.

👉🏻CLASES TEÓRIA:
🗓 Del 11 al 17 de Marzo

🔴 SIMULACRO & PRACTICA:
👉🏻 2 DÍAS de PRACTICA
todo el JUICIO ORAL💡
🗓 19 y 20 de Marzo 2026

🔶 HORARIOS🔶
🏫 lunes a viernes🏫
⏰ 18:00 a 20:30 Hrs.
Grupo Reducido
👔Técnicas de litigación.
Procesal penal 👔

👉🏻Se entregará Material en DIGITAL al finalizar el curso:
💡Diapositivas.
💡Grabación de las 7 clases.
💡Autos Supremos.
💡Sentencias Constitucionales.
💡Grabaciones de simulacro de audiencia JUICIO ORAL.

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15/11/2025

🔶MRZ-LEGAL🔶
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🟢CUENTOS PARA ABOGADOS🟢
➡ ⚖️ El Dilema del Abogado y el Código Olvidado
En la vibrante y antigua ciudad de Sucre, el abogado Marcos se había labrado una reputación formidable. Conocido por su memoria prodigiosa de los códigos y su elocuencia en sala, pocos le hacían frente.
Sin embargo, el éxito trajo consigo una sutil arrogancia. Marcos comenzó a confiar ciegamente en sus conocimientos pasados, descuidando la lectura constante de las Gacetas y las recientes Sentencias Constitucionales Plurinacionales. "La Constitución no ha cambiado desde el último gran ajuste," pensaba, "y los códigos fundamentales siguen en pie."
Un día, tomó el caso de un anciano agricultor, Don Elías, cuya pequeña propiedad estaba siendo expropiada por el municipio bajo el argumento de utilidad pública para construir una carretera. La causa parecía sencilla: Marcos conocía de memoria los artículos sobre el derecho a la propiedad privada y el debido proceso de expropiación según el Código Civil y la Ley de Expropiación de la época.
En el juicio, el abogado del municipio, una joven y diligente recién graduada llamada Camila, presentó sus argumentos. Marcos, con su habitual confianza, rebatió cada punto citando las leyes que él consideraba vigentes.
Pero entonces, Camila sonrió con calma.
"Con todo respeto al doctor Marcos," dijo con voz firme, "sus citas legales, aunque correctas en su momento, no reflejan la base del derecho vigente. La nueva interpretación del Artículo 57 de la Constitución Política del Estado, reformada hace seis meses y ratificada por la Sentencia Constitucional 001/2025, establece una nueva y estricta ponderación de la función social de la propiedad que anula los procedimientos anteriores. Más importante aún, la nueva Ley de Expropiación, publicada en la Gaceta hace solo un mes, exige un 'Estudio de Impacto Social' certificado por una entidad plurinacional que el municipio no ha presentado. Mi defendido, Don Elías, tiene ahora una protección legal más robusta."
Marcos se sintió como si el piso se hubiese abierto bajo sus pies. No tenía respuesta. Las leyes que él había memorizado ya no eran la última palabra. La Constitución, aunque solo modificada en una coma y una reinterpretación, había cambiado todo el marco legal. Había dependido de su archivo mental, polvoriento y desactualizado, en lugar del texto vivo de la ley.
El juez, un hombre de semblante serio, miró a Marcos. "Doctor, la Ley es un organismo vivo en un Estado Constitucional. Exige dedicación continua. Dada la omisión de presentar la documentación clave por parte del municipio, tal como lo exige la nueva Ley 1313, y la primacía del control de constitucionalidad invocado por la parte demandada, declaro la solicitud de expropiación improcedente."
Marcos ganó el caso de su cliente gracias a la diligencia de su oponente, pero perdió una parte de su orgullo. Al día siguiente, visitó a Don Elías, quien, con una sonrisa, le dijo: "Gracias, doctor. Parece que la justicia llegó justo a tiempo."
Marcos asintió. Al regresar a su despacho, no encendió su computadora ni abrió su viejo Código Civil. En cambio, desplegó la última edición impresa de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Gaceta Oficial, prometiéndose a sí mismo que nunca más permitiría que el recuerdo superara al conocimiento actual.
Moraleja para el Abogado:
En el derecho, especialmente en el litigio constitucional, la verdad de hoy puede ser la falsedad de mañana.
La vigilancia constante de la CPE y la normativa no es un lujo, sino el cimiento del servicio profesional.
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Correo electrónico
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🔶 DIRECCION🔶
🟢SERVICIOS LEGALES🟢
INTEGRALES
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09/11/2025
09/11/2025

