20/05/2020
📌CUOTA ALIMENTARIA, lo más consultado.
¿Qué es? Monto que establece la ley para cubrir las necesidades de niños y adolescentes: alimentación, educación, actividades recreativas, vestimenta, salud, habitación.
¿Quién debe pagarla? Ambos progenitores, de manera proporcional a sus ingresos. Generalmente cuando se determina que un niño viva con un progenitor, la cuota se fija para el progenitor que no convive con su hijo.
¿Cómo se fija? En especie (pago de colegio, obra social, actividades extraescolares) o en dinero; o bien en ambas formas. En caso de que se pague en dinero y el progenitor posee ingresos declarados, se fija un porcentaje de ese ingreso. Si no tiene ingresos fijos, se establece un monto en función del salario mínimo vital y móvil. No hay un porcentaje igual para todos los casos, se debe analizar las necesidades del niño o adolescente con los ingresos del progenitor demandado.
¿Qué pasa ante el incumplimiento del progenitor? Si la cuota alimentaria está fijada en un Acuerdo Transaccional de Alimentos y homologado por el Juez, es una obligación y por lo tanto es ejecutable; se pueden iniciar medidas cautelares sobre los bienes del progenitor incumplidor. Y si no tiene bienes, se podrá pedir al Juez distintas medidas para lograr el pago respectivo. La última instancia es una denuncia penal por incumplimiento del deber de asistencia alimentaria.
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