18/05/2026
𝑬𝒔𝒕𝒖𝒅𝒊𝒂, 𝒑𝒆𝒓𝒐 𝒑𝒖𝒆𝒅𝒆 𝒕𝒓𝒂𝒃𝒂𝒋𝒂𝒓...
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes confirmó el cese de la cuota alimentaria a favor de una joven de 22 años al considerar que los horarios universitarios acreditados no le impedían desarrollar una actividad rentada.
Mientras que hasta los 21 años la necesidad se presume, a partir de esa edad la obligación subsiste únicamente si la prosecución de estudios o preparación profesional impide al hijo proveerse de medios suficientes para sostenerse en forma independiente. Para su procedencia, la Cámara enumeró los requisitos:
1) ser hijo de entre 21 y 25 años,
2) estar cursando estudios o en preparación profesional, artística o de cualquier oficio, y
3) que la prosecución de tales estudios o preparación le impidan obtener los recursos necesarios para mantenerse en forma independiente.
Al tratarse de una "excepción a la regla general" corresponde, en principio, que el hijo que pretende que la obligación a su favor continúe pruebe su necesidad, aplicando el principio de las cargas probatorias dinámicas vigente en los procesos de familia (art. 710 del CCCN).
Fuente: Diariojudicial
Imagen: IA