Bernabe y Asociados Departamento Juridico

Bernabe y Asociados Departamento Juridico Bernabe & Asociados, Departamento Jurídico, es una firma legal con más de 5 años de experiencia.

Conformado por un staff de profesionales especializados y de idónea formación. Acia Departamento Juridico, es una firma legal con más de 5 años de experiencia. Nuestros servicios están afianzados en la satisfacción de todos nuestros clientes, brindándoles un alto nivel de especialización y excelencia en el trabajo, manejando verdaderas estrategias jurídicas para la resolución eficaz y eficiente de

situaciones legales, a nivel nacional e internacional. La firma se halla bajo la dirección del Dr. Mauricio Bernabe Condori. Con varias especializaciones, cuenta con amplia experiencia en el asesoramiento jurídico en distintas ramas del Derecho, a empresas y personas naturales, manejando el staff de la firma bajo estándares rigurosos y transparentes. En resumen, trabajar con nuestra prestigiosa firma, es garantía de un asesoramiento integral de calidad, confianza, agilidad en los resultados y apoyo constante para su tranquilidad.

👨‍⚖️LA DEUDAS EN MONEDA EXTRANJERA, SE PAGAN EN LA MISMA MONEDA EN LA CUAL FUE CELEBRADO EL CONTRATO. 👨‍⚖️📑📑📑📑📑📑📑📑📑📑📑📑📑E...
03/11/2025

👨‍⚖️LA DEUDAS EN MONEDA EXTRANJERA, SE PAGAN EN LA MISMA MONEDA EN LA CUAL FUE CELEBRADO EL CONTRATO. 👨‍⚖️
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En los últimos días y durante toda esta gestión se ha estado, dialogando precipitando y errando la interpretación del contrato, presumiendo que se debe aplicar a letra mu**ta los alcances de algunos artículos del código civil, de lo cual se debe aclarar a la población que genero DEUDAS, ANTICRETICOS, DPF, ACUERDOS en tipo de moneda extranjera, NO ESTA OBLIGADO A RECIBIR EL DINERO EN OTRA MONEDA DIFERENTE A LA PACTADA. Aplicando también para entidades financieras, particulares, para lo cual debemos mencionar las ultimas resoluciones tribunal supremo de justicia particularmente el auto supremo N° 0407/2025 del 02 de mayo del 2025.
Sumando a esta circunstancia tenemos el Auto Supremo N° 361/2017 de 11 de abril, refiere ‘…La primera regla de la interpretación, no inserta el Código, pero que surge inequívoca de todo ordenamiento jurídico, es que si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes debe estarse al sentido literal de sus cláusulas…Si la construcción gramatical de las cláusulas del contrato, es ambigua o anfibológica y provoca en su inteligencia direcciones distintas, es decir, como dicen las reglas, hace al contrato todo, o a una o varias de sus cláusulas, o a alguna de sus palabras, susceptibles de diversos sentido o acepciones, deberá entenderse el más adecuado, que produzca efecto conforme a la materia y naturaleza del contrato.
Al igual que el art. 510. I del Código Civil, preceptúa que: ‘En la interpretación de los contratos se debe averiguar cuál ha sido la intensión común de las partes y no limitarse al sentido literal de las palabras’, y en complemento a ello la segunda parte de dicho precepto legal, dispone: ‘En la determinación de la intención común de los contratantes se debe apreciar el comportamiento total de estos y las circunstancias del contrato’, lo que nos permite inferir que al momento de interpretar el contrato debe averiguarse la intención de las partes apreciando el comportamiento de estas y las circunstancias del contrato, y sin duda de ello se advierte también que nuestra legislación ha preferido la corriente de la teoría subjetiva, pues investigar la intención es realmente una operación inductiva.
Siguiendo con la doctrina el tratadista Guillermo A. Borda, quien en su obra de “Tratado de Derecho Civil”, refiere: “La resolución no es el resultado de un nuevo contrato (como ocurre en la recisión bilateral) sino que supone la extinción del contrato por un hecho posterior a la celebración; hecho que a veces es incalculable a la otra parte (como es por ejemplo el incumplimiento) o que puede ser extraño a la voluntad de ambas (como ocurre en ciertos supuestos de condiciones resolutorias), la resolución del contrato puede operar ipso iure, (como sucede en la condición resolutoria) o bien puede requerir la manifestación de voluntad de la parte interesada en ella (como ocurre en la que se funda en el arrepentimiento o en el incumplimiento de la contraria)”

