09/09/2021
Podes solicitarlo en cualquier momento desde que se celebro el matrimonio.
*Solo los cónyuges pueden iniciarlo de forma unilateral o conjunta.
*No tenes que expresar motivos o causa alguna.
*Es un procedimiento breve y sencillo.
*El único requisito es la presentación de un convenio regulador de los efectos del divorcio, como la división de bienes, cuota alimentaria, división de la vivienda conyugal o de una propuesta de convenio, si el pedido es unilateral.
En el caso de que susciten diferencias respecto del convenio regulador, las cuestiones pendientes serán resueltas por el juez, de conformidad al procedimiento previsto en la ley local.
Las partes deberán cumplir con el trámite de mediación, y en su caso, si fracasa, iniciar las acciones de las cuestiones no convenidas o no resueltas por el trámite de juicio. Si no se llega a un acuerdo la sentencia de divorcio se dicta igual.
Necesitas llevarle a tu abogado acta de matrimonio expedida por el registro civil y partidas de nacimientos en el caso de que existan hijos menores de edad.
No dudes en consultarnos!!
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