🔶MRZ-LEGAL🔶
👉🏻DOCTRINA LEGAL APLICABLE Art. 203 CPE💡
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➡ AS: 770/2016; Sucre, 10 de octubre de 2016
📝 PRECEDENTE 📝
Art. 210 CP “conducción peligrosa”
El Auto Supremo N.º 770/2016, emitido por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Bolivia, resuelve la solicitud de rechazar la promoción de una Acción de Inconstitucionalidad Concreta presentada por el imputado Jorge Vaca Ribera Nagamatzu contra el artículo 210 del Código Penal (CP), que tipifica el delito de Conducción Peligrosa de Vehículo.
🏛️ Fundamentos de la Acción de Inconstitucionalidad
El imputado alegó que el art. 210 del CP es inconstitucional por diversas razones, que se resumen en los siguientes puntos clave:
• Vulneración del Principio de Legalidad y Taxatividad (Lex Certa):
o Sostiene que la norma penal es un "delito de peligro abstracto" y una "norma penal en blanco" que no define con precisión las conductas penalmente sancionables.
o Cuestiona la falta de especificación de las "disposiciones de tránsito" cuya inobservancia genera peligro a la seguridad común.
o Señala que la frase "(...) o por cualquier otra causa" en el tipo penal agrava la transgresión al principio de legalidad, permitiendo la arbitrariedad.
• Vulneración de Principios Penales:
o Alega que, al ser un delito de peligro abstracto, vulnera los principios de intervención mínima, lesividad, y proporcionalidad, ya que castiga una conducta sin comprobar la lesión o puesta en peligro real del bien jurídico.
o Argumenta que se vulneran los principios de culpabilidad e inocencia al instaurar una presunción de peligro y trasladar la carga de la prueba al imputado para que demuestre que no hubo lesión o peligro.
o Menciona que la sanción concurrente por el Código de Tránsito (suspensión de licencia) y el Código Penal (reclusión) podría vulnerar el principio de "non bis in idem" (no ser juzgado dos veces por el mismo hecho).
• Contrariedad con la Constitución Política del Estado (CPE):
o Manifiesta la incompatibilidad del art. 210 del CP con los arts. 116.II (Garantías penales) y 410 (Supremacía constitucional) de la CPE.
⚖️ Análisis y Decisión del Tribunal Supremo
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, basándose en la jurisprudencia constitucional (AC 0509/2012-CA, AC 0132/2014-CA, entre otros), analizó los requisitos de contenido para la promoción de la Acción de Inconstitucionalidad Concreta, destacando que es esencial:
1. La mención de la norma cuestionada y el precepto constitucional infringido.
2. La existencia de duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de la norma.
3. La vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma y la decisión que deba adoptar la autoridad judicial o administrativa. Es decir, la decisión final del proceso debe depender de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición impugnada.
Conclusión del Tribunal:
El Tribunal Supremo concluyó que, si bien el imputado expuso sus argumentos sobre la inconstitucionalidad del art. 210 del CP, no estableció ni precisó la relevancia de la norma en la decisión final que podría asumir el Tribunal en el proceso.
El Tribunal determinó que el incidentista no precisa en qué medida el fallo a dictarse dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal objetada.
Por lo tanto, la omisión de este requisito esencial (la relevancia o vinculación de la norma impugnada con la decisión final), conforme al art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional (CPCo), llevó al Tribunal a:
• Rechazar la solicitud de promover la Acción de Inconstitucionalidad Concreta.
• Disponer la remisión de la Resolución y antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional para los efectos legales correspondientes, y ordenar que prosigua la tramitación de la causa penal contra el imputado.
⚖️ Doctrina del Auto Supremo 770/2016
El Auto Supremo N.º 770/2016, al aplicar estos precedentes, establece como doctrina aplicable que, para que proceda la Acción de Inconstitucionalidad Concreta, el solicitante debe cumplir con dos condiciones fundamentales:
1. Que exista una duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de la disposición legal.
2. Que la disposición legal deba ser necesariamente aplicada en la resolución final del caso concreto (principio de vinculación y relevancia).
El Tribunal rechaza la solicitud porque el imputado omitió argumentar cómo la decisión del Tribunal Supremo dependería de la inconstitucionalidad o constitucionalidad del art. 210 del CP, incumpliendo así el requisito de la vinculación necesaria establecido por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
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09/11/2025

⚖MRZ-LEGAL⚖
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📌 MEDIDAS CAUTELARES DE CARÁCTER PERSONAL & REAL:

📍ETAPA PREPARATORIA
🔶 Imputación formal.
🔶 Ampliación imputación formal.
🔶 Improcedencia detención preventiva
🔶Procedencia detención preventiva
🔶Ampliación detención preventiva
🔶Cesación detención preventiva.
🔶Modificación medidas cautelares.
🔶Revocatoria medidas cautelares.
🔶Detención preventiva incumplimiento medidas de protección especial ley 348.