👨‍🏫 Conclusión
No acepten un pago diferente al tipo de moneda acordada entre las partes mas aun cuando existe un contrato de por medio.
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#️⃣ Para consultas se ruego llamar al numero 72758478







*PARA TODO DOCUMENTO QUE NO FUE RECONOCIDO EL EMPLAZAMIENTO ES LA SOLUCIÓN*. Con esta medida preparatoria se autoriza al...
03/11/2025

*PARA TODO DOCUMENTO QUE NO FUE RECONOCIDO EL EMPLAZAMIENTO ES LA SOLUCIÓN*.
Con esta medida preparatoria se autoriza al actor a pedir que la persona contra quien se propone dirigir la demanda preste declaración jurada sobre algún hecho relativo a su personalidad sin cuyo conocimiento no puede entrarse en el proceso, es decir, la declaración sólo puede versar sobre aquellas circunstancias relativas a la legitimación del futuro demandado, con prescindencia de los hechos relativos al fondo del litigio.
Se pueden emplazar cualquier tipo de documento, sea escritos, recibos, agendas y otros donde contenga la firma de una persona que incumpla los acuerdos.


Atención se requiere incorporar 2 asistentes para firma jurídica de la oficina de la regional de Cochabamba. para fines ...
23/09/2025

Atención se requiere incorporar 2 asistentes para firma jurídica de la oficina de la regional de Cochabamba. para fines de poder realizar las gestiones de oficina en diferentes áreas dentro de la oficina jurídica la misma
📞Telefonos de referencia 72721670
presentase de manera directa a partir de las 16.00 p.m. en oficinas en la calle sucre entre lanza y san Martin edificio straus tercer piso oficinas 301,302

21/09/2024

se busca abogado en Villazón para hacer seguimiento de procesos.

DESAPODERAMIENTO.  👉 Este termino es de uso poco frecuente, se refiere como la acción y resultado de [[:desapoderar]] o ...
15/12/2022

DESAPODERAMIENTO.

👉 Este termino es de uso poco frecuente, se refiere como la acción y resultado de [[:desapoderar]] o desapoderarse, despojar, quitar o apoderarse de alguien de haber que se había apoderado o usurpar a alguien en el poder para el encargo o el desempeño que se ha dado. Inmoderación,

Una definicion un poco mas simple.
Es una resolucion judicial encomendada a los agentes de la fuerza publica (policia) para que con uso de los mismos se realice la entrega fisica de un inmueble, que fue fruto de litigio.
Usualmente se usa de manera mas frecuente en procesos ejecutivos es decir (por deudas economicas) en el cual luego de descubrir que la persona obligada (el deudor) tiene bienes registrados a su nombre los mismos al momento de ser rematados y ofertados seran entregados a la persona que adquirio la propiedad mediante compra en subasta por el martillero judicial, o en su defecto la adquisicion por compensacion. aclarando que es en la mayoria de los casos. no siendo el unico establecido para la orden de desapoderamiento.

👉Requisitos para iniciar el desapoderamiento.
En este tipo de circunstancia debemos hacer mencion a lo siguiente. primeramente es la ultima fase, en la cual un proceso judicial ha determinado el embargo y posteriormente subasta de bienes inmuebles cuyo registro se encuentra en DD.RR. (para los procesos monitorios)

👉Como se ejecuta
conforme establece el ARTÍCULO 427. del codigo de procedimiento civil se le informara a los ocupantes, propietarios y/o. para que de manera pacifica realicen la entrega del bien que lleva la orden de desapoderamiento. debemos mencionar que tambien aplica aquellos bienes que a tuya titularidad se encuentre la persona obligada (vehiculos, y otros) para ellos nos remitiremos al art. ARTÍCULO 429.
👉¿CUAL ES LA FINALIDAD DEL DESAPODERAMIENTO?
La entrega fisica del bien inmueble sujeto dentro de un litigio, a los nuevos propietarios.

