27/03/2023
⚠️LA ASISTENCIA FAMILIAR en Bolivia es un Derecho de los hijos y una obligación de los progenitores (generalmente los padres son los que pagan) el dinero debe cubrir gastos de los hijos como ser: alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta, en ese sentido le enseñamos algunos puntos relevantes:
☑️Se presenta una demanda ante el juez en materia familiar o bien un acuerdo entre los padres (con reconocimiento de firmas) para su respectiva homologación por el juez.
☑️Para que el obligado pague se debe interponer la demanda lo más antes posible (A PARTIR DE LA CITACIÓN AL OBLIGADO CON LA DEMANDA ES QUE SE HACE EL CÓMPUTO PARA QUE PAGUE MES A MES)
REQUISITOS:
• El documento de identidad del solicitante.
• Debe pertenecer a una de las categorías definidas para el ingreso de la Asistencia Familiar; entre ellas corresponde a la mujer embarazada, a los hijos menores de edad, adultos mayores, entre otros.
• Contar con el Certificado de Estudio si es un estudiante que continua con sus actividades académicas y tiene menso de 25 años de edad.
• El documento o comprobante medico donde se afirme que presenta un nivel de discapacidad o una reducción en su movilidad; lo que no permute un cargo laboral estable.
☑️No importa si el obligado se niega a pagar o no cuenta con recursos, es una obligación que interpone el juez y que tiene que pagar de manera obligatoria el 20% del Salario Minimo Nacional (actualmente Bs 450) o más si tiene mayores ingresos (sea por que es funcionario, trabajador, cuenta con tiendas, comercios, etc)
☑️La edad para beneficiarse y solicitar la asistencia familiar es hasta los 18 años, pero esto puede ampliarse hasta los 25 años (siempre y cuando los hijos estén estudiando, sea formación profesional mediante universidades o formación técnica mediante institutos) y que demuestre resultados eficientes (no este aplazado), excepto cuando tiene alguna discapacidad en este caso es de por vida.
☑️Cuando el obligado no pague más de 3 meses se solicita la liquidación (Se suman todos los meses que no pago y se pide al juez que conmine al pago) EN CASO DE INCUMPLIMIENTO SE SOLICITA UNA ORDEN DE APREMIO PARA QUE EL OBLIGADO SEA DIRIGIDO AL CENTRO PENITENCIARIO.
Si tiene alguna duda del procedimiento, le asesoramos de forma gratuita, SIGUIENTE ENLACE https://wa.link/873z48.
CEL. 69231136