26/02/2021
✍El proceso o "Juicio" de SUCESIÓN se compone de tres etapas:
☑️Demanda de Inicio:
Consiste en presentar formalmente a los herederos ante el juzgado competente para dar inicio al trámite. Se le requeiere por escrito al Juez, a través de una demanda de sucesión para que una vez cumplidos los requisitos legales, dicte la Declaratoria de Herederos.
☑️Trámites/ Declaratoria de Herederos:
A partir de la demanda de inicio, el juez ordenará publicar edictos en el boletín oficial y un diario zonal del fallecimiento del causante por el plazo de 30 días, citando a posibles herederos o acreedores y a todo aquél que se considere con derecho sobre la sucesión, para que efectúen los planteos que correspondan. Mientras tanto se formulan averiguaciones sobre eventuales testamentos del fallecido, beneficios del instituto de Previsión social, y probables trámites sucesorios iniciados con anterioridad sobre el mismo sujeto.
Cumplidas las medidas y acreditados los vínculos familiares, el juez dicta la "Declaratoria de Herederos" donde determina que por el fallecimiento del causante, le suceden las personas señaladas por la ley, denominadas "herederos".
☑️División de la herencia/ Inscripción de bienes:
La tercera etapa trata de la división de la herencia e inscripción de los bienes adjudicados a los herederos en los respectivos Registros de la Propiedad, o la entrega de dinero, o el traspaso de fondos si existieren.
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