Estudio Jurídico PS

Estudio Jurídico PS Estudio Jurídico Integral, especializado en Previsión Social.
-.Tu Futuro En Buenas manos.-

🗓️ El 29 de Septiembre se publicó el Decreto 674/2021 en el Boletín Oficial. Por medio de este Decreto el Gobierno Nacio...
02/10/2021

🗓️ El 29 de Septiembre se publicó el Decreto 674/2021 en el Boletín Oficial. Por medio de este Decreto el Gobierno Nacional insituyó la denominada "Prestación Anticipada".

🤔 ¿Que beneficios trae este anticipo jubilatorio?

✅ Es una posibilidad de acceder a los beneficios jubilatorios para todas aquellas personas (hombres y mujeres) que cumplen con los 30 años de aportes que son requeridos en ANSES, pero no con la edad necesaria.

✒️ ¿Quienes pueden acceder a este anticipo?:

📌 Mujeres de entre 55 y 59 años,
📌 Hombres de entre 60 y 64 años,

👍 Recordá que para poder acceder, es requerido cumplir con los 30 años de aportes al día de la fecha y encontrarse desocupado a junio del 2021.

‼️ Se accederá al cobro de un 80% del haber que correspondería por la jubilación ordinaria, hasta llegar a la edad necesaria para adquirirla ‼️

📲 Si te encontras comprendido/a en alguna de estas circunstancias comunicate con nosotros al 342 6 155501, solicita tu consulta y te brindaremos el mejor asesoramiento y gestión para hacer valer los derechos que te corresponden.

⚖️ Estudio Jurídico PS. INTEGRAL - Abogados matriculados. Especialistas en el ejercicio del DERECHO PREVISIONAL.

🗓️ Desde el 𝐄𝐒𝐓𝐔𝐃𝐈𝐎 𝐉𝐔𝐑𝐈𝐃𝐈𝐂𝐎 𝐏𝐒 les hacemos llegar a todos los jubilados y jubiladas de ANSES el calendario de pagos, el...
30/08/2021

🗓️ Desde el 𝐄𝐒𝐓𝐔𝐃𝐈𝐎 𝐉𝐔𝐑𝐈𝐃𝐈𝐂𝐎 𝐏𝐒 les hacemos llegar a todos los jubilados y jubiladas de ANSES el calendario de pagos, el cual contiene las fechas de inicio de cobro correspondientes al mes de SEPTIEMBRE DEL 2021.

📌 Para ello se tiene en cuenta:

✅ Primero: si el haber a cobrar es mayor o menor de $29.135.
✅ Segundo: el último número de tu DNI.

👵👴 Recordá que en caso de que necesites comenzar con tus trámites jubilatorios, o cualquier otra inquietud respecto a ello podes obtener una consulta con nuestros profesionales contactandote al 3426155501.

✒️ Te brindaremos el mejor asesoramiento y gestión para que obtengas y cobres lo que te corresponde.

⚖️ 𝘈𝘣𝘰𝘨𝘢𝘥𝘰𝘴 𝘮𝘢𝘵𝘳𝘪𝘤𝘶𝘭𝘢𝘥𝘰𝘴. 𝘌𝘴𝘱𝘦𝘤𝘪𝘢𝘭𝘪𝘴𝘵𝘢𝘴 𝘦𝘯 𝘦𝘭 𝘦𝘫𝘦𝘳𝘤𝘪𝘤𝘪𝘰 𝘥𝘦𝘭 𝘋𝘌𝘙𝘌𝘊𝘏𝘖 𝘗𝘙𝘌𝘝𝘐𝘚𝘐𝘖𝘕𝘈𝘓.

🏍️🚙 Tuve un accidente con el auto/moto... ¿ Tengo que realizar la denuncia en mi Compañia Aseguradora ?✒️ Si, y siguiend...
10/08/2021

🏍️🚙 Tuve un accidente con el auto/moto... ¿ Tengo que realizar la denuncia en mi Compañia Aseguradora ?

✒️ Si, y siguiendo la letra de la Ley de Seguros, debés realizar la denuncia correspondiente teniendo presente que tenes 72 hs. desde que tenés conocimiento del siniestro para llevarla a cabo.

