20/11/2025
Tu empleador puede convocarte a trabajar el día 21/11 o no, en ambos casos deberían pagarte como si hubieses ido, y se abona como un día normal, no cómo feriado.
En Estudio Jurídico Cerdán Vallejo Cerdán y asoc estamos para asesorarte y acompañarte en cualquier problema legal que tengas.
Nos encontramos en Villa Dolores, Córdoba pero tenemos jurisdicciones en la provincia de San Luis y Buenos Aires
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