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🔴 CARLOS SPENCER DEBERÁ RESPONDER ANTE LA COMISIÓN DE JUSTICIA POR CUESTIONAMIENTOS A CINCO JUECESEl presidente del Cons...
26/09/2026

🔴 CARLOS SPENCER DEBERÁ RESPONDER ANTE LA COMISIÓN DE JUSTICIA POR CUESTIONAMIENTOS A CINCO JUECES

El presidente del Consejo de la Magistratura, Carlos Spencer Arancibia, deberá brindar un informe oral el próximo 15 de octubre de 2026 ante la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

La convocatoria se produce en el marco de cuestionamientos y denuncias sobre presuntas irregularidades vinculadas al accionar de cinco jueces del municipio de Riberalta, Beni.

La instancia legislativa buscará conocer qué información recibió el Consejo de la Magistratura, qué actuaciones de control y fiscalización fueron activadas y qué medidas se asumieron frente a los hechos denunciados.

El informe pondrá bajo la lupa la respuesta institucional del Consejo de la Magistratura ante estos cuestionamientos y permitirá establecer, desde el ámbito de sus competencias, si existieron acciones disciplinarias, investigaciones o medidas administrativas relacionadas con los casos denunciados.

Los cinco doctores mencionados en la resolución son:

Dr. Javier Ribert Antelo – Juez de Instrucción Cautelar Anticorrupción y de Lucha Contra la Violencia N.º 1 de Riberalta.

Dra. Raisa Falo Arellano Terán – Jueza del Juzgado Público Civil y Comercial y de Familia N.º 4 de Riberalta.

Dra. María Jesús Flores – Jueza Disciplinaria del municipio de Riberalta.

Dr. Jorge Vigneaux Rodríguez – Juez del Juzgado Público Civil y Comercial y de Familia N.º 3 de Riberalta.

Dr. Juan Alberto Arias Padilla – Juez Público Civil y Comercial y de Familia N.º 1 de Riberalta.

Usted tiene alguno otro que cree debe estar en está lista por presunta corrupción o prevaricato

MODALIDAD EXCEPCIONAL DE AFILIACIÓN GRATUITA ⚖️El Ilustre Colegio de Abogados de La Paz (ICALP), en representación de su...
21/09/2026

MODALIDAD EXCEPCIONAL DE AFILIACIÓN GRATUITA ⚖️

El Ilustre Colegio de Abogados de La Paz (ICALP), en representación de su Directorio para la gestión 2026-2028, se dirige a la comunidad jurídica del departamento.

En estricto cumplimiento de las determinaciones de la Resolución de Directorio N° 002/2026, aprobada por unanimidad, se extiende una invitación oficial a todos los profesionales del derecho con registro previo en otras instituciones, asociaciones o colegios departamentales.

📌 Lineamientos Principales:

Plazo de vigencia: La afiliación extraordinaria y gratuita podrá consolidarse a partir de la emisión del presente comunicado y hasta el jueves 31 de diciembre de 2026.

Objetivo institucional: Democratizar el acceso al ICALP, eximiendo del pago habitual para unificar al gremio y fortalecer la representación colectiva en el departamento.

Beneficios para los colegiados: Acceso a prerrogativas corporativas y tarifas preferenciales en los programas de Postgrado de alta especialización (diplomados y maestrías) dictados por un cuerpo docente de destacada trayectoria.

🏛️ Requisitos y Ubicación:Se convoca a los profesionales interesados a apersonarse a las oficinas de la Unidad de Postgrado del ICALP, situadas en la Calle Yanacocha Nº 630, tercer piso, para recabar los requisitos correspondientes y formalizar su incorporación.
Fuente ICALP.

    ¡TRINIDAD: ENVIAN A MOCOVÍ A SUJETO INVESTIGADO POR PRESUNTO ABUSØ SÊXUÂL DIGITAL CONTRA UNA NIÑA!La Fiscalía Depart...
07/09/2026


¡TRINIDAD: ENVIAN A MOCOVÍ A SUJETO INVESTIGADO POR PRESUNTO ABUSØ SÊXUÂL DIGITAL CONTRA UNA NIÑA!

