18/03/2025
📢 DEFICIENCIAS Y OPORTUNIDADES: UN ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055 Y EL REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA OBTENCIÓN Y TRANSFERENCIA DE ACTIVOS VIRTUALES PARA EMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS
Por: Marco Antonio Oviedo Olmos
El reglamento operativo para la obtención y transferencia de activos virtuales para empresas y entidades públicas, enmarcado en la Ley N° 1613 del Presupuesto General del Estado Gestión 2025 📜 y complementado por el Decreto Supremo N° 5301 ⚖️, busca establecer un mecanismo para que empresas y entidades públicas que realicen actividades comerciales puedan obtener y transferir activos virtuales –específicamente stablecoins– 💰 para cumplir obligaciones contractuales en moneda extranjera. La normativa intenta ofrecer una solución ante posibles restricciones cambiarias y la limitada disponibilidad de divisas; sin embargo, al analizar el reglamento, se pueden verificar algunos vacíos, pero de igual forma, oportunidades interesantes para el sector privado. 🚀
VACÍOS DEL REGLAMENTO
Falta de Procesos de Licitación y Transparencia
Uno de los comentarios críticos destaca en la ausencia de mecanismos competitivos claros en la selección de proveedores de activos virtuales (PAV) y en la ejecución de contratos, esto podría favorecer prácticas opacas. ❗
• Riesgo de prácticas poco transparentes: La falta de un proceso licitatorio riguroso en la contratación puede generar practicas poco claras, dado que las modificaciones a los Documentos Base de Contratación no requieren autorización del Órgano Rector del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, lo cual debilita la supervisión y control interno. 🔍
• Control y seguimiento: La responsabilidad recae en la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de cada entidad, pero sin un marco robusto de auditoría y control, se dificulta garantizar la transparencia y la correcta ejecución de las operaciones. ✅
Responsabilidad Limitada del Ministerio
El reglamento deja claro que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas no asume la responsabilidad por la veracidad, contenido, oportunidad, efectos o resultados de las operaciones realizadas por las empresas y entidades públicas. Esto genera incertidumbre: ⚠️
• Falta de respaldo institucional: La desasignación de responsabilidades podría disminuir la confianza de los proveedores privados y de los actores financieros, quienes deben operar en un marco en el que el riesgo se traslada íntegramente a la entidad ejecutora. 💼
Estos aspectos pueden ser subsanados por una posterior Resolución Ministerial, pero por el momento es algo que se debe tener en cuenta. 📝
OPORTUNIDADES PARA EMPRESAS PRIVADAS
Participación como Proveedor de Activos Virtuales (PAV)
El reglamento abre la puerta a la participación de actores privados como proveedores de activos virtuales. Las empresas privadas que logren registrarse y operar como PAV en el sistema público (SIGEP) pueden beneficiarse: 🌐
• Nuevos mercados: Al convertirse en PAV, las empresas privadas tienen la oportunidad de expandir su base de clientes al poder suministrar criptoactivos a entidades estatales que, de otro modo, tendrían dificultades para acceder a divisas en situaciones restrictivas. 📈
• Consolidación de reputación: El cumplimiento de los requisitos normativos, como operar a través de plataformas de intercambio autorizadas y tener cuentas en entidades financieras reguladas, refuerza la imagen de confiabilidad y solidez en el sector. 💪
2. Innovación en Servicios Financieros
El hecho de que el reglamento permita el uso de stablecoins respalda la idea de modernizar los mecanismos de pago, creando oportunidades para el desarrollo de nuevas soluciones tecnológicas y financieras: 💡
• Plataformas de intercambio y servicios de intermediación: Las empresas que desarrollen o gestionen estas plataformas tienen la posibilidad de posicionarse como actores clave en la transformación digital del sector público. 🤖
3. Posicionamiento Estratégico en un Contexto de Restricciones Cambiarias
Ante la limitada disponibilidad de divisas, el uso de criptoactivos como mecanismo de pago se presenta como una solución temporal y estratégica: 🔄
• Flexibilidad operativa: Las entidades estatales pueden recurrir a estos instrumentos para cumplir obligaciones contractuales en moneda extranjera, lo que crea un entorno en el que los proveedores privados que operen con criptoactivos pueden negociar condiciones competitivas y establecer relaciones comerciales duraderas. 🤝
En Oviedo Lema, contamos con una amplia experiencia en derecho digital y criptoactivos, y estamos convencidos de que, con un enfoque estratégico y una asesoría legal y tecnológica especializada, las empresas privadas pueden capitalizar estas innovadoras oportunidades. 💼💻 Dada la complejidad y el carácter novedoso del reglamento, se abre un nicho para la consultoría en la implementación y el cumplimiento de estos nuevos procesos, asesorando tanto a entidades públicas como a proveedores privados. Con nuestra propuesta y experticia, impulsamos el aprovechamiento de estas posibilidades para que nuestros clientes se posicionen a la vanguardia del mercado, transformando desafíos en ventajas competitivas en un entorno financiero en constante evolución. 🌟