15/04/2026
Juez civil de acumula tres sanciones disciplinarias y continúa en funciones: surgen dudas sobre control del Consejo de la Magistratura
La juez Gabriela Melfi Saucedo Chávez, titular del Juzgado Público Civil y Comercial Nº 26 de Santa Cruz de la Sierra, no solo fue recientemente suspendida por dos meses por retardación de justicia, sino que además registra al menos tres sanciones disciplinarias ejecutoriadas, según un certificado oficial del régimen disciplinario.
El documento emitido por el Consejo de la Magistratura evidencia que la autoridad judicial cuenta con antecedentes reiterados por faltas vinculadas al incumplimiento de sus funciones, en aplicación de los artículos 187-9 y 187-14 de la Ley del Órgano Judicial.
Tres procesos, mismas faltas
De acuerdo al certificado de antecedentes disciplinarios:
En un primer proceso, se declaró probada la comisión de faltas disciplinarias, imponiéndose la sanción de suspensión de funciones, posteriormente confirmada en segunda instancia.
En un segundo trámite, nuevamente se estableció responsabilidad disciplinaria, con otra suspensión confirmada por instancia superior.
En un tercer proceso, más reciente, se volvió a declarar probada la falta, con sanción de suspensión, igualmente ratificada —aunque en parte— en revisión.
Estas resoluciones no son meros procesos en trámite, sino que se encuentran ejecutoriadas, lo que implica que las sanciones ya adquirieron firmeza legal.
Persistencia en el cargo pese a reincidencia
Pese a la reiteración de conductas sancionadas, la juez continúa en funciones, habiendo recibido recientemente una nueva suspensión de dos meses (del 18 de febrero al 18 de abril de 2026) por retardación de justicia, en un contexto donde litigantes denuncian demoras de al menos tres meses en proveídos y admisiones de demanda, además de la necesidad de insistir durante semanas en secretaría para obtener despacho de sus memoriales.
Este escenario plantea una interrogante jurídica relevante: ¿por qué, ante la acumulación de sanciones disciplinarias ejecutoriadas, no se ha promovido un proceso por falta gravísima o la eventual destitución de la autoridad?
Sospechas y cuestionamientos
En el foro jurídico y entre litigantes comienza a tomar fuerza una percepción preocupante: que podría existir algún nivel de protección o encubrimiento institucional dentro del propio Consejo de la Magistratura, al no escalar las sanciones hacia medidas más drásticas frente a una conducta aparentemente reiterada.
Si bien el régimen disciplinario contempla un sistema progresivo de sanciones, la reincidencia en faltas vinculadas a retardación de justicia suele ser considerada un elemento agravante que podría justificar procesos por faltas gravísimas, dependiendo de la valoración de la conducta y sus efectos.
¿Sanciones efectivas o medidas simbólicas?
El caso vuelve a instalar un debate estructural en el sistema judicial boliviano: la eficacia real de las sanciones disciplinarias.
Para la ciudadanía y los operadores de justicia, la pregunta central es si estas suspensiones contribuyen efectivamente a mejorar la celeridad judicial, o si terminan siendo medidas aisladas que no corrigen conductas reiteradas ni previenen nuevas irregularidades.
En un sistema donde la retardación de justicia sigue siendo uno de los principales problemas, la existencia de autoridades con múltiples antecedentes disciplinarios firmes sin consecuencias mayores genera dudas sobre la capacidad del sistema de control para garantizar responsabilidad, transparencia y eficiencia en la administración de justicia.
Fuente El Jurídico