La Fiscalía Departamental del Beni abrió una investigación contra un hombre de 36 años, identificado como Samuel G. G., por la presunta comisión de delitos relacionados con la producción de material de abusø sêxuâl infantil y abusø sêxuâl mediante medios digitales.

El caso se registró en Trinidad y fue denunciado por la madre de una niña de 11 años, quien habría descubierto conversaciones de contenido sêxuâl que la menor mantenía con su padrastro a través de un teléfono celular.

Durante la revisión del dispositivo, se encontraron presuntamente videos de contenido íntîmo de la menor, además de otros mensajes que ahora forman parte de la investigación.

La Fiscalía informó que entre los elementos colectados se encuentran la denuncia, entrevista psicológica, certificado médico forense y el acta de secuestro del teléfono celular.

Tras la audiencia de medidas cautelares, el Juzgado de Instrucción Penal, Anticorrupción y Contra la Violêncîa hacia la Mujer 4º de la Capital determinó 180 días de detención preventiva para el investigado en el Centro de Rehabilitación de Varones Mocoví.

La Fiscal Departamental del Beni, Silvia Valverde Aguirre, señaló que el Ministerio Público continuará con las investigaciones para esclarecer los hechos y establecer las responsabilidades que correspondan, priorizando la protección y la integridad de la menor.

  Ante el hecho registrado en Guayaramerín, Beni, que involucra a un ejemplar de jaguar (Panthera onca), el Tribunal Agr...
10/08/2026


Ante el hecho registrado en Guayaramerín, Beni, que involucra a un ejemplar de jaguar (Panthera onca), el Tribunal Agroambiental emite el presente pronunciamiento sobre la protección de la fauna silvestre y la biodiversidad.
Fuente:

10/08/2026

Principios jurídicos que toda persona debería conocer. ⚖️

Legalidad,
igualdad ante la ley,
debido proceso,
presunción de inocencia,
seguridad jurídica,
buena fe,
imparcialidad
Non bis in idem
y tutela judicial efectiva
forman parte de las bases que orientan los sistemas jurídicos contemporáneos.

CUATRO ABOGADOS CUESTIONAN EL ALTO COMISIONADO DE PAZ Y ADVIERTEN FALTA DE SUSTENTO, DUPLICIDAD Y RIESGO DE MÁS BUROCRAC...
10/08/2026

CUATRO ABOGADOS CUESTIONAN EL ALTO COMISIONADO DE PAZ Y ADVIERTEN FALTA DE SUSTENTO, DUPLICIDAD Y RIESGO DE MÁS BUROCRACIA
La creación del Alto Comisionado para la Integridad Institucional y la Justicia, anunciada por el presidente Rodrigo Paz durante su discurso por los 201 años de la Independencia de Bolivia, genera cuestionamientos entre cuatro abogados que coinciden en que la reforma judicial es necesaria, pero ponen en duda que una nueva autoridad sea la respuesta.

Las principales observaciones apuntan a la falta de una definición legal de la figura, la posible duplicidad de funciones con instituciones existentes y la necesidad de fortalecer estructuras que ya forman parte del Estado, en lugar de crear nuevas instancias.

El expresidente del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia, Arturo Yáñez; la exsenadora y expresidenta del Tribunal Constitucional, Silvia Salame; la abogada Kathia Saucedo, impulsora de la propuesta de reforma constitucional de los Juristas Independientes; y el expresidente del Colegio de Abogados de Chuquisaca, Jaime Hurtado, plantearon cuestionamientos a la propuesta presidencial desde distintos ángulos.

Paz anunció que el Alto Comisionado pondrá énfasis en la transparencia, la institucionalidad y la justicia, y adelantó que la designación de la nueva autoridad se concretará en los siguientes días.

UNA FIGURA QUE NO ESTÁ EN EL ORDENAMIENTO BOLIVIANO
Salame y Hurtado coinciden en una de las principales observaciones: el Alto Comisionado no forma parte de la estructura institucional boliviana en los términos planteados por el Gobierno.