❗ Recorda que quedarás exceptuado/a del plazo de las 72hs. siempre que concurra:

📌 caso fortuito,
📌 fuerza mayor
📌 imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia

(deberá luego ser demostrado debidamente)

🤔 ¿ Que puede ocurrir en el caso de pasar por alto realizar la denuncia ?

✒️ La misma ley de seguros establece que el asegurado que omite realizar la denuncia correspondiente, pierde el derecho a ser indemnizado. Algo que muchas veces en la práctica se torna más flexible, pero siempre es conveniente para evitar cualquier disgusto REALIZAR LA DENUNCIA EN TIEMPO Y FORMA.

👍 Recordá que en caso de haber sufrido algún siniestro, de necesitar reclamar ante tu compañia aseguradora o cualquier situación similiar que necesites la protección de tus derechos, podes consultar a nuestro equipo de profesionales.

📲 Para ello comunicate con nosotros al 342 6 155501, solicita tu consulta y te brindaremos el mejor asesoramiento y gestión para hacer valer los derechos que te corresponden.

⚖️ Estudio Jurídico PS. INTEGRAL - Abogados matriculados. Especialistas en el ejercicio del DERECHO PREVISIONAL.

🗓️ Desde el 𝐄𝐒𝐓𝐔𝐃𝐈𝐎 𝐉𝐔𝐑𝐈𝐃𝐈𝐂𝐎 𝐏𝐒 les hacemos llegar a todos los jubilados y jubiladas de ANSES el calendario de pagos, el...
29/07/2021

🗓️ Desde el 𝐄𝐒𝐓𝐔𝐃𝐈𝐎 𝐉𝐔𝐑𝐈𝐃𝐈𝐂𝐎 𝐏𝐒 les hacemos llegar a todos los jubilados y jubiladas de ANSES el calendario de pagos, el cual contiene las fechas de inicio de cobro correspondientes al mes de AGOSTO DEL 2021.

📌 Para ello se tiene en cuenta:

✅ Primero: si el haber a cobrar es mayor o menor de $25.923.
✅ Segundo: el último número de tu DNI.

👵👴 Recordá que en caso de que necesites comenzar con tus trámites jubilatorios, o cualquier otra inquietud respecto a ello podes obtener una consultar con nuestros profesionales contactandote al 3426155501.
✒️ Te brindaremos el mejor asesoramiento y gestión para que obtengas y cobres lo que te corresponde.
⚖️ 𝘈𝘣𝘰𝘨𝘢𝘥𝘰𝘴 𝘮𝘢𝘵𝘳𝘪𝘤𝘶𝘭𝘢𝘥𝘰𝘴. 𝘌𝘴𝘱𝘦𝘤𝘪𝘢𝘭𝘪𝘴𝘵𝘢𝘴 𝘦𝘯 𝘦𝘭 𝘦𝘫𝘦𝘳𝘤𝘪𝘤𝘪𝘰 𝘥𝘦𝘭 𝘋𝘌𝘙𝘌𝘊𝘏𝘖 𝘗𝘙𝘌𝘝𝘐𝘚𝘐𝘖𝘕𝘈𝘓.

📘 ¿Que es el impuesto a las Ganancias? 🖋️ Este es uno de los impuestos conocidos como "progresivos", de modo que quienes...
27/07/2021

📘 ¿Que es el impuesto a las Ganancias?

🖋️ Este es uno de los impuestos conocidos como "progresivos", de modo que quienes más ingresos tienen, mayor es el monto que deben afrontar. Es un impuesto que como su nombre lo indica grava las ganancias de los contribuyentes, los cuales pueden ser personas físicas o empresas.

📘¿Tengo que afrontar el impuesto si soy JUBILADO/A ?

🖋️ En principio no. Desde el mes de Enero del 2021 una de las tantas modificaciones que trajo la ley N° 27.346, fue la de elevar el piso mínimo en los montos de haberes mensuales para poder ser alcanzado/a por este gravamen.
Hasta el año 2020, si los haberes mensuales superaban el monto equivalente a seis jubilaciones mínimas, debías pagar ganancias. Actualmente este monto se elevó a ocho jubilaciones mínimas, tanto en ANSeS como en la provincia de Santa Fe.

