Estudio Jurídico Rigalt

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Manuel Belgrano 54, Villa María, Córdoba.

24/09/2022

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24/09/2022

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23/09/2022

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¿Quién puede ser excluido de una herencia?La “Indignidad” para suceder es una causa por la cual una persona queda exclui...
01/09/2022

¿Quién puede ser excluido de una herencia?

La “Indignidad” para suceder es una causa por la cual una persona queda excluida de una sucesión y no puede recibir bienes del causante.

¿Quiénes son indignos y no heredan?
🔹Los autores o cómplices de algún delito doloso cometido contra el causante, sus hijos, padres, cónyuge, conviviente o hermanos.

🔹Los que maltrataron al causante u ofendieron su memoria.

🔹Los que acusaron o denunciaron al causante por un delito, salvo que la víctima del delito sea el acusador o su familia.

🔹Los que no hicieron la denuncia de la muerte del causante ocurrida por causa de un delito doloso dentro de un mes de sucedida.

🔹Los parientes o el cónyuge que no le dieron al causante los alimentos debidos, o no lo llevaron a un establecimiento adecuado si no podía valerse por sí mismo.

🔹El padre extramatrimonial que no reconoció en forma voluntaria al causante cuando fue menor edad.

🔹El padre o la madre del causante que fue privado de la responsabilidad parental.

🔹Los que influyeron en la voluntad del causante para que otorgue testamento, deje de hacerlo, o lo modifique.

🔹Los que falsificaron, alteraron, sustrajeron, ocultaron o sustituyeron el testamento.

Por consultas, comunicarse por este medio o al siguiente número:
353 4214315 (Llamadas o WhatsApp).

Cuando han quedado bienes registrables es necesario hacer una declaratoria de herederos para poder cambiar de titularida...
09/08/2022

Cuando han quedado bienes registrables es necesario hacer una declaratoria de herederos para poder cambiar de titularidad registral, ya sea a los herederos o para venderlos a terceros.

¿Qué documentación se necesita para iniciar la declaratoria?

-Certificado de defunción
-Acta de matrimonio
-Partida de nacimiento
-En caso de herederos testamentarios se debe acompañar el testamento

Por consultas, comunicarse por este medio o al siguiente número:
353 4214315 (Llamadas o WhatsApp).

07/07/2022

Partes: A. P. N. en nombre y representación de sus hijos menores L. A., A. P. , M. A. Y G. B. c/ A. A. B. y/u otros s/ alimentos Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: Fecha: 17 de mayo de 2022 Colección: ...

16/06/2022
05/05/2022
21/04/2022
🔹¿Qué es el comodato?🔹Es un contrato o préstamo de uso, por el que una de las partes entrega a la otra, una cosa no fung...
25/03/2022

🔹¿Qué es el comodato?🔹

Es un contrato o préstamo de uso, por el que una de las partes entrega a la otra, una cosa no fungible para que use de ella durante cierto tiempo, transcurrido el cual habrá de devolverla. Es un contrato real, unilateral, gratuito y de mera tenencia, pues el comodatario es consciente de que no le pertenece aquello que le han prestado.

🔹¿Qué obligaciones tiene el comodatario?🔹

La persona que recibe prestado un objeto intangible deberá: saldar los gastos ordinarios necesarios para el uso y conservación de la cosa prestada.
Será responsable de la pérdida de la cosa, aunque ésta fuera por caso fortuito, en los siguientes casos:
Si destinara el objeto a un uso diferente del debido.
Si conservara la cosa en su poder más tiempo del establecido.
Si el objeto fue entregado en tasación.
No estará obligado a pagar los deterioros que aparezcan en la cosa por mero uso.
No podrá retener el objeto prestado hasta que el comodante le devuelva lo que le debiera.

🔹¿Cuáles son las obligaciones del comodante?🔹

Podrá reclamar la cosa prestada, solo cuando se haya concluido el uso para el que se prestó. Si necesitara utilizarla urgentemente, podrá reclamar únicamente es su restitución.
Sin embargo, podrá reclamar el objeto prestado si en el contrato no se hubiera estipulado ni el uso, ni la duración del comodato.
Tendrá que pagar los gastos extraordinarios que surgieran a raíz del uso de la cosa.
El comodante deberá avisar de los vicios del objeto prestado (si los tuviera), porque de lo contrario, responderá de todos los daños que sucedieran por esas causas.

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