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Felicidades!!!
31/12/2022

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01/10/2019

Un hombre tuvo hace siete años un hijo extramatrimonial con una amante, y se negó a reconocer su paternidad. Ante la demanda de la mujer, el juez de Familia de Villa Constitución, Oscar Davini (foto), lo sentenció a pagar 350 mil pesos al niño y...

Feliz Noche buena y Navidad! Que lluevan bendiciones en estas fiestas sobre sus familias 🎄🎍⛄! Es nuestro deseo a cliente...
25/12/2018

Feliz Noche buena y Navidad! Que lluevan bendiciones en estas fiestas sobre sus familias 🎄🎍⛄! Es nuestro deseo a clientes y amigos! ❤. Un fuerte abrazo!

Feliz día del trabajador!!!  Vos nos das trabajo y es nuestro compromiso. Gracias por acompañarnos!!!
01/05/2017

Feliz día del trabajador!!! Vos nos das trabajo y es nuestro compromiso. Gracias por acompañarnos!!!

20/03/2017

Nuevo Código Civil/Noticias por tema/Noticias por fuero/Superior Tribunal Provincial
Matrimonios y algo menos
La Corte Suprema bonaerense declaró abstracta una sentencia que determinó el divorcio por culpa exclusiva del marido al aplicar el nuevo Código Civil y Comercial. Los jueces explicaron que con la nueva regulación no existen cuestiones ligadas a la culpabilidad o inocencia de las partes.
los autos "M. , L. V. contra C. , F.O. . Divorcio contradictorio", la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata confirmó la sentencia que decretó el divorcio por culpa exclusiva del marido basado en la causal de injurias graves. Contra dicho pronunciamiento, el demandado interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
Para resolver el caso, los miembros de la Corte Suprema de Justicia bonaerense explicaron que, si bien la causa comenzó con el anterior Código Civil, la sentencia aún no se encuentra firme por lo que el vínculo matrimonial entre las partes subsiste y es, por lo tanto, una "situación jurídica" a la que corresponde aplicar la nueva normativa en la que se introduce un régimen de divorcio sin expresión de causas.
En ese marco, los magistrados expresaron que se torna abstracto cualquier pronunciamiento de acerca de la cuestión relativa a la culpabilidad o inocencia en el divorcio. Por ello, dado que en el caso el impugnante se agravia de la declaración de culpabilidad por la cual se decretó el divorcio, el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido en esos términos no puede ser considerado.
Con la intención de evitar conflictos familiares, los jueces consideraron que corresponde el dictado inmediato del divorcio, aun cuando no se cuente con el convenio regulador en el expediente, "sin perjuicio de que en la instancia de origen se les requiera a las partes el debido cumplimiento de los arts. 438 y 439 del Código Civil y Comercial".
En conclusión, los integrantes del Máximo Tribunal sostuvieron que corresponde remitir las actuaciones a la instancia de origen con el objeto de que las partes readecuen sus pretensiones a la nueva normativa.
Por lo expuesto, los ministros resolvieron declarar abstracta la cuestión relativa a la culpabilidad e inocencia en el divorcio.

13/03/2017

La IMPORTANCIA de la PRUEBA PERICIAL tiene una finalidad específica, que la distingue de todos los demás medios de prueba: " Es un medio de prueba que pretende proporcionar al juez los conocimientos científicos o tecnológicos (no los jurídicos), necesarios para poder resolver la controversia que se le ha planteado".

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