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Estudiojuridicovt FERNANDEZ - CUILICI & asoc.

10/10/2021

🤔¿Te quedaron dudas de régimen de comunidad?

🤓 Existen tres factores que funcionan como principios generales que nos ayudan a entender la lógica que utiliza el CCCN para determinar cuándo un bien debe repartirse porque es ganancial, y cuándo no se reparte porque es de propiedad exclusiva de uno de los cónyuges (bien propio).

1)⏰ El tiempo o momento de adquisición del bien

Son PROPIOS los bienes adquiridos ANTES de celebrarse el matrimonio.

Por lo tanto, los bienes adquiridos con POSTERIORIDAD se presumen GANANCIALES.

Cuando la realidad no coincida con este principio general por el modo o las circunstancias especiales en que se adquirió el bien, se puede acreditar lo contrario presentando la correspondiente prueba ante el juez.

Ejemplo: Siendo novios, sólo uno de los futuros esposos paga todas las cuotas de un terreno que se compra por boleto de compraventa, pero que se escritura finalmente cuando ya contrajeron nupcias. Es un bien propio aunque esa escritura se realice cuando ya están casados).

2)💰 La causa o título de adquisición

Son PROPIOS los bienes adquiridos en forma GRATUITA (por herencia, legado o donación). Ejemplo: los bienes que se transmiten en una sucesión.

Por lo tanto, se presumen GANANCIALES los bienes obtenidos en forma ONEROSA (mediante el pago correspondiente para adquirir el bien).

3) 🔄 La subrogación real

Es reemplazar una cosa por otra nueva.

Con este supuesto, se trata de que el bien nuevo adquirido mantenga la misma calidad del bien de origen.

Ejemplo: Si una persona casada hereda de una sucesión ×××× pesos (ese dinero tiene carácter de PROPIO) y luego con esa plata se compra un auto, ese auto comprado durante el matrimonio es un bien PROPIO y no ganancial, ya que los fondos utilizados para su compra tienen un origen PROPIO.
👁Sin embargo, si el saldo es superior al valor del aporte propio, el nuevo bien es GANANCIAL, sin perjuicio de la recompensa debida al cónyuge propietario.

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❗El Nuevo CCCN, reemplaza a su antecesor, sancionado en 1869 (Cód. de Velez). Incorpora nuevos derechos, algunos:💍Matrim...
10/10/2021

❗El Nuevo CCCN, reemplaza a su antecesor, sancionado en 1869 (Cód. de Velez). Incorpora nuevos derechos, algunos:

💍Matrimonio. No hay distinciones entre varón y mujer a los efectos de quiénes pueden unirse en matrimonio.

💍Unión convivencial (concubinato), pueden unirse personas, del mismo o de diferente s**o, basada en una relación afectiva, que conviven y comparten un proyecto de vida en común, impera la autonomía de la voluntad de la pareja, que con ‘pactos de convivencia’ podrá regular diferentes aspectos de su vida en común. Se protege la vivienda familiar y, en caso de muerte de uno de los convivientes, se otorga al sobreviviente el derecho de habitación gratuito del hogar que compartían por un plazo de dos años.

💰Régimen patrimonial del matrimonio. Posibilidad de optar entre el régimen de comunidad de ganancias, y el de separación de bienes, aunque, aun cuando se opte por el régimen de separación de bienes, el inmueble asiento del hogar conyugal queda especialmente protegido al requerir el asentimiento de ambos cónyuges para cualquier acto de disposición.

📈Divorcio. Podrá ser solicitado por uno o ambos cónyuges, sin requisitos temporales. Además, los cónyuges pueden hacer propuestas y acordar sobre los efectos que tendrá la disolución.

👨‍👦👩‍👦Responsabilidad parental. Con el nuevo cuerpo normativo las tareas de cuidado personal que realiza el progenitor que ha asumido el cuidado personal del hijo tienen un valor económico y constituyen un aporte a su manutención.

⚰Sucesiones. se aumenta la porción disponible de la herencia: en caso de tener descendientes, se puede disponer de hasta un tercio del valor de los bienes y, si hay ascendientes, se puede disponer de la mitad.

🥊Capacidad. La regla pasa a ser la capacidad: es decir que todas las personas son capaces, y la declaración de incapacidad resulta la última opción legal.

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03/10/2021

🇦🇷Las vacaciones son un derecho del que gozan los trabajadores en relación de dependencia.

⛔El empleador tiene la potestad de diagramar las vacaciones, dentro del período establecido por la misma ley.

🤔¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?

🗓Depende de la antigüedad que tengas en tu empleo.

🔸️Cuando la antigüedad no pase de 5 años: 14 días corridos.

🔸️Cuando la antigüedad sea mayor de 5 años y no pase de 10 años: 21 días corridos.

🔸️Cuando la antigüedad sea mayor de 10 años y no pase de 20 años: 28 días corridos.

🔸️Cuando la antigüedad pase los 20 años: 35 días corridos.

❗Los CCT que regulan las diferentes actividades pueden prever una mayor cantidad de días de vacaciones.

🤔¿Tengo que reunir algún requisito para tener derecho a mis vacaciones?

✔Sí, tenés que haber trabajado, como mínimo, durante la mitad de los días hábiles del año correspondiente.

Se consideran como hábiles los días feriados en los que trabajaste.

✔Si no alcanzas el minimo trabajdo, se computará a razón de 1 día de vacaciones por cada 20 días efectivamente trabajados.

