23/05/2022
⚖️ La asistencia familiar ⚖️
👉 Constituye un derecho de relevancia, como indica en el CÓDIGO DE LAS FAMILIAS Y DEL PROCESO FAMILIAR, ley N° 603, Art. 109 .VII La asistencia familiar es un derecho y una obligación de las familias y comprenden los recursos que garantizan lo indispensable para la salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta; surge ante la necesidad manifiesta de los miembros de las familias y el cumplimiento de quien debe otorgarla conforme a sus posibilidades y es exigible judicialmente cuando no se le presta voluntariamente; se prioriza el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
El deber de cubrir en igualdad de condiciones, las necesidades del beneficiario, emerge del art. 64.I de la CPE, el cual dispone que, es obligación de los padres atender a sus hijos en igualdad de condiciones y mediante el esfuerzo común; lo que quiere decir, que ninguno de los progenitores puede sustraerse de cumplir esta obligación, sino más bien les corresponde a cada uno de los ellos, sustentar en forma equitativa las necesidades de sus hijos para otorgarle una vida digna; salvo que los ingresos mensuales de la o el obligado, sean iguales o menores a un salario mínimo nacional, de acuerdo a la previsión del art. 116.IV de la Ley 603, en cuyo caso el monto a otorgarse no podrá ser menor al 20% del salario mínimo nacional.
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La Paz - Bolivia