Estudio Jurídico Manarini

Estudio Jurídico Manarini Somos un Estudio Jurídico que se preocupa de las pequeñas y grandes cosas de tu vida (Jubilaciones con y sin aportes. Pensiones por fallecimiento. Contratos.

Nos especializamos en derecho de familia, laboral, previsional y asuntos civiles.

- En Derecho de Familia nuestro objetivo es brindar un apoyo integral proporcionando una transición armónica al nuevo contexto familiar (Divorcios, alimentos, regímenes de visita o comunicación con los hijos. Tenencia o Responsabilidad Parental)

- En cuanto Derecho Laboral entendemos que nuestro rol es brindar la s

eguridad y estabilidad laboral de nuestros clientes con una mirada prometedora a futuro (Despidos, Reclamos por accidentes o enfermedad profesional. Asesoramiento a empresas)

- La Seguridad Social o derecho previsional es muy importante y nuestra meta es acompañar en la transición hacia un retiro de la manera más justa y placentera. Retiros por Invalidez. Reajustes de haberes)

- En el área Civil asistir y defender los derechos de nuestros clientes apasionadamente (Daños y Perjuicios. Accidentes de tránsito. Cobro de seguros. Desalojos. Sucesiones)

📌Es importante recordar que el trabajador deberá dar aviso de la enfermedad o accidente y del lugar en que se encuentra...
30/09/2022

📌Es importante recordar que el trabajador deberá dar aviso de la enfermedad o accidente y del lugar en que se encuentra, en el transcurso de la primera jornada de trabajo respecto de la cual estuviere imposibilitado de concurrir por alguna de esas causas.

👉Tene en cuenta que podes comunicar de forma directa a tu empleador :

📲Por el medio de comunicación más frecuente que emplees: WhatsApp, Teléfono directo, Email.

También podes hacerlo mediante telegrama gratuito en el Correo Argentino. Si no podes trasladarte podrás comunicarte por teléfono a este número 0810-444- 2677 de Correo Argentino.

☎️El tele fonograma es un servicio gratuito del Correo Argentino que permite comunicar al empleador la ausencia por enfermedad del trabajador y enfermedad o fallecimiento de un familiar directo del trabajador o trabajadora.

🕗Funciona de lunes a viernes de 8:00 a 16:00.

➡ ️ El trabajador comunica su teléfono y luego un operador se comunica con él para tomarle los datos y posteriormente generar el telegrama por escrito al empleador.

Si sufrís un accidente laboral debes denunciarlo. Estos son los diferentes canales donde podés hacerlo:🔸 A través de t...
29/09/2022

Si sufrís un accidente laboral debes denunciarlo. Estos son los diferentes canales donde podés hacerlo:

🔸 A través de tu empleador quien tiene la responsabilidad de denunciarlo en la Aseguradora de Riesgos del Trabajo a la que se encuentra afiliado.

🔸 En la ART que te brinda cobertura a través de su línea de atención gratuita, telegrama laboral gratuito o por nota en la sede de la Aseguradora. También podes hacer la denuncia en alguno de los prestadores médicos de la ART donde recibirá atención médica y se efectuarán los trámites administrativos correspondientes.

👉 Tené en cuenta que cualquier testigo que haya tomado conocimiento del hecho tiene la posibilidad de realizar la denuncia.

📲¡​Si tenés alguna duda o consulta, contactanos estamos para ayudarte!

¿Me pueden despedir por falta o disminución de trabajo? El artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo prevé que cua...
22/09/2022

¿Me pueden despedir por falta o disminución de trabajo?

El artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo prevé que cuando se dispone un despido por causa de ⚠️FUERZA MAYOR o por FALTA o DISMINUCIÓN DE TRABAJO NO IMPUTABLE al empleador⚠️ el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización equivalente a la mitad de la prevista en el artículo 245 de la ley.

El art. 245 establece una indemnización equivalente a un sueldo por año de antigüedad o fracción mayor de 3 meses, en épocas de crisis económicas, algunas empresas suelen apelar discrecionalmente a dicha figura legal para despedir personal abonando la mitad de la indemnización por antigüedad que corresponde en forma “normal”.

📲¡​Si tenés alguna duda o consulta, contactanos estamos para ayudarte!

Hoy te dejamos algunas de las preguntas frecuentes que nos encontramos día a día en nuestro Estudio sobre derecho labora...
20/09/2022

Hoy te dejamos algunas de las preguntas frecuentes que nos encontramos día a día en nuestro Estudio sobre derecho laboral.

¿Qué te pareció esta info? 📲​Para más información al respecto, contactanos, estamos para ayudarte!

👉A todas las personas que están en edad jubilatoria o les faltan pocos años, deben saber que es un periodo muy important...
16/09/2022

👉A todas las personas que están en edad jubilatoria o les faltan pocos años, deben saber que es un periodo muy importante de sus vidas y que pueden transitarlo de una forma simple, sencilla y rápida.

¿Quiere tramitar su jubilación?
¡Asesórese con profesionales!

15/09/2022
11 de Septiembre - Día del Maestro¡Desde el Estudio Jurídico Manarini, saludamos a todos nuestros docentes en su día!Si ...
11/09/2022

11 de Septiembre - Día del Maestro

¡Desde el Estudio Jurídico Manarini, saludamos a todos nuestros docentes en su día!

Si te sirvió esta info, apretá en el botón de guardar! 📁👇🏼 Así la podés tener siempre a mano 😉. Si todavía te queda alguna duda, contactanos, estamos para ayudarte!

La porción disponible depende del heredero a quien quieras hacerle la donación en vida. La ley determina los siguientes ...
09/09/2022

La porción disponible depende del heredero a quien quieras hacerle la donación en vida. La ley determina los siguientes valores:
👉Si le donás a un descendiente: su legítima es de ⅔ de los bienes de la herencia, por lo que tu porción disponible, será de ⅓.
👉Si le donás a un ascendiente: su legítima es de ½ de los bienes de
la herencia, por lo que tu porción disponible, será de ½.
👉Si le donás a tu cónyuge: su legítima es de ½ de los bienes de la
herencia, por lo que tu porción disponible, será de ½.
⚠️​En caso de que los herederos sean variados, siempre hay que tener como valor válido el de la porción mayor.⚠️​

¿Alguna duda con este tema? Te leemos en comentarios!

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06/09/2022

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En nuestro país no es posible desheredar, ya que esta figura se suprimió con la reforma al código civil en el año 2015.⚖...
01/09/2022

En nuestro país no es posible desheredar, ya que esta figura se suprimió con la reforma al código civil en el año 2015.

⚖ Lo más parecido a lo que conocemos como "desheredar a alguien" es LA INDIGNIDAD.

👉🏼 Que alguien sea declarado indigno significa que pierde su calidad de heredero y no puede recibir ningún bien. Para que alguien sea declarado heredero indigno deben existir ciertas causas.

📌¿Cuáles son?
🔸 Que haya sido declarado culpable de algún delito en contra de la persona fallecida.
🔸 Que haya maltratado gravemente al fallecido/a, u ofendido gravemente su memoria.
🔸 Que haya acusado o denunciado al causante por un delito, excepto que la víctima sea el acusador, su cónyuge o conviviente, su descendiente, ascendiente o hermano, o haya obrado en cumplimiento de un deber legal.
🔸 Si omite la denuncia de la muerte del causante, dentro de un mes de ocurrida, excepto que antes de ese término la justicia proceda en razón de otra denuncia o de oficio.
🔸 Los parientes o el cónyuge que no hayan suministrado al fallecido los alimentos debidos, o no lo hayan dejado en establecimiento adecuado si no podía valerse por sí mismo.
🔸 El padre extramatrimonial que no haya reconocido voluntariamente al hijo/a fallecido mientras era menor de edad.
🔸 El padre o la madre del hijo/a fallecido que haya sido privado de la responsabilidad parental.
🔸 Los que hayan inducido o coartado la voluntad del fallecido para que otorgue testamento o deje de hacerlo, o lo modifique, así como los que falsifiquen, alteren, sustraigan, oculten o sustituyan el testamento.

¿Qué te pareció esta info? 📲​Para más información al respecto, contactanos, estamos para ayudarte!

Ya tomaste la decisión de renunciar a tu trabajo?😌👉🏼 Nosotros te ayudamos a hacerlo de manera adecuada, respetando las f...
01/09/2022

Ya tomaste la decisión de renunciar a tu trabajo?😌👉🏼 Nosotros te ayudamos a hacerlo de manera adecuada, respetando las formas establecidas por la ley ⚖️.

1️⃣ Comunicar a tu empleador tu decisión de RENUNCIAR al trabajo con 15 días de anticipación.
2️⃣ Ir hasta cualquier sucursal de Correo Argentino y adquirir el Telegrama de Renuncia. Este telegrama debe ser entregado de manera gratuita al trabajador. 🔎 Existen 2 modelos de telegrama de Renuncia, por un lado el primero incluye preaviso el segundo no.
3️⃣ Completar con los datos del destinatario (EMPLEADOR) como así también los suyos y la comunicación de que renuncia a sus tareas laborales habituales.
4️⃣ Entregar el mismo en el Correo Argentino, quien solicitará acredite su identidad mediante DNI o PASAPORTE.
5️⃣ Por último se le hará entrega del duplicado del telegrama, sellado y con la fecha de entrega, que deberá conservar.

👉🏼 Tené en cuenta que si renuncias después perdes la posibilidad de reclamar algunos de tus derechos laborales.
¿Te sirvió esta información? 🤔 Apretá en el botón de guardar así la tenés a mano!

¡Felicidades a todos los colegas en nuestro día!-
29/08/2022

¡Felicidades a todos los colegas en nuestro día!
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Lunes 09:00 - 12:00
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