Abogados de Familia Tucumán

Abogados de Familia Tucumán Asesoramiento general en Derecho de Familia y Sucesiones. Mediaciones. Pensiones Alimenticias, divorcios, Guardas legales, Sucesiones, Testamentos.

Somos Abogadas especializadas en Derecho de Familia y Sucesiones, con un enfoque dirigido a protección de los vínculos sanos y los derechos superiores de los niños, niñas y adolescentes Consultas al 4200239 y wp 381 4424451.

𝑬𝒔𝒕𝒖𝒅𝒊𝒂, 𝒑𝒆𝒓𝒐 𝒑𝒖𝒆𝒅𝒆 𝒕𝒓𝒂𝒃𝒂𝒋𝒂𝒓...La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes confirmó el cese de la cuota a...
18/05/2026

𝑬𝒔𝒕𝒖𝒅𝒊𝒂, 𝒑𝒆𝒓𝒐 𝒑𝒖𝒆𝒅𝒆 𝒕𝒓𝒂𝒃𝒂𝒋𝒂𝒓...

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes confirmó el cese de la cuota alimentaria a favor de una joven de 22 años al considerar que los horarios universitarios acreditados no le impedían desarrollar una actividad rentada.

Mientras que hasta los 21 años la necesidad se presume, a partir de esa edad la obligación subsiste únicamente si la prosecución de estudios o preparación profesional impide al hijo proveerse de medios suficientes para sostenerse en forma independiente. Para su procedencia, la Cámara enumeró los requisitos:

1) ser hijo de entre 21 y 25 años,
2) estar cursando estudios o en preparación profesional, artística o de cualquier oficio, y
3) que la prosecución de tales estudios o preparación le impidan obtener los recursos necesarios para mantenerse en forma independiente.

Al tratarse de una "excepción a la regla general" corresponde, en principio, que el hijo que pretende que la obligación a su favor continúe pruebe su necesidad, aplicando el principio de las cargas probatorias dinámicas vigente en los procesos de familia (art. 710 del CCCN).

Fuente: Diariojudicial
Imagen: IA

04/05/2026

𝗟𝗼𝘀 𝗔𝗹𝗶𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗻𝗼 𝘀𝗼𝗻 𝘀𝗼𝗹𝗼 𝘂𝗻 𝗻ú𝗺𝗲𝗿𝗼

⚖️ La cuota alimentaria cambió (y muchos no lo saben)

👉Hoy ya no alcanza con fijar un porcentaje del sueldo.

📊 Los jueces de familia están comenzando a aplicar, en determinados casos, el Índice de Crianza del INDEC
para calcular cuánto cuesta realmente criar a un hijo y cual es la obligación alimentaria que corresponde cumplir.

💥 ¿Esto que significa?

✔ cuotas alimentarias más realistas
✔ ajustes automáticos a lo largo del tiempo
✔ reconocimiento del cuidado diario

👩‍⚖️ El foco se vuelve a poner en cuánto necesita el hijo, no en lo que gana el padre.

Consultá tu caso particular, estamos para ayudar a que los niños tengan sus derechos mínimos protegidos.

Pensiones Alimenticias
Aumentos de Pensiones Alimenticias
Cese y disminución de Pensiones.

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Como no podía ser de otra manera, la Justicia de Familia se encuentra atravesando paradigmas imposibles de no hacer fren...
30/04/2026

Como no podía ser de otra manera, la Justicia de Familia se encuentra atravesando paradigmas imposibles de no hacer frente.

Las madres que se encuentran a cargo del cuidado personal de sus hijos, a lo que se suma la falta de acompañamiento y apoyo del progenitor, deben contar con plenos derechos de transito y salida al exterior, sin que sea necesaria la autorización paterna.

Apoyamos esta decisión y promovemos que la Justicia de Tucumán sea consecuente con estas situaciones.

⚖️ UN FALLO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO EN ROSARIO

Una jueza de familia de Rosario autorizó a una niña a salir del país con su madre sin el permiso de su progenitor, en un fallo que priorizó el interés superior de la menor.

El caso se inició luego de que el padre -sin contacto con la hija desde 2022 y sin cumplir con la cuota alimentaria- revocara de manera unilateral un permiso de viaje, impidiendo que la niña pudiera salir del país.

La Justicia consideró que esa decisión afectaba su bienestar y habilitó a la madre a viajar con la menor hasta que alcance la mayoría de edad, sin necesidad de nuevas autorizaciones.

23/04/2026
𝗟𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲 𝘃𝗮, 𝗽𝗮𝗴𝗮Una mujer decidió emigrar y deberá abonar una cuota alimentaria para su hija menor de edad que se qued...
22/04/2026

𝗟𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲 𝘃𝗮, 𝗽𝗮𝗴𝗮

Una mujer decidió emigrar y deberá abonar una cuota alimentaria para su hija menor de edad que se quedó viviendo en el país a cargo de su padre. El fallo reconoció el valor de las tareas de cuidado.

