03/09/2026
PERIODO A PRUEBA LABORAL
➡️El plazo del período de prueba es de 6 meses (anteriormente era de 3).
Este período puede extenderse según la cantidad de empleados de la empresa, siempre que esté contemplado en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT):
Hasta 8 meses: en empresas de 6 a 100 empleados.
Hasta 1 año: en empresas de hasta 5 empleados.
IMPORTANTE : Si el convenio colectivo no regula una extensión, se aplica únicamente el plazo general de 6 meses.
➡️Para que el período de prueba sea válido, el empleador debe registrar la relación laboral desde el primer día. Si el trabajador no está registrado o figura de manera incorrecta no aplican los beneficios del período de prueba, y en caso de despido, corresponden todas las indemnizaciones previstas por ley.
➡️Durante el período de prueba, el trabajador conserva todos sus derechos laborales, incluyendo:
Licencias por enfermedad
Cobertura de ART y obra social
Aportes jubilatorios
Pago de horas extras, entre otros
➡️Durante este plazo, cualquiera de las partes puede dar por finalizada la relación laboral sin necesidad de justificar la causa y sin obligación de pagar indemnización por despido