Salame sostuvo que en el ordenamiento jurídico nacional “no existe” la figura del Alto Comisionado y señaló que, si se pretende otorgarle funciones específicas para reestructurar el sistema judicial, su creación debería estar respaldada por una ley.

Hurtado también señaló que el término tiene inspiración en el sistema de Naciones Unidas y que Bolivia no incorporó esta figura ni en la Constitución ni en sus leyes fundamentales. Por ello, considera necesario conocer la norma que establecerá su estructura y atribuciones.

Para Hurtado, además, el concepto internacional de Alto Comisionado está relacionado con la defensa y protección de derechos, más que con el ejercicio de funciones jurisdiccionales.

LOS CUATRO VEN EL RIESGO DE DUPLICAR FUNCIONES
La posible duplicidad institucional es otro punto de coincidencia entre los juristas.

Hurtado advirtió que la nueva autoridad podría superponerse con la Defensoría del Pueblo, institución que ya tiene entre sus funciones la protección de los derechos humanos. También recordó la existencia del Defensor del Litigante, previsto en la Ley 025 del Órgano Judicial, pero que nunca fue activado.

Salame plantea una alternativa distinta: considera necesario recuperar el Ministerio de Justicia, al que atribuye un papel de articulación entre el Órgano Ejecutivo y el sistema judicial.

Saucedo coincide en que debe aclararse la estructura institucional y pregunta qué ocurrirá con el actual Viceministerio de Justicia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, si simultáneamente funcionará un Alto Comisionado con responsabilidades en materia de justicia.

“Me parece que no es prudente establecer dualidades de funciones”, sostuvo Saucedo, y pidió al Ejecutivo definir con claridad qué pretende hacer en el ámbito de la justicia.

¿UN MINISTERIO DE JUSTICIA CON OTRO NOMBRE?
Saucedo considera que varias de las tareas anunciadas para el Alto Comisionado podrían haber sido asumidas por un Ministerio de Justicia, cuya eliminación ya había cuestionado anteriormente.

A su juicio, la creación de una nueva institucionalidad para abordar competencias que podría asumir una cartera ministerial genera dudas sobre el diseño del Ejecutivo.

La abogada también advirtió que cualquier delegación de funciones debe respetar las competencias de los otros órganos del Estado. El Alto Comisionado, dijo, no puede interferir en las atribuciones legislativas de la Asamblea ni en las funciones jurisdiccionales propias del Órgano Judicial.

“Habrá que esperar el diseño competencial que haga el Órgano Ejecutivo”, señaló Saucedo, antes de determinar el alcance real de la nueva autoridad.

YÁÑEZ: “¿PARA QUÉ ESTÁ LA FISCALÍA?”
Yáñez lleva el cuestionamiento hacia el funcionamiento de las instituciones existentes. Considera que la creación de un Alto Comisionado para temas de justicia y corrupción evidencia problemas de institucionalidad.

Su pregunta central es por qué sería necesario crear una nueva autoridad para combatir la corrupción cuando ya existen instituciones como la Fiscalía, el Órgano Judicial y la Contraloría, que tienen competencias vinculadas con esa tarea.

Para el presidente del Colegio Nacional de Abogados, el problema no radica necesariamente en la ausencia de instituciones, sino en que las existentes no cumplen de manera efectiva las funciones para las que fueron creadas.

También considera que la desaparición del Ministerio de Justicia fue un error y que esa cartera debería encargarse de impulsar la reforma judicial, en coordinación con los otros órganos del Estado.

SALAME: LA REFORMA NO PUEDE IMPONERSE DESDE EL EJECUTIVO
Salame introduce otro elemento en el debate: quién debe conducir la transformación del sistema judicial.

La expresidenta del Tribunal Constitucional sostiene que la reestructuración no puede ser diseñada unilateralmente por el Órgano Ejecutivo, sino que debe surgir de las propias instituciones que forman parte del sistema judicial.

Plantea que los actores directos de la justicia analicen los problemas comunes y particulares de cada institución y determinen cuáles pueden resolverse de manera inmediata.

También identifica como asuntos centrales la independencia económica y política del Órgano Judicial, la lucha contra la corrupción, la especialización y la formación de jueces, fiscales, policías y abogados.

MÁS QUE UNA NUEVA AUTORIDAD, FORTALECER LAS EXISTENTES
Aunque sus argumentos son diferentes, los cuatro abogados convergen en una crítica: el anuncio presidencial todavía no responde con claridad qué problema institucional resolverá el Alto Comisionado que no pueda ser atendido por las estructuras existentes.

Hurtado alerta sobre una posible duplicación con la Defensoría del Pueblo y recuerda que el Defensor del Litigante continúa sin activarse; Salame cuestiona la falta de sustento legal y propone recuperar el Ministerio de Justicia; Saucedo pide delimitar las competencias para evitar una dualidad dentro del Ejecutivo; y Yáñez cuestiona que se cree otra autoridad mientras las instituciones existentes no cumplen plenamente sus funciones.

El debate, por tanto, no se centra en si Bolivia necesita una reforma judicial. Los cuatro juristas coinciden en que es necesaria. La discusión está en cómo hacerla, quién debe conducirla y si para ello hace falta crear una nueva estructura estatal.

El Gobierno deberá definir ahora la base jurídica, las atribuciones y la relación del Alto Comisionado con el Ejecutivo, la Asamblea Legislativa, el Órgano Judicial y las demás instituciones vinculadas con la justicia.

Mientras esos aspectos no sean precisados, la propuesta presidencial permanece como una nueva figura institucional cuyo alcance y competencias todavía generan dudas entre especialistas.
Fuente: PST

𝐂𝐔𝐀𝐓𝐑𝐎 𝐀𝐁𝐎𝐆𝐀𝐃𝐎𝐒 𝐂𝐔𝐄𝐒𝐓𝐈𝐎𝐍𝐀𝐍 𝐄𝐋 𝐀𝐋𝐓𝐎 𝐂𝐎𝐌𝐈𝐒𝐈𝐎𝐍𝐀𝐃𝐎 𝐃𝐄 𝐏𝐀𝐙 𝐘 𝐀𝐃𝐕𝐈𝐄𝐑𝐓𝐄𝐍 𝐅𝐀𝐋𝐓𝐀 𝐃𝐄 𝐒𝐔𝐒𝐓𝐄𝐍𝐓𝐎, 𝐃𝐔𝐏𝐋𝐈𝐂𝐈𝐃𝐀𝐃 𝐘 𝐑𝐈𝐄𝐒𝐆𝐎 𝐃𝐄 𝐌𝐀́𝐒 𝐁𝐔𝐑𝐎𝐂𝐑𝐀𝐂𝐈𝐀
Análisis en el
La creación del Alto Comisionado para la Integridad Institucional y la Justicia, anunciada por el presidente Rodrigo Paz durante su discurso por los 201 años de la Independencia de Bolivia, genera cuestionamientos entre cuatro abogados que coinciden en que la reforma judicial es necesaria, pero ponen en duda que una nueva autoridad sea la respuesta.

Las principales observaciones apuntan a la falta de una definición legal de la figura, la posible duplicidad de funciones con instituciones existentes y la necesidad de fortalecer estructuras que ya forman parte del Estado, en lugar de crear nuevas instancias.


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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA - SALA PLENA.CIRCULAR N° 01/2026 - 28 de mayo 2026ASUNTO: LINEAMIENTOS SOBRE LA DETENCIÓN P...
06/08/2026

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA - SALA PLENA.
CIRCULAR N° 01/2026 - 28 de mayo 2026

ASUNTO: LINEAMIENTOS SOBRE LA DETENCIÓN PREVENTIVA.

LO SUSTANCIAL QUE DICE EL TRIBUNAL SUPREMO:

1. LA REGLA ES LA LIBERTAD:
"La libertad constituye la regla y la privación cautelar de libertad la excepción"
O sea: nadie debería estar preso sin sentencia. Solo en casos excepcionales.

2. LA DETENCIÓN PREVENTIVA ES:
Excepcional + Subsidiaria + Instrumental + Provisional*
Solo se usa cuando no hay otra medida. Y solo para asegurar el proceso.

