13/04/2026
No siempre el problema en materia de alimentos es el incumplimiento.
Muchas veces, el verdadero conflicto está en algo más complejo:
OCULTAR la verdadera capacidad económica para pagar menos.
📌 Esto no solo es injusto…
también puede ser DELITO.
En un fallo bastante reciente:
“F. A. C. s/ incumplimiento de los deberes de asistencia familiar”
(Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de CABA, Sala I, 23/12/2025 – MJ-JU-M-159022-AR)
👉 Se condenó a un progenitor que ocultó parte de su patrimonio mediante maniobras societarias y comerciales, impidiendo que se fijara una cuota acorde a su verdadera situación económica.
⚖️ La Justicia entendió que esta conducta:
✔ Frustra el cálculo real de la cuota alimentaria
✔ Perjudica directamente al hijo
✔ Y configura el delito de insolvencia alimentaria fraudulenta (art. 2 bis Ley 13.944)
💡 Esto es clave:
No solo se sanciona el “no pago”…
también las estrategias para aparentar que no se puede pagar.
⚠️ Y en muchos casos, quien termina absorbiendo esa diferencia es el otro progenitor.
📩 Si estás en una situación donde sospechás ocultamiento de ingresos o bienes, asesorarte a tiempo puede cambiar el resultado. Hagamos que lo injusto, se vuelva justo!!!