14/02/2026
Y hablando de los Therian famosos.
La CPE, en su art. 21.I, reconoce el derecho a la autoidentificación cultural. el cual puede interpretarse desde una lectura amplia como el derecho a la autopercepción de la identidad cultural o personal. Hasta ahí, todo bien.
Hace unos días, en Argentina, un Therian mordió a un adolescente de 14 años. Ahora viene el ejercicio mental (y jurídico):
Si ese hecho ocurriera en Bolivia y el padre o la madre, en legítima defensa de su hija, causara la muerte del agresor
¿estaríamos frente a un homicidio o a un biocidio?
Porque si la autopercepción convierte a una persona en “animal”, entonces el derecho penal entra en una dimensión paralela que el Código Penal nunca había previsto.
La ironía es clara:
El derecho protege la identidad.
Pero también necesita límites objetivos para no terminar persiguiendo padres por defender a sus hijos mientras debatimos si el agresor era humano, lobo o personaje de fantasía.
Tal vez no sea “odio”, ni “intolerancia”.
Tal vez sea momento de admitir que estamos ante un vacío jurídico… antes de que la próxima reforma penal tenga que incluir zoología básica.
El derecho debe evolucionar, sí.
Pero no perder la razón en el intento.