📙 Montos a partir de los cuales se gravará con el Impuesto a las Ganancias:

📌 Enero- Febrero: $ 152.282,32
📌 Marzo- Abril- Mayo $ 164.571,52
📌 Junio- Julio- Agosto $ 184.516,80

❗ Estos montos se actualizarán cada 3 meses !

‼️No podrás g***r del beneficio de no pagar ganancias si además de la Jubilación contas con otros ingresos adicionales como por ejemplo plazos fijos, alquileres, entre otros‼️

✅ Si tu haber se encuentra por debajo de estos montos no te corresponde pagar Ganancias, por lo cuál deberías proceder a formalizar el correspondiente reclamo.
🤔 Si tenes dudas al respecto, podes consultar a nuestro equipo de profesionales.

📲 Para ello comunicate con nosotros al 342 6 155501, solicita tu consulta y te brindaremos el mejor asesoramiento y gestión para que obtengas y cobres lo que te corresponde.

⚖️ Estudio Jurídico PS. - Abogados matriculados. Especialistas en el ejercicio del DERECHO PREVISIONAL.

📝 Por medio del Decreto 475/2021 se ha establecido lo siguiente: 🖋️ ARTÍCULO 1º.- Incorpórase como artículo 22 bis de la...
19/07/2021

📝 Por medio del Decreto 475/2021 se ha establecido lo siguiente:

🖋️ ARTÍCULO 1º.- Incorpórase como artículo 22 bis de la Ley N° 24.241 (SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES) y sus modificaciones, el siguiente texto:

🖋️ARTÍCULO 22 bis.- Al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar:

👶👧 1 año de servicios por CADA HIJO Y/O HIJA que haya nacido con vida.
👧👶 2 años de servicios por CADA HIJO Y/O HIJA adpotado y/o adoptada.
Cómo así también se reconocera 1 año adicional por cada hijo/a con discapacidad.

🤱 En el caso de haber accedido a la AUH para Protección Social por el período de, al menos, 12 meses continuos o discontinuos podrán computar, además, otros 2 (DOS) años adicionales de servicio por cada hijo/a que haya nacido con vida o haya sido adoptado/a.

‼️ Es importante destacar que también se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

✅ Con esto el Estado Nacional ha logrado comenzar a superar una histórica desigualdad respecto a la distribución de las tareas de cuidado, en tanto y en cuanto le brinda total reconocimiento al tiempo dedicado por las madres al cuidado y crianza de sus hijos/as.

✅El punto medular entonces está puesto en la posibilidad de que unas 155.000 madres aproximadamente logren acceder a los beneficios de la PBU (Prestación Básica Universal), siendo que se encuentran en la edad requerida para jubilarse pero no cuentan con los aportes suficientes.

❗Tene presente también que estas medidas que pregonan por la inclusión son compatibles, y ante la necesidad podrán complementarse con las moratorias vigentes. (Leyes N° 24.476 y 26.970)

📝 Por cualquier inquietud, comunicate con nosotros al 342 6 155501, solicita tu consulta y te brindaremos el mejor asesoramiento y gestión.

⚖️ Estudio Jurídico PS. - Abogados matriculados. Especialistas en el ejercicio del DERECHO PREVISIONAL.

📝 ¿Qué es una Moratoria Previsional? Hay ciertas situaciones (trabajo informal o "en negro", amas de casa, empleador que...
15/07/2021

📝 ¿Qué es una Moratoria Previsional?

Hay ciertas situaciones (trabajo informal o "en negro", amas de casa, empleador que no efectua aportes, entre otras) en las cuales quien desea comenzar sus trámites jubilatorios no cuenta con los aportes necesarios para hacerlo, los que se conocen como “aportes faltantes”. Para estas circunstancias a lo largo de los años se fueron creando distintas leyes que permiten REGULARIZAR estos aportes faltantes para poder ACCEDER A LA JUBILACIÓN.

📝 Que moratorias se encuentran vigentes ? :

✒️ Moratoria Ley 24.476

✒️ Moratoria Ley 26.970

‼️Es importante destacar que previamente se realiza un estudio socioeconómico del/la interesado/a en acceder a la Moratoria.
A esto se le suman otros requisitos que debes cumplimentar: ⬇️

✅ Mujeres 60 años y Hombres 65 años de edad
✅ No cumplir con los 30 años de aporte
✅ No cobrar ninguna otra jubilación, prestación no contributiva ni ayuda social

‼️ Tené en cuenta que si sos beneficiario/a de alguna pensión por fallecimiento superior a la jubilación mínima, la deuda se debe cancelar de contado. Sin la posibilidad de un plan de cuotas.

