Estudio Juridico J.A.V.

Estudio Juridico J.A.V. Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Estudio Juridico J.A.V., La Paz.

22/02/2026
22/02/2026
20/12/2025

PROCESOS EN MATERIA CIVIL.

Los procesos civiles son las secuencias de actos jurídicos que resuelven conflictos entre particulares, buscando la aplicación de la ley a un caso concreto, y se dividen en tipos (ordinario, extraordinario, monitorio) y etapas (postulatoria, probatoria, decisoria, impugnativa) para definir derechos y obligaciones, utilizando principios como la oralidad, la publicidad y la contradicción para garantizar justicia.

03/12/2025

¿COMO ELIMINAR TUS ANTECEDENTES POLICIALES? ¡CONOCE EL PROCEDIMIENTO PASO A PASO!
Procedimiento de Cancelación de Antecedentes Policiales en .-
La cancelación de antecedentes policiales consiste en la emisión de una Resolución Administrativa que permite suprimir estos registros, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en el Manual de Procedimientos correspondiente.
El trámite debe iniciarse mediante un memorial dirigido al Director Departamental de la FELCC, según corresponda, en el cual se expongan los motivos de la solicitud, se mencionen las normativas aplicables y se adjunte la documentación que respalde la petición.
Una vez emitido el proveído correspondiente, se procederá conforme a lo establecido.
Requisitos.-
Documentación necesaria para la tramitación de la cancelación de antecedentes policiales:
1. Memorial dirigido al Sr. Director Departamental de la FELCC.
2. Certificado de antecedentes policiales.
3. Informe de antecedentes penales (REJAP).
4. Fotocopia de la cédula de identidad.
5. Fotocopia legalizada de la Resolución de Desestimación de la denuncia.
6. Fotocopia legalizada de la Resolución de Rechazo de la denuncia, sobreseimiento u otras salidas alternativas.
7. Fotocopia legalizada de la Resolución de Extinción de la Acción Penal.
8. Informe del sistema I4P emitido por la Fiscalía de Distrito.
Nota: Toda la documentación debe estar actualizada.
Casos en los que proceden la cancelación de antecedentes policiales:
1.- Delitos de acción privada : Según el Art. 20 del Código de Procedimiento Penal, así como faltas y contravenciones policiales conforme al Manual de Organización y Funciones de la Unidad de Conciliación Ciudadana y Familia.
2.-Delitos de acción pública : En casos de rechazo de la denuncia, querella o actuaciones policiales, conforme al art. 301 numeral 3 del Código de Procedimiento Penal, adjuntando copia del requerimiento fiscal.
3.- Sobreseimiento del imputado : De acuerdo con el Art. 323 numeral 3 del Código de Procedimiento Penal, se debe presentar copia de la Resolución de Sobreseimiento.
4.- Extinción de la acción penal : Conforme al art. 27 y la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, adjuntando la Resolución que disponga la extinción de la acción.
5.- Sentencia condenatoria : La cancelación solo procederá conforme al art. 441 del Código de Procedimiento Penal, presentando el Mandamiento de Perdón Judicial, la Suspensión Condicional de la Pena, la Libertad o el Cumplimiento de la Condena, en original y fotocopia legalizada, según corresponde.
Este procedimiento asegura que los sean eliminados únicamente en los casos previstos por la normativa vigente, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos y documentación requerida.

30/09/2025

"CANCELACION DE ANTECEDENTES PENALES EN BOLIVIA"

De acuerdo a lo establecido en el art. 55 del CPP, los jueces de ejecución penal, además de las atribuciones contenidas en la Ley del Órgano Judicial y en la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, tienen a su cargo:
“1) El Control de la ejecución de las sentencias y de las condiciones impuestas en la suspensión condicional del proceso, del control de la suspensión condicional de la pena y del control del respeto de los derechos de los condenados;
2) La sustanciación y resolución de la libertad condicional y de todos los incidentes que se produjeran durante la etapa de ejecución; y.
3) La revisión de todas las sanciones impuestas durante la ejecución de la condena que inequívocamente resultaran contrarias a las finalidades de enmienda y readaptación de los condenados”.
Para un adecuado control sobre el cumplimiento y ejecución de las sentencias emitidas por la jurisdicción penal, el art. 440 del CPP, instituye el REJAP, estableciendo que dicho registro centralizará las siguientes resoluciones:
“1) Las sentencias condenatorias ejecutoriadas;
2) Las que declaren la rebeldía; y,
3) Las que suspendan condicionalmente el proceso.
Todo juez o tribunal remitirá al registro, copia autenticada de estas resoluciones.
El Consejo de la Judicatura -ahora Magistratura- nombrará un director encargado del registro y reglamentará su organización y funcionamiento”.
En cuanto a la cancelación de antecedentes penales, el art. 441 de la misma norma, establece que: “El registro de las sentencias condenatorias ejecutoriadas será cancelado:
1) Después de transcurridos ocho años de la extinción de la pena privativa de libertad;
2) Después de transcurridos ocho años desde que se dictó la sentencia condenatoria, concediendo la suspensión condicional de la pena; y,
3) Después de transcurridos tres años de la extinción para las condenas a pena de multa o inhabilitación.
Respecto a la suspensión condicional del proceso, se cancelará su registro por orden del juez que la dictó al vencer el período de prueba”.
De la normativa antes señalada, se concluye que para el cumplimiento y ejecución de las sentencias pronunciadas por los jueces o tribunales en materia penal, la autoridad competente es el juez de ejecución penal, quien podrá resolver todas las cuestiones o incidentes planteados por los condenados durante la ejecución de su sanción, garantizando los derechos y garantías fundamentales, y esencialmente precautelando su readaptación y reinserción dentro la sociedad.
En ese sentido, el REJAP dependiente del Consejo de la Magistratura, constituye un registro confidencial, la norma adjetiva penal determina expresamente qué clase de resoluciones deben registrarse, por cuanto tiempo y quienes tienen acceso a esa información; de tal manera, para solicitar la cancelación de antecedentes la norma estableció plazos y condiciones señalados en el art. 441 del CPP, que una vez transcurridos esos lapsos de tiempo y cumplidas los condiciones impuestas por el juez de ejecución penal, corresponderá la cancelación de los antecedentes penales, esto en el entendido de efectuar un control adecuado sobre cumplimiento y ejecución de las sentencias, así por ejemplo actos de reincidencia, todo ello, con la finalidad de la readaptación social. Para mayor información consultar la SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0604/2016-S1 de 30 de mayo de 2016.

22/03/2025
29/12/2023

Dirección

La Paz

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 18:00
Martes 08:00 - 18:00
Miércoles 08:00 - 18:00
Jueves 08:00 - 18:00
Viernes 08:00 - 18:00

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Estudio Juridico J.A.V. publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir