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⚠️REDUCCIÓN O AUMENTO DE LA ASISTENCIA FAMILIAR ⚠️La asistencia familiar se reduce o se aumenta de acuerdo a la disminuc...
02/04/2020

⚠️REDUCCIÓN O AUMENTO DE LA ASISTENCIA FAMILIAR ⚠️

La asistencia familiar se reduce o se aumenta de acuerdo a la disminución o incremento de las necesidades de la persona que percibe este beneficio o de acuerdo a la variación de los recursos de la persona obligada a dar asistencia.

La asistencia familiar es modificable,

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¿Eres víctima de violencia o sabes de alguien que lo es?, Entonces COMPARTE está publicación.✔️1. ¿Dónde acudo si soy a...
02/04/2020

¿Eres víctima de violencia o sabes de alguien que lo es?, Entonces COMPARTE está publicación.

✔️1. ¿Dónde acudo si soy agredida o agredido física, psicológica o sexualmente por algun miembro de mi familia (cónyuge, hijos, tíos, sobrinos, ex novia(o), etc?

Existen, al menos, cuatro instancias donde las víctimas de violencia física, psicológica o sexual dentro de un entorno familiar pueden acudir para denunciar a su agresor(a), según especifica el artículo 42 de la Ley Integral 348.

- La Policía Boliviana.
- El Ministerio Público.
- Servicios Legales Integrales Municipales (Slim´s).
- Defensoría de la Niñez y Adolescencia (esto en caso de que la víctima sea menor de 18 años de edad).

✔️2. ¿Qué requisitos necesito para presentar la denuncia contra el agresor?

Ninguno.

En caso de que el denunciante sea un familiar o persona ajena a la víctima, lo único que las instancias competentes le pedirán es algún documento de identificación (preferentemente la Cédula de Identidad).

La identidad del denunciante se mantendrá en reserva, pues la cédula de identidad solo es usada como una prueba de que la denuncia no es falsa.

✔️3. ¿Qué debo hacer una vez que esté en alguna de las cinco instancias señaladas?

En principio la víctima debe aproximarse donde algún funcionario e indicarle que quiere presentar su denuncia.

Posteriormente, una persona asignada le tomará su declaración.

IMPORTANTE: La víctima debe asegurarse de relatar su testimonio a la persona indicada, de lo contrario deberá narrar más de una vez lo que le sucedió y eso no es recomendable, siendo que su estado físico y psicológico es delicado y puede convertirse en una revictimización, de preferencia debe estar acompañada de una persona que pueda colaborar en la realización de la denuncia.

✔️4. ¿Qué sigue después de la declaración?

Tras declarar, la víctima será derivada al Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) o a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), de acuerdo a lo que le ordenen, para que un médico forense le realice una pericia médica y legal. La finalidad de este examen integral, entre otras cosas, es valorar su estado y ver el tipo de agresión física o sexual que sufrió, si ese fuera el caso.

Una vez que los resultados estén listos, la víctima debe llevarlos a la instancia donde denunció para que, junto a otros documentos, como ser: fotografías de las lesiones, certificados de embarazo (si fuese el caso), pase a conocimiento de un fiscal.

El fiscal, imputara al agresor (si es que la denuncia procede) y derivará el caso a un juez para que éste realice el control jurisdiccional; es decir determine la situación del imputado respecto a alguna medida cautelar.

✔️5. ¿Luego de denunciar qué garantías tengo? ¿Cómo sé que no me volverá a suceder lo mismo?

El artículo 45 de la Ley 348, establece una serie de garantías para las mujeres en situación de violencia.

Algunas de ellas indican que la víctima será acogida para lograr su recuperación integral, a través de servicios multidisciplinarios y especializados.

Además, si la mujer fuese agredida sexualmente, se le otorgará un seguro social a corto plazo y servicios privados, especialmente tratamiento profiláctico para prevenir infecciones de transmisión sexual, VIH Sida y anticoncepción de emergencia, entre otros.
También la victima puede requerir se le otorguen medidas de protección que tienen por objeto interrumpir e impedir un hecho de violencia contra las mujeres como ser:

Ordenar la salida, desocupación, restricción al agresor del domicilio conyugal o donde habite la mujer en situación de violencia
Disponer la asistencia familiar a favor de hijas, hijos y la mujer.
Prohibir al agresor comunicarse, intimidar o molestar por cualquier medio o a través de terceras personas
Suspender temporalmente al agresor del régimen de visitas

✔️6. ¿En las instituciones donde denuncie me pueden sugerir que concilie con mi agresor?

La Ley 348 establece que ninguna institución receptora de denuncias, ni su personal, puede promover la conciliación ni suscripción de ningún tipo de acuerdo.

Esto debido a que está en peligro la integridad de la mujer. Es más, en casos especiales, el Ministerio Público deberá imponer medidas de seguridad, a fin de preservar la integridad física, psicológica y sexual de la mujer.

✔️7. ¿Qué sanción recibirá la persona que me agredió?

La persona que haya cometido el delito de violencia contra una mujer puede recibir desde sanciones alternativas, como multas, detención de fin de semana, trabajos comunitarios, entre otros, hasta una pena máxima de 30 años, sin derecho a indulto. Todo depende de grado de daño que haya hecho a la mujer.

LO QUE NECESITAS SABER DE LA ASISTENCIA FAMILIAR ✔ La asistencia familiar es un derecho y una obligación de las familias...
02/04/2020

LO QUE NECESITAS SABER DE LA ASISTENCIA FAMILIAR

✔ La asistencia familiar es un derecho y una obligación de las familias
✔ Comprende la alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta
✔ La asistencia familiar se da hasta cumplida la mayoría de edad, y podrá extenderse hasta los 25 años
✔ Las y los adultos mayores pueden percibir asistencia familiar hasta el término de sus vidas.
✔ La asistencia familiar se otorgará a la madre durante el periodo de embarazo
✔ La ex cónyuge puede percibir asistencia familiar siempre que tenga una discapacidad que no le permita obtener un ingreso económico.
✔ El monto mínimo de asistencia familiar es el 20% de un salario mínimo (actualmente Bs. 424).
✔ La asistencia familiar se reduce o aumenta de acuerdo a la disminución o incremento en las necesidades del beneficiario o en los recursos del obligado.
✔ El incumplimiento del pago de la asistencia familiar es susceptible de apremio corporal de hasta 6 meses.

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TRAFICO DE SUSTANCIAS CONTROLADAS La comercialización de sustancias controladas es sancionado con presidio de diez a vei...
28/08/2017

TRAFICO DE SUSTANCIAS CONTROLADAS
La comercialización de sustancias controladas es sancionado con presidio de diez a veinticinco años y diez mil a veinte mil días de multa.
Constituye circunstancia agravante el tráfico de sustancias controladas en volúmenes mayores.
Así mismo Los propietarios, gerentes, administradores o concesionarios de hoteles, moteles, restaurantes, confiterías, clubes, bares, locales de diversión, prostíbulos, casas de cita, hospitales, clínicas y otros establecimientos abiertos al público, están obligados a informar a las autoridades competentes sobre la presencia de personas que trafiquen, posean o consuman sustancias controladas bajo la sanción de uno a dos años de presidio y quinientos a mil quinientos días de multa.

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