El Juzgado de Familia de Bariloche resolvió que una mujer que se radicó en el exterior deberá abonar una cuota mensual para el sustento de su hija, quien quedó bajo el cuidado exclusivo de su progenitor en Argentina.

Según el expediente, ambos padres compartían la crianza de la niña en una modalidad de cuidado equitativo. Sin embargo, la situación dio un giro rotundo cuando la madre decidió mudarse a Brasil para establecerse allí de forma permanente.


Como la mujer no cuenta con ingresos registrados en Argentina debido a su residencia en el extranjero, el juez fijó la cuota tomando como referencia el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). De esta manera, se asegura un monto actualizado que permita cubrir alimentación, salud, educación y vestimenta de la menor.

Fuente: Diario Judicial

"O paga los alimentos o nos llevamos el auto" Por una deuda de más de 7 millones de pesos de cuota alimentaria, se dictó...
22/04/2026

"O paga los alimentos o nos llevamos el auto"

Por una deuda de más de 7 millones de pesos de cuota alimentaria, se dictó el embargo preventivo del vehículo del progenitor en falta: Si no abona el monto total, se procederá con la ejecución del rodado.

El Juzgado de Familia de Bariloche ordenó el embargo preventivo de un vehículo Volkswagen CrossFox modelo 2009, registrado a nombre del padre, para garantizar el cobro de una deuda por alimentos que supera los 7,2 millones de pesos.

La jueza habilitó además la apertura de una cuenta judicial destinada a recibir los fondos y dispuso que, de no mediar pago ni oposición válida en el plazo fijado, se continuará con la ejecución hasta cubrir la totalidad del adeudado.

La medida le otorgó al deudor un plazo de cinco días para abonar voluntariamente o presentar las defensas procesales correspondientes.

Los deudores alimentarios se encuentran además incluídos en el Registro de Deudores Alimentarios, por lo que se encuentran inhabilitados a realizar diversas actividades recreativas o no, hasta tanto cumplan con su obligacion parental.

📌 Alimentos: no es una obligación solo de los papásPublicamos el caso de un papá, que representado por nuestro Estudio, ...
18/02/2026

📌 Alimentos: no es una obligación solo de los papás

Publicamos el caso de un papá, que representado por nuestro Estudio, obtuvo sentencia favorable de cuidado personal (ex tenencia) de su hijo menor, por lo que el niño vive con él, quedando un régimen comunicacional en favor de la madre.

Tiempo después, iniciamos acción de alimentos, a fin de que la madre cumpla con su obligación legal de manutención, lo que obtuvimos favorablemente.

Queremos difundir este caso, porque demuestra el cambio de paradigma en las situaciones de familia actuales.

⚖️ ¿Qué nos enseña esto?

✔️ La obligación alimentaria no depende del género
✔️ Cuando un hijo vive con su padre, la madre también debe contribuir
✔️ El interés superior del niño está por encima de cualquier prejuicio

Aunque no sea lo más frecuente en nuestro sistema, la ley es clara:
👉 ambos progenitores deben garantizar el bienestar de sus hijos.

📩 Si estás atravesando una situación similar, contactanos. Podemos ayudarte.



ALIMENTOS | INCUMPLIMIENTO. "Papá no pagó" 🔴 ¿Puede un padre deudor alimentario ser vetado de un recital?Recientemente, ...
25/06/2025

ALIMENTOS | INCUMPLIMIENTO.

"Papá no pagó"

🔴 ¿Puede un padre deudor alimentario ser vetado de un recital?

Recientemente, en el estadio de River (Buenos Aires), dos padres oriundos de Neuquén fueron identificados en los molinetes y se les impidió el ingreso al primer recital de Los Piojos, ya que figuran en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) .

📌 El marco legal

La Ley 6.771 y decreto reglamentario, faculta a las autoridades porteñas a prohibir el acceso a eventos masivos (más de 5.000 personas) a quienes estén incluidos en el RDAM.

En nuestra provincia, rige la Ley 7.104 de Registro de Deudores Alimentarios, aplicando nuestros Jueces sanciones similares.

🎯 ¿Cuál es el objetivo de esta medida?

Según el ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia, y otros funcionarios: " No se trata de un castigo, sino de una estrategia educativa y preventiva, con el objetivo de “generar conciencia” sobre el compromiso parental.

💡 ¿Qué mensaje transmite este caso?

Que la situación de Deudor Alimentario, encubre la violencia económica que se ejerce sobre los niños, quienes en todo momento deben ser protegidos por nuestras leyes.

📣 Si vos te encontrás en esta situación, no dudes:

* Regularizá las cuotas atrasadas
* Iniciá un reclamo de alimentos si estas a cargo de los niños

Si necesitás asesoramiento personalizado para evitar efectos colaterales como restricciones, embargos o exclusión de eventos:

👉 En SOSA Estudio Jurídico , ofrecemos asesoramiento profesional y estrictamente confidencial para casos de CUOTAS ALIMENTARIAS.

✅ Regularizá ahora y evitá situaciones que afecten tu vida cotidiana y tus derechos.

📞 Contacto: https://wa.me/543814424451

📍 Ubicados en San Miguel de Tucumán – También consultas remotas disponibles.

https://www.rionegro.com.ar/sociedad/papa-no-pago-fueron-a-ver-a-los-piojos-y-no-los-dejaron-entrar-por-deudores-alimentarios-4183355/

ALIMENTOS | COBERTURA POR EL ABUELO“Papá y abuelo, unidos por la cuota: nueva facultad judicial en materia alimentaria”U...
17/06/2025

ALIMENTOS | COBERTURA POR EL ABUELO

“Papá y abuelo, unidos por la cuota: nueva facultad judicial en materia alimentaria”

Un reciente fallo difundido por Diario Judicial confirma una tendencia que beneficia a los menores: si el padre incumple con la cuota alimentaria, el tribunal puede incluir al abuelo en la obligación, garantizando así el bienestar del niño.

🔎 ¿Cómo funciona en la práctica?

Se mantiene la cuota del progenitor y se agrega, de forma provisional, la del abuelo paterno. El objetivo es asegurar que el menor no sufra retrasos en su manutención

⚖️ Este mecanismo convierte en subsidiaria —pero real y exigible— la obligación de los abuelos frente al incumplimiento del padre.

En el caso, se advertía una irregularidad en el pago de la cuota, ya que los comprobantes no eran consecutivos, pero además la decisión de hacer cesar la cuota en manos del abuelo, tenía como consecuencia que el monto de cuota del niño se vea reducido, mermando la cobertura de sus necesidades básicas sin que existan motivos objetivos que lo justifiquen.

👨‍👩‍👧‍👦 Finalidad de la Sentencia:

* Reforzar el principio de protección efectiva del interés superior del niño.

* Ampliar las responsabilidades familiares, ante el incumplimiento del obligado primario (progenitor)

* Asegura mayor celeridad en la resolución de conflictos de alimentos.

👉 Si estás atravesando una situación similar o querés saber cómo aplicar este enfoque en tu caso, ¡te acompañamos!

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"Cuando la justicia escucha la voz de los hijos"Hoy quiero contarles un historia que me hizo nacer una nueva esperanza e...
02/06/2025

"Cuando la justicia escucha la voz de los hijos"

Hoy quiero contarles un historia que me hizo nacer una nueva esperanza en el Derecho de Familia y en sus operadores jurídicos.
Hace un tiempo, llegó al Estudio, un papá profundamente angustiado. Había sido excluido del hogar conyugal por una medida judicial, y su hijo —por decisión propia— quiso acompañarlo a vivir a la casa de la abuela paterna (donde el papá se mudó obligadamente).
Pero la historia no terminó ahí. La mamá instó una medida judicial de restitución inmediata del hijo al hogar materno, y, como suele ocurrir en estos casos, la medida fue concedida. El niño tuvo que volver a vivir con su madre, en contra de su voluntad, voluntad que no implica porsupuesto falta de afecto, ya que la madre es una excelente madre.

Sin embargo, algo no estaba resuelto: el deseo del niño de volver a estar con su papá. Cada vez que lo visitaba, insistía en quedarse. Fue entonces cuando el padre decidió iniciar también una medida legal —respetuosa, paciente, firme— para obtener el cuidado personal unilateral de su hijo, representado por nuestro Estudio.

💬 No fue fácil. Sabemos que la regla en el fuero de familia, es que se otorgue el cuidado personal compartido indistinto o alternado. Lograr una custodia exclusiva es algo excepcional, y debíamos hacer foco en las razones por las cuales el niño prefería convivir con su padre.
🔹 Luego de un largo proceso judicial, con pruebas, escucha activa, audiencias, dictámenes interdisciplinarios, visitas a los domicilios, etc. y el acompañamiento profesional adecuado a estas situaciones de gran emocionalidad de base, la Justicia reconoció la voluntad del niño, el compromiso del padre y la aceptación de la madre.

🔹 Se dictó sentencia favorable: el cuidado personal unilateral fue otorgado al padre, pero tambien se admitió un regimen comunicacional amplio con la madre.

Este caso no solo representa un logro jurídico. Representa algo mucho más profundo: cuando el sistema escucha, cuando se respeta el interés superior del niño y se valora el rol activo de un padre presente, las decisiones pueden transformar vidas.

🤝 Gracias a quienes confían en mí para acompañarlos en estos procesos tan sensibles y que me obligan en tanto auxiliar de la justicia, a trabajar con compromiso, cercanía y una convicción firme: que los conflictos familiares pueden resolverse desde el respeto, la escucha y el amor
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