📝Si te encontras comprendido/a en alguna de estas situaciones u otra en particular y requerís de ayuda profesional, no dudes en comunicarte con nosotros y obtener una solución a tus problemas de la mano de nuestros profesionales.

Para ello comunicate con nosotros al 342 6 155501, solicita tu consulta y te brindaremos el mejor asesoramiento y gestión para que obtengas y cobres lo que te corresponde.

⚖️ Estudio Jurídico PS. - Abogados matriculados. Especialistas en el ejercicio del DERECHO PREVISIONAL.

Desde el 𝐄𝐒𝐓𝐔𝐃𝐈𝐎 𝐉𝐔𝐑𝐈𝐃𝐈𝐂𝐎 𝐏𝐒 les hacemos llegar a todos los jubilados y jubiladas de ANSES el calendario de pagos, el cu...
01/07/2021

Desde el 𝐄𝐒𝐓𝐔𝐃𝐈𝐎 𝐉𝐔𝐑𝐈𝐃𝐈𝐂𝐎 𝐏𝐒 les hacemos llegar a todos los jubilados y jubiladas de ANSES el calendario de pagos, el cual contiene las fechas de inicio de cobro correspondientes al mes de JULIO DEL 2021.

Para ello se tiene en cuenta:

✅ Primero: si el haber a cobrar es mayor o menor de $25.923.
✅ Segundo: el último número de tu DNI.

Recordá que en caso de que necesites comenzar con tus trámites jubilatorios, o cualquier otra inquietud respecto a ello podés obtener una consultar con nuestros profesionales contactandote al 3426155501.
Te brindaremos el mejor asesoramiento y gestión para que obtengas y cobres lo que te corresponde.
𝘈𝘣𝘰𝘨𝘢𝘥𝘰𝘴 𝘮𝘢𝘵𝘳𝘪𝘤𝘶𝘭𝘢𝘥𝘰𝘴. 𝘌𝘴𝘱𝘦𝘤𝘪𝘢𝘭𝘪𝘴𝘵𝘢𝘴 𝘦𝘯 𝘦𝘭 𝘦𝘫𝘦𝘳𝘤𝘪𝘤𝘪𝘰 𝘥𝘦𝘭 𝘋𝘌𝘙𝘌𝘊𝘏𝘖 𝘗𝘙𝘌𝘝𝘐𝘚𝘐𝘖𝘕𝘈𝘓.

https://www.youtube.com/watch?v=Lb_T1zEL2gE20 de Junio - FELÍZ DÍA DE LA BANDERA PARA TODOS!"La enseña que Belgrano nos ...
20/06/2021

https://www.youtube.com/watch?v=Lb_T1zEL2gE

20 de Junio - FELÍZ DÍA DE LA BANDERA PARA TODOS!

"La enseña que Belgrano nos legó."

Estudio Jurídico PS

GRACIAS !! Lito Vitale y Juan Carlos Baglietto por permitirnos participar de esta versión nacional de la canción patria "Mi bandera".Agradecemos a los músico...

👉Calendario de Pagos FebreroEstudio Jurídico PS ➡️Por consultas o turnos escribinos📞📲 342 615 5501
06/04/2021

👉Calendario de Pagos Febrero
Estudio Jurídico PS
➡️Por consultas o turnos escribinos
📞📲 342 615 5501

PS estudio jurídico. Junto a vos!!! Asesoramiento previsional, consulte.
03/03/2021

PS estudio jurídico. Junto a vos!!! Asesoramiento previsional, consulte.

Dirección

Santa Fe

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 12:00
16:00 - 20:00
Martes 08:00 - 12:00
16:00 - 20:00
Miércoles 08:00 - 12:00
16:00 - 20:00
Jueves 08:00 - 12:00
16:00 - 20:00
Viernes 08:00 - 12:00
16:00 - 20:00

Teléfono

+543426155501

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Estudio Jurídico PS publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Estudio Jurídico PS:

Compartir