05/07/2016
A TENER EN CUENTA!!
No se lo puede indemnizar si iba en contramano y en rojo
La Corte Bonaerense revocó un fallo de Cámara que resolvió indemnizar a una ciclista de Mar del Plata que, al momento de sufrir el accidente, circulaba en contramano y cruzó un semáforo en rojo. Los magistrados expresaron que la víctima incurrió en "una clara violación de las reglas de tránsito y que, por su importancia, no puede ser ignorada".
En los autos "M. , S. y otros contra S., G. y otros. Daños y perjuicios", la resolución de la Cámara expresó que "la inobservancia de las normas reglamentarias de tránsito configura, a todo evento, una infracción administrativa, pero no apareja por sí sola responsabilidad civil cuando no pudo acreditarse la incidencia de la falta de cumplimiento de aquéllas en la producción del hecho".
Ante ello, la Corte sostuvo que "las recurrentes controvierten la ponderación de las constancias de la causa en orden la determinación de la responsabilidad que corresponde atribuir a la víctima". Ya que "por un lado, no se hayan tenido en cuenta las reglas de tránsito infringidas por la ciclista que circulaba a contramano y que cruzó la avenida violando la indicación de la luz del semáforo y, por otro, que se haya reprochado al conductor del colectivo que no hubiera evitado el siniestro dadas las circunstancias en que se encontraba."
Los magistrados determinaron que "la bicicleta conducida por la víctima circulaba a contramano y que intentó atravesar una arteria de mayor circulación con la luz roja del semáforo que le vedaba el paso, lo cual importa una clara violación de las reglas de tránsito y que, por su importancia, no puede ser ignorada".
Fuente: Diario Judicial
Fecha: 07/06/2016 - Región: Buenos Aire