⚠️Su finalidad es que el trabajador goce de un período de descanso reparador de la integridad física y psíquica, disfrutando plenamente del esparcimiento y proteger su salud. Es por eso que las vacaciones deben ser efectivamente gozadas y no se pueden cambiar por dinero, salvo en caso de extinción de la relación laboral.

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¿El CUIL es lo mismo que el CUIT?NO, no son lo mismo.El CUIL es asignado por ANSES (Administración Federal de Ingresos P...
29/09/2021

¿El CUIL es lo mismo que el CUIT?

NO, no son lo mismo.

El CUIL es asignado por ANSES (Administración Federal de Ingresos Públicos) y sus siglas significan: Código Único de Identificación Laboral.
El CUIL identifica a cada persona de forma particular, en su actividad laboral o para acceder al sistema de jubilaciones y pensiones, asignaciones y demás beneficios otorgados estatalmente., como las Asignaciones Familiares o la Asignación Universal por Hijo. También para realizar trámites ante otras entidades que lo requieran por ejemplo AFIP.
Está conformado por 2 números (20/23/24/27) delante del Número de documento y un número detrás.

En cambio el CUIT (Código Único de Identificación Tributaria) es una clave que otorga la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para ser utilizada dentro del sistema tributario de la República Argentina y permite identifica a empresas, comercios y trabajadores autónomos obligados a tributar.

A través del Boletín Oficial el gobierno nacional publicó la resolución en la que el número de CUIL (Código Único de Identificación Laboral) y CUIT (Código Único de Identificación Tributaria) no se va a vincular más con el género de las personas, garantizando la libertad de todas las personas a la hora de ejercer el género que se auto perciben.
Esta es una decisión que se tomó en conjunto con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

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30/08/2021

Por qué el 29 de agosto es el día de abogado?
Se conmemora en ocasión del aniversario de Juan Bautista Alberdi. La fecha, establecida por la FACA, en homenaje al autor de las Bases y Puntos de Partida para la Organización de la República Argentina, texto que se considera fuente de la CN.

29/08/2021

⏩Ambos progenitores 👬 👫 👭, tienen la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna, aunque el cuidado personal esté a cargo de uno de ellos.

El concepto de alimento, incluye todo lo necesario para la subsistencia y desarrollo de niños y adolescentes. 📚⚽🍴👖👟👕🎷

A pesar de que a los 18 años cesa la responsabilidad parental, se considera que la obligación alimentaria de los progenitores continúa hasta los 21 años. (Art.568 CCCN)

⛔El problema se presenta en el caso de los menores con doble vínculo filial 🏠🏠 cuando los progenitores no conviven (sea por haber decidido dejar de hacerlo o porque nunca hayan convivido). Este es el supuesto en que el cuidado personal tendrá efectos directos y esenciales a la hora de reclamar la cuota alimemtaria al progenitor no convivinete.🔻

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¿Qué VENTAJAS tiene el TRABAJO NO REGISTRADO O EN NEGRO para el👷?NINGUNA 👎!!!👎No cuenta con “RECIBO DE SUELDO” quedando ...
25/08/2021

¿Qué VENTAJAS tiene el TRABAJO NO REGISTRADO O EN NEGRO para el👷?

NINGUNA 👎!!!

👎No cuenta con “RECIBO DE SUELDO” quedando el trabjador automáticamente excluido del sistema crediticio, pues al carecer de constancias que demuestren sus ingresos (recibos de sueldo) no podrá solicitar préstamos o financiamientos de ninguna índole ni acceder al sistema bancario o de tarjetas de crédito.
👎Tampoco podrá g***r de los beneficios del FONDO DE DESEMPLEO en caso de despido.
👎Suelen GANAR MENOS que lo que les correspondería por CCT.
👎Suele no cobrar AGUINALDO.
👎Lo separará de los beneficios de la seguridad social (a él y a su familia) y del sistema de OBRA SOCIAL.
👎No cuenta con ART por lo tanto, no esta cubierto en caso de accidente de trabajo. Por ende excluido de las prestaciones en especie y dinerarias necesarias cuando es víctima de una enfermedad o accidente de trabajo.
👎No tienen prestaciones de ANSES, es decir no estás haciendo contribuciones a tu futura jubilación.
👎No tienen VACACIONES o no son pagas.
👎No suelen cobrar los días de licencia médica.
👎Los derechos laborales están condicionados a la buena (o mala) voluntad de tu empleador.
👎El empleo no registrado perjudica directamente al Estado y a la sociedad toda. En primer lugar, genera una desfinanciación de los sistemas de seguridad social y de obras sociales, al no ingresar los fondos respectivos por aquellos trabajadores contratados en condiciones ilegítimas

❗Esta enumeración no es taxativa, sino que es enunciativa, podría haber muchas falencias😱 que importan un detrimento en menoscabo a tus derechos!

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📌 Resolución 346/19 MPyT, ❗El empleador puede optar por utilizar recibos de sueldos en papel o digitales.📃💻 🔍Cualquiera ...
24/08/2021

📌 Resolución 346/19 MPyT,

❗El empleador puede optar por utilizar recibos de sueldos en papel o digitales.📃💻

🔍Cualquiera sea el formato en que se emitan, deben cumplir con los requisitos exigidos por la ley 20.744 y si correspondiera por las disposiciones de la ley 25.506.

👷El dependiente debe tener la posibilidad de firmar en disconformidad.📝

💻 El sistema debe permitir que el asalariado pueda guardar copias de los recibos.

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