3. ¿CUÁNDO SÍ PUEDEN DETENERTE?
Únicamente cuando concurran de forma concurrente, motivada y objetiva los presupuestos del art. 233 y 234 del C.P.P.
Traducción: Riesgo de fuga + Riesgo de obstaculización. Y el juez tiene que fundamentar bien.

4. SE BASA EN:
- Art. http://115.II CPE: Debido proceso, defensa, justicia sin dilaciones
- Art. 180.I CPE: Principios de celeridad, probidad, verdad material
- Convención Americana DDHH art. 7.5 y 8.2

¿PARA QUÉ SIRVE ESTA CIRCULAR?
El TSJ le está jalando las orejas a todos los jueces de Bolivia. Les dice:
"Dejen de meter preso a todo el mundo. La cárcel no es para castigar antes de la sentencia"

`"La libertad es la regla, la detención es la excepción"`

5. LAS MEDIDAS CAUTELARES SON EXCEPCIONALES - Art. 7 C.P.P.
"La aplicación de medidas cautelares será excepcional"
Si hay duda, se aplica lo que sea más favorable al imputado.
Traducción: Si se puede con medidas sustitutivas, NO hay cárcel.

6. PLAZOS QUE AMARRAN AL FISCAL
- Etapa preparatoria*: Máximo 6 meses
- Si es caso complejo: Máximo 18 meses
- El fiscal debe informar cada 3 meses al juez qué está haciendo
O sea: no pueden tenerte años en investigación.

7. SI TE DAN DETENCIÓN PREVENTIVA - Art. 235 ter C.P.P.
El juez TIENE que poner:
1. Fecha exacta* de inicio y fin
2. Día y hora de audiencia para revisar tu situación
3. No necesita notificación extra. Ya quedas notificado ahí mismo.

Y si la detención era para un acto concreto, cesa en cuanto se hace ese acto.

8. EL JUEZ NO PUEDE FLOJEAR.
Debe controlar de oficio: excepcionalidad, legalidad, necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.
Prohibido meterte preso con "fórmulas abstractas" o "peligro de fuga" sin prueba concreta.

9. LO MÁS FUERTE:
"La detención preventiva no puede constituirse en una pena anticipada"
No es para castigarte antes. Es solo para asegurar que vengas al juicio.

Deben hacer examen estricto de idoneidad, necesidad y proporcionalidad caso por caso. Y priorizar medidas sustitutivas.

EN BOLIVIANO
Esta circular es un freno a los jueces que meten preso por meter.
Ahora les exigen: fundamentar, poner fecha, revisar cada 3 meses, y usar cárcel solo si no hay otra.

Esto es jurisprudencia obligatoria para todos los jueces de Bolivia.

El TSJ dice que se usó mal la detención preventiva: recurrente, generalizada y desproporcional. Por eso ahora manda esto:

INSTRUCCIONES OBLIGATORIAS PARA TODOS LOS JUECES:

1. AL MOMENTO DE DAR CÁRCEL.
Deben aplicar estricto: necesidad, racionalidad, excepcional, subsidiario, provisional y proporcional.
La resolución TIENE que estar concreta, individualizada, objetiva y suficiente.
Prohibido poner "motivos genéricos" como "peligro de fuga" sin prueba.

1. USAR MEDIDAS MENOS GRAVOSAS.
Deben considerar primero: brazalete, arraigo, fianza, etc.
Menciona directo al Sistema ROMA-ARGO = brazalete electrónico con GPS.
Dice que es "idóneo y eficaz" y respeta más tus derechos.

1. REVISAR SIEMPRE LA CÁRCEL.
Los jueces deben revisar de oficio si sigue siendo necesaria la detención.
Si ya se cumplió el plazo o desapareció el riesgo, tienen que soltarte al instante.

SI YA SE CUMPLIÓ EL PLAZO.
Las detenciones preventivas vencidas deben revisarse. No pueden tenerte ni un día de más
LO SUSTANCIAL DE TODA LA CIRCULAR.

