23/09/2024
⚠️ ATENCIÓN ⚠️
El Poder Ejecutivo modificó los requisitos para el otorgamiento de la Pensión No Contributiva por Invalidez.
Mediante el decreto 843/2024, publicado en el Boletín Oficial del día de hoy, el Poder Ejecutivo dispuso restablecer los requisitos de:
✅ Encontrarse incapacitado en forma total y permanente
✅ No poseer un vínculo laboral formal ni estar inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente para poder acceder a la Pensión No Contributiva por Invalidez.
La Agencia Nacional de Discapacidad será el organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Salud, estará facultada a dictar las normas aclaratorias y complementarias que sean necesarias para la implementación del decreto y determinará los criterios, procedimientos y documentación necesaria para el acceso y mantenimiento de las prestaciones instituidas por el artículo 9° de la Ley N° 13.478 reglamentario para para el otorgamiento de pensiones a la vejez y por invalidez.
La Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral se encuentra sujeta a revisión y/o auditoría médica y socioeconómica, y podrá pedirse su revalidación según lo determine la Autoridad competente.
Lo dispuesto por el presente decreto será aplicable a las pensiones ya otorgadas y a las que se otorguen en el futuro.-