30/06/2026
🔎 Nueva Resolución ARICCAME 41/2026: lo que tenés que saber
Se publicó un régimen específico para licencias de propagación de cannabis con fines medicinales. Pero ojo: no es una habilitación general ni abre toda la cadena.
Te lo bajamos a lo esencial 👇
🌱 ¿Qué hace esta resolución?
Crea un régimen de adecuación para actividades de propagación (semillas, plantines y esquejes).
👤 ¿Quién puede acceder?
Solo quienes ya tenían autorizaciones previas (Ministerio de Salud, INASE o SENASA).
No es para empezar desde cero.
📦 ¿Qué permite?
✔ Obtención
✔ Multiplicación
✔ Conservación
✔ Transporte y comercialización de material de propagación
🚫 ¿Qué NO permite?
✖ Flores o biomasa
✖ Derivados
✖ Industrialización
⛔ Las inflorescencias que surjan deben destruirse bajo protocolos.
⏳ Claves a tener en cuenta:
• Vigente hasta el 1° de marzo de 2027
• Entra en vigencia a los 10 días hábiles
• Trámite reservado
• Es complementaria (no reemplaza otras habilitaciones)
💡 En síntesis: es un puente regulatorio, no una puerta de entrada.
📩 Si estás en el sector y no tenés claro cómo te impacta esta resolución, escribinos.
Acompañamos a productores y empresas de cannabis y cáñamo en todo el NOA.