El TSJ le dice a Bolivia: "Basta de cárcel fácil"

1. Libertad es la regla.
2. Fundamenta o suelta - nada de copias y pegas.
3. Ponle fecha y revísalo.
4. Usa el brazalete ROMA-ARGO antes que la cárcel.

“Esta circular te sirve como espada para tu proceso penal. Cualquier juez que quiera detenerte tiene que chocar con esto primero”.

PUNTO 4 COMPLETO:
Cuando venza el plazo de la detención preventiva, el juez debe revisarla *de inmediato en audiencia.
Y si corresponde, cesarla sin dilación e imponer medidas menos gravosas.
Siempre respetando: excepcionalidad, necesidad, idoneidad, proporcionalidad, razonabilidad, temporalidad y mínima intervención.

O sea: no te pueden dejar ni 1 día más de lo que dice el auto.

PUNTO 5:
Ordena que esta Circular se difunda YA a todos los Tribunales Departamentales de Bolivia.
Y que se publique en redes y medios oficiales del Órgano Judicial.

Para que ningún juez diga "no”.

RESUMEN TOTAL DE LA CIRCULAR.

Esta circular es un manual anti-abuso para los jueces. Lo sustancial:

Qué dice. Qué significa para ti.
Libertad es la regla. La cárcel es lo último
Fundamenta o suelta. Nada de "peligro de fuga" sin prueba
Pon fecha y revisa Tienen que darte audiencia de control
Usa ROMA-ARGO Brazalete antes que cárcel.
Cesación inmediata Si venció el plazo, te sueltan.

SUCRE INVESTIGA A LA PAZ: UNA COMPUTADORA EXTERNA OPERABA EN DD.RR. DE EL ALTO CON EL CÓDIGO DE LEONOR VERA CONDORILa Pa...
03/08/2026

SUCRE INVESTIGA A LA PAZ:
UNA COMPUTADORA EXTERNA OPERABA EN DD.RR. DE EL ALTO CON EL CÓDIGO DE LEONOR VERA CONDORI

La Paz, 2 de agosto de 2026.- El Consejo de la Magistratura abrió una investigación técnica para establecer quién operó una computadora identificada como DESKTOP-0K6CJBQ, que aparece entre los equipos que mantenían sesiones activas en el sistema SINAREP durante el periodo en que se procesaban operaciones vinculadas a la gestión de la exregistradora Distrital de Derechos Reales de El Alto, Leonor Vera Condori. El equipo, asociado a la dirección IP privada 192.168.142.223, es uno de los seis identificados por el Consejo de la Magistratura en el marco de una investigación que busca reconstruir qué ocurrió con 4.070 registros y unas 775 matrículas de Derechos Reales.

Los antecedentes de informes y requerimientos internos a los que se tuvo acceso muestran que la investigación busca establecer quiénes ingresaron al sistema, desde qué equipos, en qué horarios y qué operaciones realizaron sobre los registros bajo revisión.

El caso se remonta al 15 de abril de 2026, cuando el usuario asignado a Vera Condori en el sistema SINAREP fue dado de baja a las 17:30. Sin embargo, según un informe técnico, las características del sistema permitían que las sesiones que ya estaban abiertas en los equipos cliente continuaran activas, pese a la deshabilitación de la cuenta.

Por esta razón, la Unidad Nacional de Control y Fiscalización solicitó identificar a los funcionarios que operaron seis equipos que mantenían sesiones activas durante los días 15 y 16 de abril, precisando sus nombres, cargos y niveles de acceso. Entre las máquinas identificadas figuran equipos con denominaciones asociadas aparentemente a dependencias de Derechos Reales, pero también aparece DESKTOP-0K6CJBQ, un nombre genérico que, según los antecedentes revisados, debe ser esclarecido para determinar su ubicación, pertenencia y operador. Los documentos revisados no establecen todavía que este equipo sea externo ni determinan quién lo operaba.