📍 APELACIÓN MEDIDAS CAUTELARES
✔ Forma plazo de interponer recurso.
✔ Consecuencias de resolución firme.

💡AUDIENCIA ORAL
FUNDAMENTACIÓN 👔
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✍CLASE:TEÓRICO & PRÁCTICO
👉🏻TEÓRIA: 🗓 19 al 25 de Noviembre 2025.
👉🏻 PRACTICAS: 🗓 26 y 27 Noviembre 2025.

💢HORARIOS📌
🏫 INICIO: MIERCOLES🏫
⏰ 18:00 a 20:30 Hrs.
👔Tecnicas de litigación.
Procesal penal 👔

A) 🔴 PRINCIPIOS DE LAS MEDIDAS CAUTELARES:
▶ Principio de presunción de inocencia.
▶ Principio de excepcionalidad y restricción.
▶ Principio de proporcionalidad.
▶ Principio de Legalidad.

B) 🔴 CARACTERÍSTICAS DE LAS MEDIDAS CAUTELARES:
▶ Instrumentalidad.
▶ Provisionalidad y temporalidad.
▶ Variabilidad.
▶ Oralidad.

C) 🔴 FUNCIÓN PROCESAL DE LAS MEDIDAS CAUTELARES:
▶ Asegurar la averiguación de la verdad.
▶ Desarrollo del proceso.
▶ La aplicación de la ley.

D) 🔴 IMPUTACIÓN FORMAL:
REQUISITOS
▶ Resolución fundamentada.
▶ Identificación autoría & participación
▶ Concurrencia riesgos procesales.
▶ Procedencia detención preventiva.
▶ Plazo de la detención preventiva.
▶ Elementos probatorios que sustenten:
🔶 La imputación formal.
✔ Autoría & Participación.
✔ Riesgos procesales.
✔ Detención preventiva.

E) 🔴 DETENCIÓN PREVENTIVA:
REQUISITOS
▶ Probabilidad de autoría.
▶ Riesgos procesales.
✔ Fuga.
✔ Obstaculización.
▶ Plazo de la detención preventiva.

🔴 SIMULACRO-AUDIENCIAS👔
🔶 F) AUDIENCIA CAUTELAR:
▶ Audiencia de medidas cautelares.
✔ Fundamentación oral Fiscal de materia.
✔ Fundamentación oral parte civil.
✔ Fundamentación oral defensa.
✔ Auto interlocutorio del Juez.

▶ Audiencia de ampliación de detención preventiva.
✔ Fundamentación oral Fiscal de materia y/o Parte civil.
✔ Fundamentación oral defensa.
✔ Auto interlocutorio del Juez.

▶ Audiencia de cesación de medidas cautelares.
✔ Fundamentación oral defensa.
✔ Fundamentación oral Fiscal de materia y/o Parte civil.
✔ Auto interlocutorio del Juez.

▶ Audiencia de modificación de medidas cautelares.
✔ Fundamentación oral Fiscal de materia-parte civil-defensa.
✔ Auto interlocutorio del Juez.

▶ Audiencia de revocatoria de medidas cautelares.
✔ Fundamentación oral Fiscal de materia y/o Parte civil.
✔ Fundamentación oral defensa.
✔ Auto interlocutorio del Juez.

🔶 G) APELACIÓN INCIDENTAL:
✔ Fundamentación oral
⚖ Fiscal de materia-parte Cvil-Defensa.
✔ Identificación de agravios.
✅ Auto de vista del vocal.
🔶 JURISPRUDENCIA.
✅ SCP ✅ AS.

👉🏻Se entregara Material en Digital al finalizar el curso:
💡 Diapositivas.
💡Grabación de las 7 clases.
💡Sentencias Constitucionales.
💡Grabaciones de simulacro de audiencia.

👔Técnicas de litigación.
PROCESAL PENAL 👔
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🔴 COMO LLEGAR 🔴
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Calle: Prolongacion Beni
Nro. 147, Edif. Oficentro
Piso-8; Aula: B-803; B-804;
Entre Primer Y Segundo Anillo.

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Correo electronico
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Dirección

Santa Cruz De La Sierra

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 18:00
Martes 08:00 - 18:00
Miércoles 08:00 - 18:00
Jueves 08:00 - 18:00
Viernes 08:00 - 18:00
Sábado 08:00 - 13:00

Página web

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