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📑 OBRA NUEVA PERJUDICIAL    👉Por obra nueva perjudicial debemos entender toda realización humana que empieza a efectuars...
14/12/2022

📑 OBRA NUEVA PERJUDICIAL




👉Por obra nueva perjudicial debemos entender toda realización humana que empieza a efectuarse o toda cosa que empieza a realizarse por una persona, que afecta tanto a un inmueble que se encuentra en posesión de otra persona como a la posesión o tenencia ejercida sobre dicho inmueble; consecuentemente no sólo una construcción o una ampliación de inmueble puede ser considerada obra nueva perjudicial, sino cualquier cosa que se empiece a realizar siempre que afecte a un inmueble, así por ejemplo una excavación para zapatas será una obra
nueva perjudicial si con su realización se afecta los cimientos del
inmueble vecino a dicha excavación.
👉Requisitos para iniciar la demanda.
Conforme al art. 1463 del Código Civil, para que proceda la acción
de obra nueva, Se requiere: 1) La existencia de una obra nueva en estado de ejecución no concluida emprendida por la parte demandada, 2) Que no haya transcurrido más de un año desde que se inicio la obra, 3) Que la obra nueva ocasione un perjuicio a la posesión de la parte demandante afectando su inmueble.

👉Quien puede realizar la demanda.
Conforme lo previsto en el art. 1463 del Código Civil, tiene legitimación activa para interponer la acción de obra nueva perjudicial a través del proceso extraordinario, la persona natural o jurídica que se encuentra perjudicada en su posesión
sobre un bien inmueble, es decir no siempre el propietario puede iniciar la obra, lo puede hacer el inquilino, el cuidador entre otros.
👉¿CUAL ES LA FINALIDAD DE LA ACCIÓN DE DENUNCIA DE
OBRA NUEVA?
La acción de obra nueva perjudicial tiene por finalidad la obtención de una resolución judicial que disponga la suspensión o demolición de una obra nueva emprendida por un vecino.
👩‍🏫SOBRE EL TIEMPO.
Debemos hacer mencion, a lo siguiente, ocurre que la demanda a momento de interponerla el El juez puede ordenar provisionalmente se suspenda o se continúe la obra, es decir desde el primer actuado ya se tiene una orden de paralizacion, por otro lado los plazos previstos para este tipo de proceso se encuentran regularizados por la ley 439 dentro de los procesos extraordinarios.
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Como firma les deseamos una feliz navidad y un prospero año nuevo.
14/12/2022

Como firma les deseamos una feliz navidad y un prospero año nuevo.

📑 Cancelación de partida doble de nacimiento    👉SERECI, resulta que, esa institucion publica menciona y es la encargada...
14/12/2022

📑 Cancelación de partida doble de nacimiento




👉SERECI, resulta que, esa institucion publica menciona y es la encargada de realizar la cancelacion de las partidas de nacimiento, en primera instancia y por la via administrativa.
👉Cuando una persona tiene una doble partida, en cualquier circunstancia tenemos que iniciar el tramite primer administrativo es decir acudir a las instancias de SERECI de la localidad en la cual les sea mas comodo para cada ciudadano. para lo cual diseñamos los siguientes pasos a ser realizados.
*Paso 1, acudir a instancias de SERECI ( de su localidad) a objeto de identificar cual seria la partida duplicada y solicitar, firmar el formulario único para tramites administrativos.
*Paso 2, Adjuntar toda la prueba que permita la cancelación de partida familiar para tener certeza de que corresponden al mismo ciudadano.
*Paso 3.- En base al art. 73 numeral 4 y 5 de la ley 018/2012 el tramite no debe ser contencioso.
*Paso 4.- Esperar la resolución administrativa en base a la ley 18/2012 para poder dar de baja la partida cuestionada. Y anular la misma DEL SISTEMA.

👉El tramite puede ser realizado, POR UNA DECLARACION JURADA DE PARENTESCO

👉¿Cual es el plazo? este tramite administrativo dependiendo de la circuntancias dura entre 3 semanas a 1 mes calendario, aproximadamente, de igual forma en caso de que tengamos una negativa por la via administrativa primero debera impugnarse y utilizar el recursos jerarquico.
👩‍🏫Aspecto que se ruega tener en cuenta para poder acudir a la otra via.
📋 Toda vez terminado la via administrativa si el problema no se encuentra solucionado, se debera acudir a la via judicial, ya sea por una via de impugnacion de filiacion, o posecion de estado, dependiente las cirunstancias por las cuales se rechazo el tramite en primer lugar para ellos es necesario la asesoria de un abogado que conozca del tema.
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Cochabamba
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