El Consejo de la Magistratura también requiere establecer si las operaciones realizadas desde esos equipos fueron efectuadas utilizando los códigos de acceso asignados a Vera Condori y quién estuvo detrás de esas sesiones. La institución busca reconstruir la trazabilidad completa de las operaciones y responder preguntas centrales: ¿quién ingresó al sistema?, ¿desde qué computadora?, ¿con qué código de acceso?, ¿en qué momento? y ¿qué modificaciones realizó?

El hecho de que una computadora identificada como DESKTOP-0K6CJBQ figure entre los equipos que mantenían sesiones activas es uno de los puntos que deberá ser esclarecido. Los documentos revisados no establecen todavía responsabilidad individual ni concluyen que haya existido una manipulación informática. Sin embargo, la investigación busca determinar si las operaciones fueron regulares y, principalmente, quién utilizó los accesos vinculados a la exregistradora Leonor Vera Condori para operar sobre miles de registros y centenares de matrículas.

La respuesta dependerá del cruce de los registros de auditoría, las direcciones IP, los horarios de conexión, la identificación de los equipos y los funcionarios que tenían acceso al sistema. Mientras tanto, la investigación técnica avanza desde el Consejo de la Magistratura con el objetivo de reconstruir qué ocurrió en Derechos Reales de El Alto y establecer quiénes intervinieron en las operaciones que ahora están bajo la lupa.

SE APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE PRESCRIPCIÓN Y CONSOLIDACION DE DEPÓSITOS JUDICIALES La Comisión de Justicia Plural, Mi...
30/07/2026

SE APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE PRESCRIPCIÓN Y CONSOLIDACION DE DEPÓSITOS JUDICIALES

La Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y D€fensa L€gal del Estado de la Cámara de Diputados aprobó este martes, en su estación en grande, el proyecto de Ley de Prescripción y Consolidación de Depósitos Judiciales, una iniciativa impulsada tras un pr0ces0 de coordinación entre los órganos Ejecutivo, Judicial y Legislativo.

La propuesta establece un marco legal para declarar prescritos los depósitos judiciales 4band0nados o no reclamados y dispone que esos recursos sean consolidados a favor del Órgano Judicial.

Fuente: La Razón

𝗣𝗥𝗢𝗬𝗘𝗖𝗧𝗢 𝗗𝗘 𝗟𝗘𝗬 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔 𝗟𝗔𝗦 𝗗𝗘𝗡𝗨𝗡𝗖𝗜𝗔𝗦 𝗢 𝗔𝗖𝗨𝗦𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗙𝗔𝗟𝗦𝗔𝗦 La Comisión del Senado aprobó un proyecto de ley que busca san...
30/07/2026

𝗣𝗥𝗢𝗬𝗘𝗖𝗧𝗢 𝗗𝗘 𝗟𝗘𝗬 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔 𝗟𝗔𝗦 𝗗𝗘𝗡𝗨𝗡𝗖𝗜𝗔𝗦 𝗢 𝗔𝗖𝗨𝗦𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗙𝗔𝗟𝗦𝗔𝗦

La Comisión del Senado aprobó un proyecto de ley que busca sancionar las denuncias o acusaciones falsas, proteger la presunción de inocencia y establecer mecanismos de reparación para las personas afectadas.

PRINCIPALES SANCIONES PROPUESTAS
-2 a 4 años de prisión: Por denunciar o acusar falsamente a una persona, a sabiendas de su inocencia.
-4 a 6 años de prisión: Cuando la denuncia falsa invoque violencia de género, busque obtener ventajas patrimoniales, asistencia familiar, guarda o régimen de visitas, entre otros supuestos.
-6 a 8 años de prisión: Cuando involucre falsamente delitos contra menores de edad o provoque una detención preventiva o una condena posteriormente revocada.
-8 a 10 años de prisión: Cuando la denuncia falsa atribuya delitos contra la libertad sexual, lesiones graves a niñas, niños o adolescentes, u otros casos agravados previstos en el proyecto.

Además, el proyecto establece la reparación integral de los daños e indemnizaciones para las personas afectadas por denuncias falsas. Es importante recordar que se trata de un proyecto de ley aprobado en comisión, por lo que aún debe cumplir las demás etapas del procedimiento legislativo antes de convertirse en ley vigente.

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