Jorge Damian Pisani

Jorge Damian Pisani Estudio Jurídico especializado en familia, divorcios, alimentos, sucesiones y en procesos en materia civil. En CABA y Gran Buenos Aires.

Notificaciones judiciales por WhatsApp: un cambio de paradigma confirmado por la Cámara de La PlataCon fecha 23/09/2025,...
16/01/2026

Notificaciones judiciales por WhatsApp: un cambio de paradigma confirmado por la Cámara de La Plata

Con fecha 23/09/2025, la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelaciones de La Plata, en la causa N.º 140.852-1, “B. S. D. c/ S. J. s/ Incidente de Alimentos”, confirmó la sentencia de Primera Instancia y validó la notificación del traslado de demanda realizada mediante WhatsApp, destacando su cumplimiento funcional y su finalidad procesal.

El pronunciamiento se inscribe en el marco de la Ley 15.513 (enero 2025), que incorporó el art. 635 bis al CPCC, habilitando expresamente el uso de medios telemáticos en los procesos de alimentos y marcando un claro alejamiento del exceso ritual manifiesto.

⚖️ La Cámara fue contundente: las formas no son un fin en sí mismas, sino instrumentos al servicio de la tutela judicial efectiva, especialmente cuando están en juego derechos alimentarios y situaciones de urgencia.

⚠️ Advertencia importante: no se trata de un uso irrestricto del WhatsApp. El fallo fija parámetros y recaudos de validez, entre ellos:
✔️ Autorización judicial fundada ante la dificultad de la notificación tradicional.
✔️ Identificación clara y verificable del emisor.
✔️ Envío íntegro de la documentación relevante (demanda, prueba, resoluciones).
✔️ Certificación por Secretaría del resultado de la comunicación (entregado / leído).

💡 Clave probatoria: la simple captura de pantalla constituye solo un indicio. Para evitar nulidades, debe acreditarse la titularidad de la línea, la trazabilidad del acto y la cadena de custodia de la prueba digital.

Este fallo consolida una tendencia: menos formalismo vacío y más justicia efectiva, adaptada a los tiempos tecnológicos sin resignar garantías.

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Este inmueble, ocupado ilegalmente durante mas de 20 años, pudo restituirse a su dueño original, pero esto es recién el principio de este proceso, porque todos los daños ocasionados a la propiedad serán reclamados a los intrusos, si tenes un problema similar no dudes en consultarnos.

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25/06/2025

Herencia polémica?
Viendo la TV, observo que el sucesorio de Beatriz Sarlo se dirime entre su ex marido y el encargado que argulle ser heredero testamentario a través de un par de manuscritos que ahora se están peritando caligraficamente, ahora bien, no hay herencias polémicas, hay procesos sucesorios, en los cuales, en primer lugar, se determinan los herederos, en segundo término, se deben denunciar los bienes y por último, esos bienes se liquidan o se inscriben, por lo tanto, lo que hoy en día a los medios les resulta polémico, son cuestiones elementales que se determinan en un proceso sucesorio, por esto mismo, hay que prestar especial atención cuando polulan proyectos de reforma donde se busca "simplificar" o bajo este argumento, se busca quitar del ámbito de competencia de los juzgados civiles, los procesos sucesorios. Recuerden, no hay herencias polémicas, hay procesos en los que se determinan derechos, la mayoría de las veces, controvertidos.

03/03/2025

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Fue un dedicado docente, escribió obras de culto, ejerció la función judicial y formó a generaciones de abogados. Tenía 84 años.

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